SAP Santa Cruz de Tenerife 100/2008, 29 de Febrero de 2008
Ponente | MARIA PILAR MURIEL FERNANDEZ-PACHECO |
ECLI | ES:APTF:2008:577 |
Número de Recurso | 853/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 100/2008 |
Fecha de Resolución | 29 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 3ª |
SENTENCIA NÚM. 100/2008
Iltmos. Sres.
Presidente:
Dª. María Del Pilar Muriel Fernández Pacheco (Ponente)
Magistrados:
Dª. Carmen Padilla Márquez
Dª. María Luisa Santos Sánchez
En Santa Cruz de Tenerife, a veintinueve de febrero de dos mil ocho.
Visto por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba expresados, en grado de apelación, el recurso interpuesto por la parte demandada, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de La Laguna, en autos de Juicio Ordinario nº 1.517/06, seguidos a instancias de la Procuradora Dª. Natalia de la Rosa Pérez, bajo la dirección del Letrado D. Emilio Altable Menéndez en nombre y representación de la entidad Telefónica de España S. A, Sociedad Unipersonal, contra la entidad mercantil " Cobra Instalaciones y Servicios, S. L", representado por la Procuradora Dª. María de los Ángeles Patiño Beautell, bajo la dirección del Letrado D. Julián Olivares Monteagudo ;han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. María Del Pilar Muriel Fernández Pacheco Magistrado de esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes,
En los autos y por el referido Juzgado se dictó Sentencia de fecha cinco de junio de dos mil siete, cuya parte dispositiva, -literalmente copiada-, dice así: " Que estimando íntegramente la demanda presentada por la Procuradora Dª. Natalia de la Rosa Pérez, en nombre y representación de la entidad Telefónica de España, S.A, Sociedad Unipersonal, defendida por el letrado D. Emilio Altable Menéndez contra la entidad mercantil "Cobra Instalaciones y Servicios, S.L.", representada por la procuradora Dª. María de los Angeles Patiño Beautell y defendida por el letrado D. Julián Olivares Monteagudo, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora el importe de nueve mil doscientos cuarenta y ocho euros con cuarenta céntimos con más el interés legal desde la interposición de la demanda; y ello con imposición de las costas procesales a la entidad demandada.".
Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandada ; tramitándose conforme a lo previsto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, presentando escrito de oposición la parte contraria, y remitiéndose con posterioridad los autos a esta Audiencia Provincial, con emplazamiento de las partes por término de treinta días.
Que recibidos los autos en esta Sección Tercera se acordó formar el correspondiente Rollo, y se designó como Ponente a la Ilma. Sra. Magistrado Dª. María Del Pilar Muriel Fernández Pacheco ; personándose oportunamente la parte apelante por medio del Procurador Dª....
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