STSJ Galicia 5737, 28 de Abril de 2005

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ
ECLIES:TSJGAL:2005:5737
Número de Recurso4058/2004
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución5737
Fecha de Resolución28 de Abril de 2005
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 4058-04 MGL ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ PRESIDENTE ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA ILMA. SRª Dª ROSA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ A Coruña, a Veintiocho de Abril de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación nº 4058-04 interpuesto por DOÑA Mónica contra la sentencia del Juzgado de lo Social Núm. Uno de Ourense siendo Ponente el Ilmo. Sr. D.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos nº 122/04 se presentó demanda por DOÑA Mónica en reclamación de INCAPACIDAD siendo demandados el INSS y TGSS en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha veintiséis de mayo de dos mil cuatro por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"PRIMERO.- La actora Dª Mónica , nacida el 21.02.51, figura afiliada al Régimen Especial de Empleados de Hogar, con el núm. NUM000 con la categoría profesional de empleada de hogar, teniendo cubierto el período de carencia reglamentario con una base reguladora de 240,36 euros mensuales. SEGUNDO.- La actora solicitó pensión de invalidez, emitiéndose dictamen propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades el 18.11.02 dictándose Resolución por el INSS en fecha 3.11.03 que denegó su petición al considerar que no existe incapacidad permanente en ninguno de sus grados. TERCERO.- La aquí actora padece las siguientes dolencias: Hepatopatía colostática autoinmune. Tiroiditis crónica autoinmune.

CUARTO

La actora acredita los siguientes períodos cotizados: a) En España:

Empresa

Gra. Padina ""

Desempleo E.H. Discontinua Alta 18.09.90 01.03.91 01.06.91 08.07.98 Baja 17.12.90 31.05.91 30.08.91 18.11.02 b) En Francia 24 trimestres entre 1972 y 1977. QUINTO.- Interpuesta reclamación previa en fecha 04.12.03 fue desestimada por resolución de 30.12.03, presentando demanda la actora en fecha 11.2.04".

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo:

Que desestimando la demanda formulada por Dª Mónica contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo absolver y absuelvo a los Organismos demandados de las pretensiones ejercitadas contra ellos por el actor".

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el pase de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- 1.- Recurre la trabajadora la desestimación de su demanda en reclamación de IPA o subsidiaria IPT, instando -por el cauce del art. 191.b LPL - la modificación del cuadro de dolencias declarado probado, y denunciando -vía art. 191.c LPL - la infracción por...

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