STSJ Comunidad Valenciana , 12 de Julio de 2005

PonenteGUILLERMO EMILIO RODRIGUEZ PASTOR
ECLIES:TSJCV:2005:4878
Número de Recurso1183/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución12 de Julio de 2005
EmisorSala de lo Social

3 Rec. Contra sent nº 1183/05 Recurso contra Sentencia núm. 1183 de 2.005 Ilma. Sra. Dª. María Mercedes Boronat Tormo Presidente Ilma. Sra. Dª María Montés Cebrian Ilmo. Sr. D. Guillermo E. Rodríguez Pastor En Valencia, a doce de julio de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 2376 de 2.005 En el Recurso de Suplicación núm. 1183/05, interpuesto contra la sentencia de fecha 12-1-05, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 9 de Valencia, en los autos núm. 876/04 , seguidos sobre despido, a instancia de D. Gaspar , asistido de la Letrado Dª Mercedes Belinchón Belinchón, contra CONSELLERIA DE SANIDAD DE LA GENERALIDAD VALENCIANA. , y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Guillermo E. Rodríguez Pastor.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 12-1-05 , dice en su parte dispositiva: "

FALLO

"Que desestimando la demanda formulada por D. Gaspar , debo absolver y absuelvo a la Consellería de Sanidad de la GENERALIDAD VALENCIANA., desestimando la excepción de incompetencia del orden jurisdiccional social.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- Que el actor D. Gaspar , conDNI. Nº NUM000 , prestó sus servicios para la demandada Consellería de Sanitat de la GENERALIDAD VALENCIANA. en el Hospital Universitario La Fe, con antigüedad de 2-7-2003, con la categoría profesional de pinche, grupo E, en virtud de nombramiento de personal estatutario temporal de sustitución, de la referida fecha, con el fin de sustituir a Dª Trinidad , ausente por mejora de empleo, ejerciendo sus funciones en el puesto nº 22954.- SEGUNDO.- Que por Resolución de fecha 1-9-2004, se comunicó al actor que en fecha 10-9-2004, cesará en el puesto nº 22.954, para dar cumplimiento a la Sentencia nº 1.656 de 2004, del TSJCV , por la que se estima el recurso de suplicación interpuesto por Dª Lina , contra la sentencia de fecha 3-12-2003, dictada por el Juzgado de lo Social nº 10 de Valencia, autos 702/03 , revocándose esta sentencia y declarándose nulo el cese de la actora de 4-6-2003 en el puesto nº 22954, condenando a la Generalidad Valenciana a la readmisión en la misma plaza. Obrando la citada resolución judicial unida a las actuaciones su contenido se tiene aquí por íntegramente reproducido. Dª Lina ha sido readmitida en el puesto 22954.-TERCERO.- Que disconforme la parte actora con el contenido de la citada resolución, interpuso el 14-9-2004 reclamación previa que fue desestimada por resolución de 11-11-2004.".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, habiendo sido impugnado por la representación letrada de contrario. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- .- 1. Frente a la sentencia de instancia que desestimó la demanda por la que se solicitaba la declaración de nulidad del cese del que fue objeto el actor, se formula el presente recurso de suplicación por la representación letrada de la parte actora, siendo impugnado de contrario.

  1. En un único motivo de recurso, con apoyo procesal en el artículo 191 c) Ley procedimiento laboral , se denuncia la infracción del artículo 49.1 H-I; artículo 52 c) y 53 1 b) y 4 ET e infracción, por...

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