AAP Zamora 11/2011, 10 de Febrero de 2011

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Zamora, seccion 1 (civil y penal)
Fecha10 Febrero 2011
Número de resolución11/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

ZAMORA

Sección 001

Domicilio : C/SAN TORCUATO

Telf : 980559435-980559411

Fax : 980530949

Modelo : 180250

N.I.G.: 49275 37 1 2010 0100839

ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000386 /2010

Juzgado procedencia : JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 5 de ZAMORA

Procedimiento de origen : EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000405 /2010

RECURRENTE : Modesto

Procurador/a : ELENA ROSA FERNANDEZ BARRIGON

Letrado/a : FIDEL ALDEA LEIRAS

RECURRIDO/A : Eulalia

Procurador/a : MANUEL DE LERA MAILLO

Letrado/a : FRANCISCO FERNANDEZ MARTINEZ

A U T O Nº 11

Iltmos/as. Sres/as.:

Presidente D. LUIS BRUALLA SANTOS FUNCIA.

Magistrado D. PEDRO JESÚS GARCÍA GARZÓN.

Magistrada D. ANDRÉS MANUEL ENCINAS BERNARDO.

---------------------------------------------------------En ZAMORA, a 10 de febrero de 2011.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de ZAMORA, los Autos de PROCEDIMIENTO de EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES nº 405/10, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION Nº 5 de Zamora, a los que ha correspondido el Rollo nº 286/10, en los que aparece como parte apelante D. Modesto representado por el procurador Dª ELENA ROSA FERNÁNDEZ BARRIGÓN, y asistido por el Letrado D. FIDEL ALDEA LEIRAS, y como apelados Dª. Eulalia Y D. Baltasar representados por el procurador D. MANUEL DE LERA MAILLO y asistidos por el letrado D. FRANCISCO FERNÁNDEZ MARTÍNEZ, sobre oposición a la ejecución formulada por Modesto . Siendo Magistrado/s Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D. PEDRO JESÚS GARCÍA GARZÓN.

H E C H O S
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª. Instancia de Zamora, se dictó auto con fecha 18 de octubre de 2010 en el procedimiento de Ejecución de Títulos Judiciales nº 405/10, y en el que se acordaba: PARTE DISPOSITIVA: "S.Sª ACUERDA: Desestimar totalmente la oposición a la ejcución formulada por Modesto, frente al ejecutante Eulalia y otros declarando procedente que la ejecución siga adelante por las cantidades despachadas, debiendo la parte ejecutada hacer frente al pago de tal suma más la correspondiente a los intereses prevenidos, y hasta el completo y efectivo pago de la cantidad debida, con imposición de las costas ocasionadas en este trámite a la parte opositora a la ejecución."

SEGUNDO

- Por la representación procesal de D. Modesto se presentó escrito por el que se tiene por preparado recurso de apelación contra el auto dictado en fecha 18 de octubre de 2010, acordándose mediante providencia emplazar a la parte recurrente por veinte días para que lo interponga ante el Tribunal de la instancia, donde una vez interpuesto, y presentados en su caso, los escritos de oposición o impugnación se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los autos en la Audiencia, se formó el respectivo rollo de apelación, y no habiéndose solicitado la práctica de prueba ni la celebración de vista, ni considerarla necesaria el Tribunal, pasaron las actuaciones al mismo para dictar la resolución procedente, señalándose el día 10 de febrero de 2011, para votación y fallo.

CUARTO

En la tramitación de esta instancia, se cumplido las prescripciones y términos legales.

R A Z O N A M I E N T O S J U R Í D I C O S

PRIMERO

Aceptamos los fundamentos de derecho del auto objeto del presente recurso en tanto no queden modificados o afectados de algún modo por los fundamentos de derecho de la presente resolución.

SEGUNDO

La representación de los ejecutados interpone recurso de apelación contra el auto que desestimó la oposición con fundamento en un motivo: Infracción de los artículos 7 y 36 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, pues reconocido el derecho de asistenta jurídica gratuita de los ejecutados en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 405/10, dimanante de la tasación de costas realizada en virtud de sentencia condenatoria en tanto no se declara la mejora de fortuna de los ejecutados no cabe la ejecución sobre los bienes de los ejecutados.

TERCERO

Despachada la ejecución para la exacción de las costas a que venían condenado los ejecutados, beneficiarios del derecho de justicia gratuita reconocido para el proceso del que dimana la condena en costas, se formula como causa de oposición, en resumen, si bien la oposición no lo expresa de esto modo, pero se deduce claramente de los hechos alegados la de "inviabilidad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
4 sentencias
  • AAP Santa Cruz de Tenerife 13/2021, 22 de Enero de 2021
    • España
    • 22 Enero 2021
    ...se añade aquí) si viene a mejor fortuna en el referido plazo de tres años. Por otro lado y como señala el auto de la Audiencia Provincial de Zamora nº 11/2.011, de 10 de febrero (recogido en el más reciente de la Audiencia de Baleares de 31 de octubre de 2019), el auto de aprobación de las ......
  • AAP Santa Cruz de Tenerife 148/2020, 15 de Junio de 2020
    • España
    • 15 Junio 2020
    ...la propia parte sino también por la contraria benef‌iciada por la condena. Por otro lado y como señala el auto de la Audiencia Provincial de Zamora nº 11/2.011, de 10 de febrero (recogido en el más reciente de la Audiencia de Baleares de 31 de octubre de 2019), el auto de aprobación de las ......
  • AAP Baleares 180/2019, 31 de Octubre de 2019
    • España
    • 31 Octubre 2019
    ...que ha existido una mejora de fortuna corresponde a la parte que la alega, aquí a la Sra. Marí Trini . Como recuerda el A.A.P. de Zamora nº 11/2.011, de 10 de febrero, el auto de aprobación de las costas procesales frente al condenado que goza del beneficio de justicia gratuita resulta manifi......
  • AAP Córdoba 303/2022, 12 de Julio de 2022
    • España
    • 12 Julio 2022
    ...Apelación 1169/20 por la Sección cuarta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con cita del auto de la Audiencia Provincial de Zamora nº 11/2.011 de 10 de febrero (recogido en el más reciente de la Audiencia de Baleares de 31 de octubre de 2.019) "el auto de aprobación de las......
1 artículos doctrinales

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR