STSJ Cantabria 866/2006, 27 de Septiembre de 2006

PonenteMARIA DE LAS MERCEDES SANCHA SAIZ
ECLIES:TSJCANT:2006:1168
Número de Recurso644/2006
Número de Resolución866/2006
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En Santander, a veintisiete de septiembre de dos mil seis.

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Iván contra la sentencia

dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Dos de Santander, ha sido Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Iván siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otros, sobre seguridad social, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 22 de febrero de 2006 , en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El/la actor/a Iván nacido el 12 de febrero 1946 se encuentra afiliado/a a la Seguridad Social yencuadrado/a en el Régimen General, Mutualidad de Trabajadores por cuenta ajena, con el número NUM000 , reuniendo el período de cotización suficiente y siendo su profesión habitual la de calderero.

  2. - Por resolución de la Dirección Provincial del INSS 10 febrero 2005 fue declarado en situación de invalidez permanente total para su profesión habitual.

  3. - La Base Reguladora para la incapacidad permanente absoluta es de 1.863,01 euros mensuales, con efectos desde el 6 octubre 2004.

  4. - El actor presenta el siguiente cuadro clínico: Aparato locomotor: ambos hombros: limitación de la abducción y rotación externa, mayor en el izquierdo donde no alcanza 90°. Giros cervicales faltan grados finales. Caderas y rodillas libres, Lassegue (-) bilateral. Flexión lumbar se detiene a 30 cm. dedos suelo.

    Informe de traumatología 10.6.2004:

    "Diagnosticado de periartritis escápulo humeral bilateral.

    Intervención quirúrgica el 25.02.2002 de hombro derecho, mediante DSA artroscopica (no rotura manguito).

    Hombro contralateral con clínica similar.

    Cervicoartrosis C6-C7 severa, con osteofitos

    anteriores y posteriores.

    EMG con síndrome túnel carpiano derecho, de tipo sensitivo".

    Afecciones psíquicas:

    Llanto durante toda la entrevista e incluso durante la exploración física.

    Informe de unidad salud mental 13.01.2005: "Antecedentes: ha sufrido dos accidente de tráfico el

    25.03.2003 y el 4.06.2003. Comenzó a estar mal en abril 2003, a raíz del primer accidente, desde mayo de 2003 en tratamiento psiquiátrico privado.

    Refiere una clínica depresiva clara de intensidad moderada (falta de ilusión, tendencia al llanto y al aislamiento social, alteración del sueño y de apetito, falta de concentración,... en ocasiones ideación/intención suicida). Se instauro tratamiento. La respuesta clínica ha sido parcial, mejorando la sintomatología afectiva en principio. Persiste nivel elevado de ansiedad que fluctúa con conflictos ambientales. Juicio clínico: episodio depresivo.

    Deficiencias más significativas:

    Cervicoartosis. Síndrome subacromial bilateral operado del derecho. Síndrome del túnel carpiano derecho. Episodio depresivo.

  5. - Se ha agotado la vía administrativa previa.

  6. - Para el cálculo de la base reguladora de la prestación de I. P. T. se han tenido en cuenta las bases de cotización correspondientes al actor por el periodo octubre 1.996 a septiembre 2004. De junio a septiembre 2004 la Entidad Gestora ha tenido en cuenta la base mínima de cotización vigente para el año 2004.

  7. -El actor estuvo en situación de Incapacidad Temporal desde el 5 enero 2004.

  8. - Cesó en la empresa Trefilerías Quijano, S.A., el 27-5-2004, pasando a percibir el subsidio de I.T en pago directo a través del INSS. Fue alta médica el 5.10.2004.

  9. - De estimarse la demanda la base reguladora de la Incapacidad Permanente Total o Absoluta asciende a 1.934,55 euros mensuales.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, siendoimpugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El actor formuló demanda en reclamación de una incapacidad permanente absoluta para todo trabajo, en lugar de la incapacidad permanente total reconocida en vía administrativa y, además, una base reguladora de 1.934,55 euros mensuales. La sentencia de instancia rechaza ambas pretensiones y frente a la misma recurre en suplicación el reclamante, denunciando en primer término, la infracción del artículo 137.5 de la Ley General de la Seguridad Social.

Consta probado que el demandante presenta dos tipos de dolencias: las artrósicas, con cervicoartrosis severa en C6-C7 y osteofitos marginales anteriores y posteriores, un síndrome subacromial de carácter bilateral, habiendo sido operado del derecho, y un síndrome del túnel carpiano derecho, de tipo sensitivo; a ello se añade un episodio depresivo, con clínica depresiva de intensidad moderada. Sus patologías físicas le ocasionan limitación en los grados finales a los giros cervicales y limitación de la abducción y rotación externa en ambos hombros, no alcanzando los 90 grados en el izquierdo. A la vista de su cuadro clínico, es claro que sus dolencias físicas no pueden amparar la pretensión de incapacidad para todo trabajo postulada.

En cuanto a su dolencia psíquica, es de destacar su corta evolución, el carácter moderado de su sintomatología (falta de ilusión, de concentración, alteración del sueño...), la respuesta al tratamiento y mejora de aquella sintomatología y su carácter fluctuante, lo que demuestra la falta de gravedad de su estado, al no existir síntomas psicóticos ni otros compatibles con manías.

La Sala, a la luz de lo expuesto y partiendo del aludido relato de secuelas que aquejan al demandante, no aprecia la infracción alegada, entendiendo que dicho cuadro, en su estado actual, no tienen...

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