Sentencias sobre Sistemas de selección

238 sentencias sobre Sentencias sobre Sistemas de selección

  • STSJ Comunidad de Madrid , 28 de Marzo de 2001

    RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. CONCURSO. SELECCIÓN. PRINCIPIO DE IGUALDAD. SORDOMUDO. Se ha promovido un recurso jurisdiccional contra la resolución sobre las pruebas selectivas del concurso. Según expone en su escrito de alegaciones dicha parte las medidas que el Tribunal no le concedio para compensar su defecto físico respecto del resto de los concursantes fueron la utilización de un...

  • STSJ Navarra , 29 de Septiembre de 2004

    RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. ESTIMACIÓN. Se plantea en el presente recurso jurisdiccional, la impugnación del Decreto Foral 78/2003 de 18 de abril de 2003 , por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración del la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, a fin de posibilitar la cobertura por concurso de méritos de determinadas jefaturas de sección y negociados.

  • STSJ Comunidad de Madrid 756/2006, 8 de Mayo de 2006

    RECURSO DE APELACIÓN. ACTO ADMINISTRATIVO. RECURRIBILIDAD. Los actos administrativos de mero trámite sólo son recurribles autónomamente cuando determinan la imposibilidad de continuar un procedimiento o producen indefensión. Se estima el recurso.

  • STSJ Cataluña , 30 de Junio de 2004

    CUERPO DE FUNCIONARIOS. El Estado, en el ejercicio de sus competencias, ha establecido dos sistemas de promoción interna; uno, el ordinario, regulado en el art. 17 de la Ley Orgánica 2/1986 , y que exige, entro otros requisitos, la posesión de la titulación correspondiente, y otro que permite cubrir por el sistema de promoción interna un porcentaje de hasta el 50 por 100 de las plazas convocadas,

  • STSJ País Vasco , 3 de Noviembre de 2003

    RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. INTERÉS LEGÍTIMO. LEGITIMACIÓN. El interés legítimo, implica la existencia de un ""interés"" como base de la legitimación de quien acciona en el justicia. Se estima el recurso.

  • STSJ Canarias , 13 de Diciembre de 2000

    ACTO ADMINISTRATIVO. NULIDAD Y ANULABILIDAD. Se impugna resolución administrativa. Se considera nulidad de pleno derecho. 1. Los actos de las Administraciones Públicas son nulos de pleno derecho en los casos siguientes: á) Los que lesionen el contenido esencial de los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional b) Los dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de...

  • STSJ Cantabria , 17 de Noviembre de 2000

    PUESTO DE TRABAJO. PROCESO DE SELECCIÓN. VICIO. Se declara que no puede exigirse, por razón de su propia naturaleza, una prueba plena sobre su existencia, pero tampoco puede fundarse en meras presunciones o conjeturas, siendo necesario acreditar la concurrencia de hechos o elementos suficientes para formar la convicción de que la Administración acomodó su actuación a la legalidad, pero con...

  • STSJ Andalucía 993/2007, 27 de Abril de 2007

    IMPUGNACIÓN DE CONCURSO. PLAZAS EN LA POLICÍA. La autonomía del Tribunal calificador a la hora de interpretar el contenido y alcance de las bases de la convocatoria y la ausencia de un criterio irracional, no justificado o vulnerador de la Constitución, de forma que llegamos a la conclusión de que el Tribunal de las pruebas respeto en sus decisiones las normas reguladoras del proceso selectivo....

  • STSJ Canarias 4694, 22 de Noviembre de 2005

    PROCESO DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO. CONVOCATORIAS. FECHAS: Que al publicarse las convocatorias de consolidación de empleo fuera posible el que una persona que reuniera los requisitos exigidos presentara solicitud para participar en más de una categoría o especialidad no comporta por sí mismo que se le otorgara a esas personas el derecho a que la Administración realizara las convocatorias de...

  • STSJ Cantabria , 19 de Julio de 2002

    ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. PROCESO DE SELECCIÓN. PLIEGO DE CONDICIONES. Ante un criterio de selección no significa que la operación que realiza la Administración al adjudicar el contrato sea enteramente reglada; existe en efecto, un elemento reglado, puesto que la selección se deberá realizar atendiendo a la experiencia de los candidatos, pero la Administración sigue conservando la facultad de...

  • STSJ Castilla y León , 24 de Noviembre de 2000

    CONCURSO. DESESTIMACIÓN. Es objeto del presente recurso la desestimación t?cita por el Ayuntamiento de Burgos del recurso de reposición interpuesto por la recurrente contra el acuerdo de 6 de mayo de 1999 rechazando la plica de la misma en el concurso de contratación y explotación de la plaza de toros, siendo las razones por las que la plica de la recurrente fue rechazada que incumpl?a los...

  • STSJ Asturias , 6 de Abril de 2001

    UNIVERSIDADES.CONCURSO PARA PROVISIÒN E PLAZAS.Confrontadas las puntuaciones otorgadas a los candidatos por el rendimiento académico no guardan correlación con los títulos y demás méritos, habida cuenta que el adjudicatario se licencio en Matemáticas en el mes de julio de 1996, mientras que la recurrente cuenta con dos títulos desde los años 1982 y 1984, tesis doctoral, tesina, y cursos del...

