SAP Soria 209/2011, 20 de Diciembre de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 209/2011 |
Fecha | 20 Diciembre 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
SORIA
SENTENCIA: 00209/2011
AUDIENCIA PROVINCIAL DE SORIA
ROLLO APELACION CIVIL: RECURSO DE APELACION (LECN) Nº 1084/2011
Juzgado procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION Nº 1 de Almazán (Soria)
Procedimiento de origen: J. Verbal Nº 213/2011
SENTENCIA CIVIL Nº 209/2011
En Soria, a veinte de diciembre de dos mil once.
El Ilmo. Sr. Magistrado Unipersonal D. José Luis Rodríguez Greciano, ha visto el recurso de apelación civil arriba indicado, dimanante de los Autos de J. Verbal Nº 213/2011, contra la sentencia dictada por el JDO.1A.INST.E INSTRUCCIÓN Nº 1 de Almazán (Soria), siendo partes:
Como apelante y demandante Jon, representado por la Procuradora Sra. SONIA PARDILLO SANZ, y asistido por la Letrado Sra. MARIA CARMEN MARTINEZ GARCIA.
Y como apelado y demandado Pio .
En fecha de 18 de mayo del 2011, se presentó demanda ante el Juzgado de Primera Instancia de los de Almazán, en reclamación de cantidad de 40 euros, siendo admitido a trámite la demanda por decreto de fecha de 18 de julio de dicho juzgado, convocándose a las partes a la celebración del oportuno acto de juicio.
En fecha de 27 de octubre del 2011 se celebró el acto de juicio, compareciendo las partes y practicándose las oportunas pruebas, quedando los autos vistos para sentencia.
En fecha de 28 de octubre se dictó sentencia por el juzgado de Primera Instancia cuya parte dispositiva contiene el siguiente fallo: "desestimo íntegramente la demanda promovida por D. Jon y absuelvo al demandado D. Pio, de todos los pedimentos formulados en su contra, con expresa condena al actor en las costas de este procedimiento".
Contra dicha resolución se preparó y luego formalizó el correspondiente recurso de Apelación por la Procuradora Sra. Pardillo Sanz en nombre y representación del actor, dándose traslado del mismo a la parte contraria, y siendo remitidos los autos a esta Sala para su resolución.
Que tras la personación de las partes, se designó Magistrado Unipersonal para la resolución de este recurso, habiéndose observado, en la tramitación del mismo, las correspondientes prescripciones legales.
El motivo de recurso es la disconformidad con la sentencia de Instancia. He de considerar que la demanda inicial lo fue en reclamación de cantidad por unos desperfectos en un pantalón de la parte actora, que reclamó por dicho concepto 40 euros.
Consta en autos factura de dichos pantalones de 27 de abril del 2010, donde fija la cuantía de los mismos en 87 euros, señalando a continuación que "el valor del citado pantalón a fecha de 15 de febrero del 2011 es de 40 euros".
Lo que viene a significar que si bien el valor de los pantalones al tiempo de su adquisición fue de 87 euros, posteriormente y tras su uso temporal, el valor de los citados pantalones fue reducido a 40 euros.
Indica el actor en el acto de juicio que "iba en bicicleta y que el pantalón le fue mordido por uno de los perros de la parte demandada. En el pueblo de Coscurita y la estación de dicha localidad". Añadiendo que "era el perro de ese señor", aún cuando "no tiene datos, porque está sin censar".
De lo que se derivan varias conclusiones. A saber:
a). Que el destrozo del pantalón tuvo lugar cuando iba circulando con la bicicleta. De lo cual cabe inferir que el ataque del animal no debió ser intenso, precisamente porque no se cayó de la citada bicicleta.
b). Que el perro que le atacó fue del demandado, aún cuando no tiene datos, por no estar censado.
Añadiendo que los hechos habían ocurrido en fecha de 17 de marzo del 2010. Habiendo existido un...
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