STSJ Cataluña , 12 de Abril de 2005

PonenteGREGORIO RUIZ RUIZ
ECLIES:TSJCAT:2005:4501
Número de Recurso3871/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución12 de Abril de 2005
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA CATALUNYA SALA SOCIAL JSP ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL ILMO. SR. ADOLFO MATIAS COLINO REY En Barcelona a 12 de abril de 2005 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as.

Sres/as. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A núm. 3105/2005 En el recurso de suplicación interpuesto por -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social)

frente a la Sentencia del Juzgado Social 3 Barcelona de fecha 05-12-03 dictada en el procedimiento Demandas nº 785/2003 y siendo recurrida María Angeles . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. GREGORIO RUIZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 13-10-03 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 05-12-03 que contenía el siguiente Fallo: " Estimo la demanda interpuesta por María Angeles frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL sobre incapacidad permanente y declaro a la demandante en situación de incapacidad permanente en grado de absoluta, derivada de enfermedad común, y condeno al Instituto Nacional de la Seguridad Social a que le reconozca y abone una pensión vitalicia y mensual equivalente al 100 por 100 de su base reguladora de 1.061,56 euros, todo ello más mejoras y revalorizaciones correspondientes y con efectos del 1 de mayo de 2003. "

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - La demandante María Angeles , nacida el 28 de abril de 1966, DNI NUM000 , por resolución de

    10 de noviembre de 2000 fue declarada en situación de incapacidad permanente en grado de absoluta. En la mencionada resolución se declararon como causantes de la incapacidad permanente las siguientes dolencias "trastorno bipolar tipo II fase actual hipomaniaca".

  2. - La entidad gestora inició expediente de revisión de mejoria y previo dictamen médico del CRAM de fecha 20 de marzo de 2003, por resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 30 de abril de 2003, se declaró que la demandante no se encuentra afecta de ningún grado de incapacidad permanente, extinguiendo el percibo de la prestación desde el dia siguiente a la fecha de dicha resolución. Las lesiones que constan en dicha resolución son "trastorno bipolar tipo II, actualmente eutímica y sin medicación"

  3. - Contra esta resolución se interpuso reclamación previa que fue desestimada por resolución expresa de la entidad gestora de 18 de septiembre de 2003, previo nuevo dictamen médico del CRAM de 4 de septiembre de 2003 que reconoció las siguientes dolencias "trastorno bipolar tipo II eutímica en la actualidad sin trastornos formales del curso ni del contenido del pensamiento, serologia positiva para virus C asintomática".

  4. - La profesión habitual de la demandante es la de auxiliar administrativa, en productora de televisión, realizando tareas de coordinación de personal y medios técnicos en directos, retransmisiones deportivas y gestión de satélites.

  5. - La base reguladora de la prestación es de 1.061,56 euros y la fecha de efectos la de 1 de mayo de 2003.

  6. - Las lesiones que acredita la demandante son: trastorno bipolar tipo II fase actual hipomaniaca en tratamiento psiquiatrico y psicologico; desde noviembre de 2002 estuvo sin tratamiento farmacológico por...

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