Sentencias sobre Propiedad industrial

1135 sentencias sobre Sentencias sobre Propiedad industrial

  • STS, 27 de Abril de 2005

    CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES. CALIDAD EN EL CUMPLIMIENTO. Debe rechazarse la queja casacional basada en el rechazo de la solicitud de devolución de los avales constituidos como garantía especial para el supuesto del incumplimiento del compromiso de nivel de calidad de servicio, en lo que concierne al periodo comprendido entre el 1 de enero al 30 de marzo de 1999, ...

  • STS, 19 de Julio de 2006

    CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. VERIFICACIÓN DE LIQUIDACIÓN DE COSTES. No podrá prosperar la afirmación de la actora de que ni de la resolución administrativa ni de la sentencia recurrida se deduce que su contabilidad no se ajuste a los principios, criterios y condiciones aprobados por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, es una mera afirmación de parte, legítima pero no acreditada....

  • STS 619/2011, 14 de Septiembre de 2011

    MARCAS. PROTECCIÓN DEL DERECHO SOBRE TÍTULO NOBILIARIO. Se reclama contra la sentencia que estima parcialmente la demanda y declara la nulidad de las marcas n° 2.413.981 y n° 2.413.982 "Ganadería Marqués de Domecq" para distinguir productos de la clase 41 y 42, respectivamente, de nomenclátor. El ahora recurrente había pretendido, en analógica aplicación de lo dispuesto sobre el uso del nombre...

  • ATS, 26 de Septiembre de 2013

    MARCAS. No puede prosperar la alegación relativa a la posible vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva de la recurrente pues, como ha dicho esta Sala de forma constante, ese derecho no se vulnera por la apreciación razonada de una causa de inadmisión del recurso de casación prevista legalmente. El derecho a la tutela judicial efectiva es "un derecho prestacional de configuración...

  • STS, 3 de Noviembre de 2005

    MARCAS. CONCESIÓN DE INSCRIPCIÓN. El principio de especialidad permite obviamente que productos que estén en mismo campo de comercialización sean distinguidos por signos diferentes. Esta misma diferencia impide hablar, de riesgo de asociación, ya que si no hay confusión entre las marcas el consumidor no asociará la una con la otra, ni de aprovechamiento del prestigio ajeno, desde el momento en...

  • STS, 7 de Abril de 2005

    MARCAS. INSCRIPCIÓN. DENEGACIÓN. De acuerdo con una amplia jurisprudencia, no podemos revisar en casación las apreciaciones de hechos que han sido efectuadas en la instancia por la Sala juzgadora, puesto que el recurso de casación está limitado a verificar la correcta interpretación y aplicación del derecho. De esta manera y con referencia a la legislación de marcas, podemos comprobar si los...

  • STS 827/2011, 22 de Noviembre de 2011

    COMPETENCIA DESLEAL. APROVECHAMIENTO DE ESFUERZO AJENO. El tema controvertido hace referencia al aprovechamiento de la información de una Base de Datos de una aplicación informática de una empresa para la elaboración de la aplicación también informática de otra empresa dedicada al mismo género de prestación asistencial, lo que facilitó la implantación -inicio de actividad y desarrollo- de la...

  • STS, 5 de Julio de 2006

    RECURSO DE CASACIÓN. ADMISIBILIDAD. CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. No es la casación un recurso idóneo para combatir el pronunciamiento sobre el pago de las costas contenido en la sentencia recurrida, salvo que la decisión en un sentido o en otro resulte manifiestamente ilógica o arbitraria. Ni lo uno ni lo otro se aprecia en el proceder del Tribunal a quo, que justifica la condena en la ...

  • STS 369/2004, 17 de Mayo de 2004

    INFRACCIÓN A LA LEY DE MARCAS Y DE COMPETENCIA DESLEAL. Solamente se considera desleal el aprovechamiento indebido, en beneficio propio o ajeno, de las ventajas de la reputación industrial, comercial o profesional adquirida por otro en el mercado. Se eestima la demanda. Se estima el recurso de apelación. Se desestima el recurso de casación.

  • STS 137/2009, 16 de Marzo de 2009

    El juicio de confundibilidad, en el caso de marcas compuestas, ha de centrarse en la visión de conjunto, cuando no hay un elemento común especialmente caracterizador con carga diferencial suficiente para suscitar confusión, o riesgo de asociación, en los consumidores. La notoriedad debe existir y por consiguiente declararse justificada, en el tiempo -momento- de acceder al registro la marca cuya...

  • STS 660/2008, 11 de Julio de 2008

    MARCA COMERCIAL. RIESGO DE CONFUSIÓN. La apreciación global del riesgo de confusión implica una cierta interdependencia entre los factores tomados en consideración y, en particular, entre la similitud de las marcas y las de los productos o servicios designados, de modo que un escaso grado de similitud entre los productos o servicios cubiertos puede ser compensado por un elevado grado de similitud

  • STS, 10 de Diciembre de 2004

    MARCAS. PROHIBICIONES. La aplicación del principio de especialidad exige, para que se produzca la prohibición general de acceso al Registro de una marca, la concurrencia de las siguientes circunstancias: a) que exista identidad o semejanza fonética, gráfica o conceptual con una marca o nombre comercial anteriormente solicitado o registrado, y b) que tenga por finalidad designar productos o...