  • STSJ Castilla y León , 27 de Septiembre de 2001

    COMPLEJO EDUCATIVO. CUBRIMIENTO DE PLAZAS. La plaza a la que aspiraba era la de ayudante de oficio de cualquiera de las que hubiera en el Complejo Educativo de Tarragona, y como el titulo que aporta? era el de técnico auxiliar, rama administrativa y comercial, nada Tenza que ver con el puesto a cubrir, por lo que no podía valorarse de acuerdo con lo previsto en el apartado 8.1.1.b) del anexo 1 de

  • STSJ Cataluña , 5 de Diciembre de 2000

    "TRABAJADORES TEMPORALES. CONCURSOS DE MÉRITOS. EXCLUSIÓN. Se recurre resolución por la que se acuerda excluir a las recurrentes de la lista de espera correspondiente a dicho año para cubrir puestos de trabajo con carácter temporal. Que la Administración cuente con una potestad de partida para poder configurar los mecanismos de selección del personal, no implica que el ejercicio de esa facultad

  • STSJ Asturias , 5 de Diciembre de 2000

    CONTRATO ADMINISTRATIVO. Con relación a la falta de congruencia de la Administración demandada por dictar resoluciones distintas a dos peticiones iguales, en un caso ordenando repetir las pruebas y en el otro atribuyendo la plaza al recurrente, este proceder interno de la Administración justificado en la actuación reiterativa de la Comisión de Selección por ella nombrada no incurre en el defecto...

  • STSJ Canarias , 28 de Junio de 2004

    FUNCIÓN PÚBLICA. PLAZAS. La Administración no puede arbitrariamente exigir cualquier documentación sino aquélla que sea imprescindible para fijar los datos en base a los cuales ha de dictarse la resolución y esos datos han de ser ignorados por la Administración, ya que si ésta los conoce por haber presentado el interesado los documentos que se le piden, no tiene alcance la indicada consideración,

  • STSJ Canarias , 30 de Noviembre de 2000

    ADJUDICACIÓN DE CONCURSO. Resulta patente, que si dicha Comisión Paritaria, en su facultad de interpretar y ejecutar el Convenio, se extralimitó, la modificación operada, como continua sosteniendo la representación de la Administración ""no es un acto de una Administración Pública, no es un acto sujeto a Derecho Administrativo, sino antes al contrarío es un acto sometido al Derecho Laboral,...

  • STSJ Canarias , 8 de Julio de 2005

    OFICINA DE FARMACIA. No puede aceptarse que la Orden vulnere, como pretende la actora, los principios de mérito y capacidad en base a un simple cálculo aritmético, a saber, cuanta más antiguedad más capacidad, lo que sin embargo no tiene por qué ser cierto en tanto en cuanto no tiene por qué primar la cantidad sobre la calidad, o dicho en otras palabras, puede ser más ventajoso para el usuario un

  • STSJ Canarias , 2 de Febrero de 2001

    NULIDAD DE RESOLUCIÓN. La actuación de la comisión no es conforme a derecho. Al apartarse del baremo general o marco; e introducir nuevos criterios en el baremo específico impidio a los concursantes conocer la manera en que se valoraron los méritos; y a esta Sala le impide el control de su actividad. No es posible subsanar el defecto, porque no existen unos criterios específicos claros y justos...

  • STSJ Cataluña , 26 de Febrero de 2001

    FUNCIONARIOS PÚBLICIOS. No cabe duda de la condición de personal estatutario de las recurrentes, que durante estos años -desde diciembre de 1987 hasta la convocatoria para la provisión definitiva de dichas plazas- han ocupado provisionalmente las mismas en condición de funcionarias interinas, debiendo seguir respecto a su condición -y todos los aspectos derivados de la misma, entre los que se...

  • STSJ Cataluña , 9 de Junio de 2004

    CUERPO DE FUNCIONARIOS. La valoración efectuada por el Tribunal calificador no se ajusta a Derecho, ya que descansó exclusivamente en una valoración negativa derivada del ejercicio de un derecho reconocido por nuestra Constitución. Ello nos ha de llevar, sin necesidad de mayor argumentación a declarar la nulidad de la Resolución impugnada. No obstante esta declaración, por el momento, solo ha de...

  • STSJ Castilla-La Mancha , 27 de Enero de 2004

    "RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL. La actora ha acreditado un daño moral derivado de cambio de situación de estabilidad laboral u otra de precariedad; cambio que produce un daño psíquico que incluso ha podido trascender al ámbito familiar creando una situación incómoda en el ámbito personal que no tenía el deber de soportar. Se estima parcialmente contencioso administrativo. "

  • STSJ Canarias , 28 de Octubre de 2003

    ADJUDICACIÓN DE PUESTOS. LISTAS DEFINITIVAS. Resulta dudoso sostener la invalidez de la actuación administrativa sobre la base de la indefensión, por el hecho de no subsanarse el defecto por vía del requerimiento, cuando existían imponderables para hacerlo. Se estima parcialmente contencioso administrativo.

  • STSJ Aragón , 7 de Febrero de 2001

    NULIDAD ADMINISTRATIVA. DECLARACIÓN. Se impugna resolución administrativa. Para declarar la nulidad de la resolución por existencia de vicios en la formación de la voluntad del órgano colegiado, basta con el vicio afecte a uno de los elementos o reglas generales de formación de la citada voluntad y que esas reglas hace en mención a la convocatoria, composición del órgano, orden del día, quórum de

  • STSJ Aragón , 30 de Enero de 2004

    SELECCIÓN DE FUNCIONARIOS. Lo anteriormente expuesto determina la estimación del recurso, estimación que sin embargo ha de ser parcial, ya que si bien es procedente anular la resolución recurrida en lo que hace referencia a la concreta determinación de las plazas relacionadas en la misma, por diferir de las inicialmente ofertadas, sin embargo, no resulta procedente entrar al examen de la eficacia

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