SAP Huelva 76/2007, 30 de Marzo de 2007
Ponente | ANTONIO GERMAN PONTON PRAXEDES |
ECLI | ES:APH:2007:176 |
Número de Recurso | 54/2007/ |
Número de Resolución | 76/2007 |
Fecha de Resolución | 30 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Huelva, Sección 3ª |
76/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION TERCERA
HUELVA
APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Rollo número: 54/2007
Procedimiento Abreviado número: 319/2006
Juzgado de lo Penal número 3
S E N T E N C I A
Iltmos. Sres.:
JOSÉ MARIA MENDEZ BURGUILLO
ANTONIO G. PONTON PRAXEDES
D. LUIS G. GARCIA VALDECASAS Y GARCIA VALDECASAS
En la Ciudad de Huelva a 30 de Marzo de 2007.
La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, compuesta por los Magistrados indicados y bajo la ponencia del Ilmo. Sr. D. ANTONIO G. PONTON PRAXEDES ha visto en grado de apelación el Procedimiento Abreviado número 319/2006 procedente del Juzgado de lo Penal número Tres de Huelva, en virtud de recurso interpuesto por la Procuradora Dª Natalia Cots Marfil en nombre y representación de D Tomás.
Se aceptan los correspondientes de la Sentencia apelada.
Por el Juzgado de lo Penal indicado, con fecha 15 de Enero de 2007 se dictó Sentencia, en las actuaciones a que se refiere el rollo de Sala cuya parte dispositiva siguiente es el siguiente tenor: "FALLO/ Que debo CONDENAR y CONDENO a Tomás como autor responsable de UN DELITO DE ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS con la agravante de reincidencia a la PENA DE DOS AÑOS Y UN MES DE PRISIÓN, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y abono de las costas procesales./ En concepto de Responsabilidad Civil indemnice el acusado a Antonio en la cantidad acreditada en ejecución de sentencia por el importe de los daños causados y el valor de lo sustraído y no recuperado con aplicación de los intereses previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil."
Contra la anterior Sentencia se interpuso recurso de Apelación por la Procuradora Dª Natalia Cots Marfil en nombre y representación de D Tomás, dictándose por el referido órgano jurisdiccional Providencia de fecha 20 de Febrero de 2007 por la que se tenía por formalizado el citado recurso y previo traslado a las demás partes, se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso.
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HECHOS PROBADOS
UNICO.- Que en hora no determinada del día 14 de Octubre de 2003 persona o persona no identificadas tras doblar la persona corredera de seguridad accedieron al interior del establecimiento denominado "Pub Buenaventura" sito en la Plaza del Estadio, local número 43 de estas Capital y una vez allí forzaron el cajón de una mesa de billar y de un futbolín apoderándose del dinero que en su interior había así como el existente en una coctelera.
Los desperfectos ocasionados en el local, excepto el correspondiente a la citada persiana, han sido valorados en la suma de 130 Euros.
El apelante argumenta en su escrito de recurso que la Sentencia condenatoria dictada llega a su conclusión fundamental "sin una sola prueba que...
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