SAP Santa Cruz de Tenerife 12/2011, 21 de Enero de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución12/2011
Fecha21 Enero 2011

SENTENCIA

Iltmas Sras

SALA Presidenta

Da. MARIA DEL PILAR MURIEL FERNANDEZ PACHECO

Magistradas

Da. MACARENA GONZÁLEZ DELGADO

Da. Ma LUISA SANTOS SANCHEZ (Ponente)

En Santa Cruz de Tenerife, a 21 de enero de 2011.

Visto por las Ilmas. Sras. Magistradas arriba expresadas, en grado de apelación, el recurso interpuesto por la parte demandada, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Santa Cruz de Tenerife, en autos de Juicio Ordinario no.103/2009, seguidos a instancias de la Procuradora Da. Concepción Blasco Lozano, bajo la dirección del Letrado D.Francisco A. Enfedaque en nombre y representación de la entidad Margen Total, L. D. A, contra la entidad Internacional de Automóviles ( Inauto) S. L, representado por la Procuradora Da. Raquel Guerra López, bajo la dirección de la Letrado Da. Patricia Ponte Capua y de Da. Ana Perera Concepción;han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Da. Ma LUISA SANTOS SANCHEZ Magistrada de esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos y por el referido Juzgado se dictó Sentencia de fecha veintinueve de abril de dos mil diez, cuya parte dispositiva, -literalmente copiada-, dice así: " QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por la Procuradora dona Concepción Blasco Lozano en nombre y representación de la entidad Margen Total, LDA y en su consecuencia, condenar a la entidad "Internacional de automóviles, SL" representada por el Procurador de los Tribunales dona Raquel Guerra López a pagar a las actoras la cantidad de TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO EUROS (3.354,00) mas el interés legal de dicha cantidad conforme previene el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, absolviendo a la entidad demandada del resto de peticiones formuladas en su contra, sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas.".

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandada; tramitándose conforme a lo previsto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, presentando escrito de oposición la parte contraria, y remitiéndose con posterioridad los autos a esta Audiencia Provincial, con emplazamiento de las partes por término de treinta días.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección Tercera se acordó formar el correspondiente Rollo, y se designó como Ponente a la Ilma. Sra. Magistrada Da. MARÍA LUISA SANTOS SÁNCHEZ; personándose oportunamente la parte apelante por medio de la Procuradora Da. Raquel Guerra López, bajo la dirección de la Letrada Da. Ana María Perera Concepción, la parte apelada se personó por medio de la Procuradora Da. Concepción Blasco Lozano, bajo la dirección del Letrado D. Francisco A. Enfedaque Rodríguez; senalándose para votación y fallo el día diecisiete de enero del corriente ano.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Pretende la entidad demandada, Internacional de Automóviles (INAUTO, S.L.), aquí apelante, la revocación de la sentencia recurrida y que se desestime íntegramente la demanda, con expresa imposición de costas a la parte actora, con los demás pronunciamientos que le fueran favorables. En síntesis, la referida apelante centra su recurso en los fundamentos quinto y sexto de la demanda al acogerse en parte la reclamación de la actora de la cantidad de 9.100,80 euros en concepto de baterías, y condenársele a pagar a esa parte la suma de 3.354 euros más el interés legal conforme a lo dispuesto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil ; muestra su discrepancia con la valoración de...

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