SAP Lugo 582/2011, 26 de Octubre de 2011

PonenteJOSE MARIA MORENO MONTERO
ECLIES:APLU:2011:892
Número de Recurso694/2011
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución582/2011
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1LUGO 00582/2011

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LUGO

SECCIÓN PRIMERA

Sentencia nº 582/11

Rollo ap. nº 694/11

SENTENCIA

En la Ciudad de Lugo a veintiséis de octubre de dos mil once.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados infrascritos, ha examinado el recurso de apelación interpuesto frente a la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Nº Tres de Lugo en los autos nº 47/11, de juicio ordinario, promovidos por D. Juan Antonio (Abog. Sr. Pérez Batallón; Proc. Sra. Real Guerreiro) contra "Alfajoque Inversiones, S.L." (Abog. Sr. Fernández López-Novoa; Proc. Sr. Vila Varela).

Es Ponente en el caso Su S.ª Iltma. Don José María Moreno Montero.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

El fallo de la resolución objeto de recurso, datada a 7-VI-11, dice: "Que estimando la demanda plantead por Don Juan Antonio, representado por la Procuradora Doña Mónica Real Guerreiro, contra la mercantil "Alfajoque Inversiones, S.L.", debo declarar y declaro que el actor es propietario pleno de la finca descrita en el hecho primero de la demanda, con efectos especialmente frente a la entidad demandada que figura como actual titular registral que las escrituras autorizadas por el Notario Don Manuel Ignacio Castro Gil Iglesias de fechas 25 de noviembre de 2009 y 27 de enero de 2010 documental un préstamo usurario concedido por la entidad demandada al interpelante, y por tanto nulo de pleno derecho, sin que dicha entidad pueda reclamar al actor ninguna suma en concepto de intereses o retribución del capital efectivamente recibido de 314.556,58 euros; que es nula de pleno derecho la compraventa con pacto de retro de la finca expresada en el hecho primero de la demanda consignadas en las escrituras referidas por constituir un pacto comisorio prohibido por la ley; que procede la cancelación de cuantas inscripciones se hayan practicado en el Registro de la Propiedad por la demandada sobre la finca litigiosa y cualesquiera otras que de ella traigan causa, salvo terceros hipotecarios protegidos; condenando a la demandada a estar y pasar por los anteriores pronunciamientos y que se abstenga de efectuar actos que menoscaben la posesión y dominio del actor sobre la finca en cuestión. No procede especial condena en costas".

Segundo

Apela de la Sentencia dicha la parte actora, quien solicita su revocación y que, en lugar de lo dispuesto en ella, se estimen íntegramente sus precedentes pretensiones en el proceso. La parte demandada se opone al recurso.

Tercero

Formado el oportuno rollo, se continuó por sus trámites sin necesidad de vista.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El recurso ha de ser desestimado. La revisión de lo actuado en la instancia no conduce sino al pleno respaldo de las conclusiones de hecho obtenidas por el Juez "a quo", merced, entre otras cosas, a una...

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