Sentencias sobre Marca comunitaria

107 sentencias sobre Sentencias sobre Marca comunitaria

  • STSJ Comunidad de Madrid 373/2007, 22 de Febrero de 2007

    CONCESIîN DE MARCA. La finalidad de la marca, es la de distinguir en el mercado de los similares los productos de la industria, el comercio y el trabajo protegiendo por la inscripci—n en el Registro los resultados de la creatividad del inventor, frente a posibles imitaciones. El concepto de semejanza de la marca prioritaria en el Registro frente a solicitudes posteriores es por su naturaleza...

  • STSJ Comunidad de Madrid 951, 24 de Enero de 2006

    DENEGACIÓN DE MARCA. A pesar de la coincidencia en los signos enfrentados, el conjunto denominativo formado por las marcas en pugna permite diferenciarlas claramente. El término que integra la marca obstaculizante es genérico y, por tanto, no apropiable en exclusividad. No cabe que quien ha obtenido a su favor la inscripción de un vocablo genérico pretenda después cerrar el acceso a la...

  • STSJ Comunidad de Madrid , 17 de Noviembre de 2000

    MARCA. REGISTRO. PROHIBICIÓN. El artículo 12 prohibe que puedan registrarse como marcas los signos o medios que por su identidad o semejanza fonética, gráfica o conceptual con una marca anteriormente solicitada o registrada para designar productos idénticos o similares, puedan inducir a confusión en el mercado o generar un riesgo de asociación con la marca anterior. Se estima la demanda.

  • STSJ Comunidad de Madrid 313/2007, 13 de Marzo de 2007

    DENEGACIÓN DE MARCA. El otorgar eficacia a la caducidad sobrevenida de la marca obstaculizadora para franquear el acceso al registro de una marca inicialmente denegada implica otorgar a la marca aspirante una prioridad antijurídica y potencialmente dañosa del derecho de terceros. Hay una identidad en la palabra esencial de las marcas confrontadas y una clara relación en las áreas comerciales en...

  • STSJ Comunidad de Madrid 1338, 13 de Enero de 2006

    DENEGACIÓN DE INSCRIPCIÓN DE MARCA. Entre la marca solicitada y el nombre comercial opuesto existe identidad denominativa, lo que unido a que ambos distintivos van a desplegar sus efectos sobre productos y actividades muy relacionadas determina que se entienda que existe un riesgo de confusión para los consumidores entre los productos que comercializa una empresa y el nombre comercial de la otra...

  • STSJ Comunidad de Madrid 745/2006, 17 de Mayo de 2006

    "DENEGACIÓN DE REGISTRO DE MARCA. La Oficina Española de Patentes y Marcas denegó el registro de la marca ""IBIZA MIX 2001"" por prohibición absoluta del art. 11-1 -a y c entendiendo que MIX es palabra común en la industria discográfica, e Ibiza es sugerente del origen geográfico de la música reproducida, en tanto 2001 es una simple fecha. La oposición no se ha tenido en cuenta en la resolución...

  • STSJ Comunidad de Madrid 1089/2006, 25 de Julio de 2006

    "REGISTRO DE MARCA. Existen entre una y otra marca suficientes diferencias de conjunto como para garantizar su diferenciación. El Juicio de confusión debe recaer sobre la totalidad del gráfico que se propone como marca y no descomponiéndolo de forma arbitraria, pues el uso del distintivo se refiere a su totalidad y no a una parte del mismo. Es conforme a derecho la resolución de la Oficina...

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR