SAN, 15 de Junio de 2011
Ponente | CONCEPCION MONICA MONTERO ELENA |
Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 6ª |
ECLI | ES:AN:2011:2784 |
Número de Recurso | 33/2010 |
SENTENCIA
Madrid, a quince de junio de dos mil once.
Visto el recurso contencioso administrativo que ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha
promovido Estaciones de Servicio Martínez Maseguer S.A. , y en su nombre y representación el Procurador Sr. Dº José María
Martín Rodríguez, frente a la Administración del Estado , dirigida y representada por el Sr. Abogado del Estado, sobre Resolución
del Tribunal Económico Administrativo Central de fecha 8 de julio de 2009, relativa a revisión de liquidación, siendo la cuantía del
presente recurso de indeterminada.
PRIMERO : Se interpone recurso contencioso administrativo por Estaciones de Servicio Martínez Maseguer S.A., y en su nombre y representación el Procurador Sr. Dº José María Martín Rodríguez, frente a la Administración del Estado, dirigida y representada por el Sr. Abogado del Estado, sobre Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de fecha 8 de julio de 2009, solicitando a la Sala, declare la revisión del acto impugnado de conformidad con la solicitud.
SEGUNDO : Reclamado y recibido el expediente administrativo, se confirió traslado del mismo a la parte recurrente para que en plazo legal formulase escrito de demanda, haciéndolo en tiempo y forma, alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, y suplicando lo que en el escrito de demanda consta literalmente.
Dentro de plazo legal la administración demandada formuló a su vez escrito de contestación a la demanda, oponiéndose a la pretensión de la actora y alegando lo que a tal fin estimó oportuno.
TERCERO : Habiéndose solicitado recibimiento a prueba, tenido por reproducido el expediente y evacuado el trámite de conclusiones, quedaron los autos conclusos y pendientes de votación y fallo, para lo que se acordó señalar el día catorce de junio de dos mil once.
CUARTO : En la tramitación de la presente causa se han observado las prescripciones legales previstas en la Ley de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, y en las demás Disposiciones concordantes y supletorias de la misma.
PRIMERO : Es objeto de impugnación en éstos autos la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central de fecha 8 de julio de 2009, relativa a revisión de liquidación en concepto de IVA, ejercicio 2001.
SEGUNDO : El recurso extraordinario de revisión, que aparece regulado en el ...
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