  • ATS, 10 de Junio de 2014

    DERECHO MARCARIO. ACCIÓN REIVINDICATORIA. ACCIÓN SUBSIDIARIA DE NULIDAD. La verdadera "ratio decidendi" de la sentencia recurrida es que la acción reivindicatoria sobre la marca habría caducado, ya se tome como referencia la fecha de registro de las dos primeras marcas (1979) o su rehabilitación (1986), así como el registro de las otras dos en el año 1999 y todos los argumentos posteriores...

  • STS 1230/2009, 15 de Enero de 2009

    Cambio de forma en el uso de la marca registrada. Límite. Concurrencia de las Leyes de Marcas y de competencia desleal

  • ATS, 26 de Septiembre de 2013

    MARCAS. REGISTRO. Por la existencia de posibles diferencias entre los registros enfrentados, que a juicio de la recurrente, no fueron tenidas en cuenta por el Tribunal sentenciador, y que ya hemos descartado su omisión en nuestras consideraciones anteriores, la marca aspirante podría haber accedido a registro. Por tanto, se trata de un motivo en que la cuestión jurídica tiene por objeto una...

  • STS, 11 de Junio de 2008

    MARCAS. PROHIBICIÓN. Se impugna sentencia. Se exige, para que se produzca la prohibición general de acceso al Registro de una marca, la concurrencia de las siguientes circunstancias: a) que exista identidad o semejanza fonética, gráfica o conceptual con una marca o nombre comercial anteriormente solicitado o registrado, y b) que tenga por finalidad designar productos o servicios idénticos o...

  • STS 1027/2008, 7 de Noviembre de 2008

    La ley de marcas sanciona un sistema mixto de adquisición del derecho sobre el nombre comercial: el primero, el registro del nombre, única vía para reservar a su titular del derecho de utilización en exclusiva del nombre en el tráfico económico así como la potestad de ejercitar la correspondiente acción de nulidad frente a terceros. El segundo, por el mero uso, si bien la protección del mismo...

  • STS, 6 de Marzo de 2007

    CONCURSO. PROFESOR TITULAR. No existen pruebas concluyentes acerca de que el ejercicio del concurso no alcanzase el tiempo mínimo para su desarrollo, a la vista de lo consignado en las actas leídas en su integridad. Por lo que procede resolver el recurso, conforme a los términos planteados en instancia, en cuanto determinar la inexistencia de vulneración a la demandante por la Comisión...

  • STS, 25 de Mayo de 2004

    MARCAS. CASACION. REVISION DE LA VALORACION DE LA PRUEBA. No ofrece la menor duda que la sentencia recurrida en cuanto desestima el recurso y mantiene la incompatibilidad registral de ambas marcas argumentando que existe confusión entre ellas, está resolviendo dentro de las pretensiones de las partes en forma contraria a las pretensiones del hoy recurrente porque considera que su pretensión...

  • STS 871/2003, 29 de Septiembre de 2003

    "JUICIO ORDINARIO.CONFLICTO DE MARCAS. Examinado el signo denominativo del producto se aprecia que se da la semejanza. Hay similitud fonética y conceptual. No importa que la palabra pepe tenga los mismos caracteres que la palabra pardo; es la formula compuesta con los vocablos separados por el signo del cuadrado a modo de un guión y la reiteración de la palabra pepe la que crea el riego de...

  • STS 346/2010, 14 de Junio de 2010

    PATENTES. La sentencia recurrida declara probado con base en las pruebas practicadas que con la composición empleada se produce una interacción química y se logra el resultado de un producto estabilizado. Se han producido unos estudios y esfuerzos de actividad inventiva para lograr la estabilización de una forma de preparación farmacéutica, que con anterioridad no se podía comercializar. El hecho

  • STS, 7 de Julio de 2004

    MARCAS. DENEGACION DE INSCRIPCION. SEMEJANZA. VALORACION EN CADA CASO CONCRETO. Los conceptos de semejanza, similitud o relaci—n son indeterminados, y requieren en el juzgador una actividad dirigida a dar claridad al ‡mbito de incertidumbre del concepto. Se trata de una operaci—n que ha de ejecutar en cada caso concreto, pues dif’cilmente encontrar‡ precedentes que se ajusten al que tiene...

  • STS, 3 de Noviembre de 2004

    CONSECIÓN DE MARCA. INSCRIPCIÓN. En casación no es posible proceder a la revisión de las apreciaciones de hechos efectuadas en la instancia, fuera de los escasos supuestos de valoración tasada de la prueba o de arbitrariedad o error manifiesto.Se desestima el recurso contencioso administrativo. Se desestima la casación

  • STS, 15 de Septiembre de 2004

    PATENTES Y MARCAS. CASACIîN.La declaraci—n de consentimiento prestada por el titular de la marca, que cumple los requisitos formales y materiales exigidos en el art’culo 12.2 de la Ley de Marcas, determina la procedencia de su acceso al registro.El motivo debe prosperar pues, trat‡ndose de dos alegaciones clave en la demanda, la Sala de instancia no las tom— en consideraci—n, fuera para...

  • STS, 27 de Abril de 2004

    "MARCA. INEXISTENCIA DE SEMEJANZA. No existe razón para denegar al aspirante una marca que pude convivir en el Registro con la misma razón por la que conviven todas las actualmente inscritas y máxime si tenemos en cuenta que el término ""PEPE"", como sinónimo vulgar del nombre José, es un elemento común no apropiable por nadie en exclusiva. En primera instancia se estima contencioso...

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