STSJ Comunidad Valenciana , 3 de Marzo de 2005

PonenteMARIA MONTES CEBRIAN
ECLIES:TSJCV:2005:1445
Número de Recurso3947/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2005
EmisorSala de lo Social

7 Rec. C/ Sent. núm. 3947/04 Recurso contra Sentencia núm. 3947/04 Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro Presidente Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas Ilma. Sra. Dª María Montés Cebrian.

En Valencia, a tres de marzo de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 707/2005 En el Recurso de Suplicación núm. 3947/04, interpuesto contra la sentencia de fecha 14 de septiembre de 2004, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Alicante, en los autos núm. 486/04 , seguidos sobre CONFLICTO COLECTIVO, a instancia de D. Armando Y OTROS, asistidos por la Letrado Dª Mª Isabel Ortiz López, contra MÁRMOLES LEVANTE, S.A. representada por el Letrado D. Luis Miguel Sellers Miro, y en los que es recurrente la empresa demandada, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma.

Sra. Dª María Montés Cebrian.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 14 de septiembre de 2004 , dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que estimando parcialmente la demanda planteada por D. Armando , D. Mauricio Y D. Jesús Manuel , debo declarar y declaro justificada la modificación sustancial de la jornada del personal de refuerzo acordada por Mármoles Levante S.A. el 10-06-04. E, igualmente, debo declarar y declaro injustificada la supresión del sistema retributivo por destajos del personal de pulido y refuerzo, condenando a la empresa a estar y pasar por ello, con derecho de los trabajadores afectados a ser repuestos en sus anteriores condiciones retributivas".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO: Mármoles Levante S.A. se dedica a la elaboración de tablas de mármoles. A tal efecto posee unas máquinas denominadas telares donde se aserran los bloques y las tablas obtenidas pasan a la sección de refilado y pulido para la venta. Hay cuatro secciones de trabajadores: telares, reforzado, pulido y guía. Anteriormente la sección de reforzado estaba cubierta por 12 trabajadores y por 5 la de pulido, ambas con trabajo a destajo cuya retribución equivalía aproximadamente a más de un 30% del total en pulido y hasta el 45% en refuerzo. En telares el salario es el de convenio, con incentivos en determinadas tareas.

Los gruistas y la pulidora trabajaban a jornada partida. Después de diversas bajas, los trabajadores de refuerzo, en número de 4, trabajaban a jornada continuada, solo en dos líneas con dos operarios cada una y los dos operarios en pulido en una línea con jornada partida, (anteriormente a tres turnos), siendo tres los gruistas y también tres los trabajadores de telares. La plantilla se completa en dos encargados (confesión empresa demandada y testifical Sr. Gaspar). SEGUNDO: El 28-04-04 la empresa notificó a los delegados de personal D. Armando , D. Mauricio y D. Jesús Manuel la modificación sustancial de las condiciones de trabajo a las secciones de refuerzo y pulido de tabla, debido a la dificil situación del mercado, con caída de los pedidos y el precio, por los elevados costes de producción y el tipo de refuerzo aplicado. Por tal motivo la empresa acordaba la adopción de medidas comerciales de reducción de costes y de ajuste de la producción a las necesidades de mercado, así como laborales de modificación de horario del personal de refuerzo -pasando de jornada continuada a partida- y en el sistema de remuneración en refuerzo y pulido, convocando a los delegados a una reunión en la misma fecha y otra para el 6-05-04 en periodo de consultas. El 6- 05-04 la empresa comunicó que no era viable mantener un stock de tablas elaborado sin salida al mercado y con deterioro de calidad y precio, que las medidas intentadas con anterioridad no había resultado operativas por problemas de procedimiento, y que seguían siendo negativos los datos económicos (reducción del volumen de negocio y de beneficios) del ejercicio 2003, con entregas de las cuentas a los delegados. La empresa reiteró sus problemas de producción y señaló que el sistema de incentivos o destajos era costoso sin posibilidad de repercusión en el precio. Por último indicaba que el tipo de refuerzo aplicado es mejor atractivo que el de otras fábricas, que aplican uno de mejor calidad, dificultando ello también las ventas. La representación de personal resultó que la retención propuesta por la empresa representa la pérdida de casi la mitad de sus salarios, no aceptando esta propuesta. En la reunión de 21-05-04 los delegados de personal manifestaron que los trabajadores de refuerzo estaban dispuestos a reducir los precios del destajo en un 10%. También se indagó por el precio de venta de la pulidora nueva.

La empresa expuso que el precio de mano de obra era más de un 30% de coste superior a otras empresas, y que estimaba preferible establecer un sistema de incentivos sobre producción, lo que no aceptaba la parte contraria, por lo que consideraba necesario al menos reducir en un 25% los precios de refuerzo y los de pulido entre 10% y un 15%. Que el importe de la factura de la pulidora que de 34.858,69 y que vendió porque era la única maquinaria que tenía salida al mercado y cuyo uso, no era imprescindible por trabajarse en un solo turno. La empresa también indicaba que tras las tres bajas en la línea de tabla había un turno en el refuerzo y otro en el pulido, considerando conveniente que, dado que los gruistas y la pulidora trabajan a jornada partida, el refuerzo se ajustase a ello para la mejor organización de la línea, lo que la representación de los trabajadores admitió que era lógico pero advirtiendo que debían consultarlo. En la reunión de 4-06-04 se transmitió por los delegados de personal que dos operarios del turno de refuerzo tenían problemas personales para el cambio a jornada partida y que sobre la reducción de costes solo aceptaban un 10% en refuerzo y nada en pulido. La empresa replicó que en telares no podía plantearse la rebaja salarial pero sí en pulido y refuerzo con diferente porcentaje. La empresa igualmente informó de una sección de taller que se iba a implantar en trabajadores polivalentes. En la reunión de 10-06-04 se dio por finalizado el periodo de consultas sin acuerdo, por lo que la empresa comunicó que desde el 12-07-04 las líneas de refuerzo y pulido trabajarían sin incentivos a salario convenio y con rendimiento exigido normal, que la línea de refuerzo pasaría a jornada partida igual que pulido y gruistas, lo que se notificó el 10- 06-04 a los interesados. (doc. 1 a 12 empresa y doc. 2 a 12 demandante). TERCERO: El...

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