Sentencias sobre Grupos de empresas

642 sentencias sobre Sentencias sobre Grupos de empresas

  • STSJ Comunidad de Madrid 601/2012, 25 de Junio de 2012

    DESPIDO COLECTIVO. Cuando la empresa solicitante forme parte de un grupo de empresas, con obligación de formular cuentas consolidadas, deberán acompañarse las cuentas anuales e informe de gestión consolidados de la sociedad dominante del grupo debidamente auditadas, en el caso de empresas obligadas a realizar auditorías, durante el período señalado en el apartado 2, siempre que en el grupo...

  • STSJ Cataluña 6504/2010, 13 de Octubre de 2010

    CONTRATO DE TRABAJO. EXTINCIÓN. En supuestos como el presente se ha venido considerando al interpretar el artículo 1.2. del Estatuto de los Trabajadores que puede procederse al levantamiento del velo sobre las sociedades demandadas, por no ser dudosa en tales casos la necesidad de apartar el artificio creado para decidir según la realidad y penetrando en el substratum personal de las sociedades,...

  • STSJ Cataluña 5838/2014, 9 de Septiembre de 2014

    MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. Se entenderá que los poderes adjudicadores ostentan sobre un ente, organismo o entidad un control análogo al que tienen sobre sus propios servicios pudiendo conferirles encomiendas de gestión que sean de ejecución obligatoria para ellos de acuerdo con instrucciones fijadas unilateralmente por el en comendante y cuya retribución se fije por referencia a...

  • STSJ Asturias 2659/2017, 28 de Noviembre de 2017

    MODIFICACIÓN SUSTANCIAL CONDICIONES LABORALES. La causa productiva es por tanto la única comprendida en la presunción derivada del acuerdo, sin que pueda considerarse estructural pues aun cuando a la suspensión de contratos ahora impugnada le han precedido otras medidas similares de flexibilidad interna, e incluso más radicales, como las extinciones contractuales acordadas por el Juzgado de lo...

  • STSJ Canarias 367/2016, 9 de Mayo de 2016

    DESPIDO COLECTIVO. IMPUGNACIÓN. La mera existencia de un grupo de empresas sometido a dirección común, no es suficiente para que exista repercusiones en el ámbito laboral, es decir, la sola existencia de una posición empresarial unitaria dentro de un grupo de empresas, no determina la responsabilidad solidaria de todas ellas en orden al cumplimiento de las obligaciones laborales, pues las...

  • STSJ Asturias 1205/2014, 30 de Mayo de 2014

    EXTINCIÓN DEL CONTRATO TEMPORAL. Aunque se aceptara que el compromiso asumido en el Anexo IV del Convenio Colectivo, de convertir en indefinida la relación laboral de relevo, transcurridos cinco años, quedó derogado por el V Convenio, es claro que la norma legal vigente en el momento de suscripción del contrato del demandante obligaba a la recurrente a concertar un contrato indefinido, ya que la...

  • ATS, 18 de Septiembre de 2013

    GRUPOS DE EMPRESAS. RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. De lo expuesto se desprende que no concurre la necesaria contradicción entre las sentencias comparadas. En particular, la sentencia recurrida se basa en una serie de circunstancias que han determinado la condena solidaria, razonando sobre el hecho de que Utillajes Moldcam SL ha pasado a ocupar la misma posición que tenía Utillajes Uribesalgo SA pues,...

  • STSJ Extremadura 389/2014, 15 de Julio de 2014

    EXTINCIÓN CONTRATO TEMPORAL. la cosa juzgada material tiende a evitar la reiteración de pleitos sobre una misma cuestión en aras de la certeza y seguridad jurídica y por exigencias del orden social, así como que la reproducción de nuevos litigios se convierta en medio para subsanar errores y omisiones en el ejercicio de las acciones determinantes de sentencias desfavorables. Se estima la...

  • STS, 24 de Febrero de 2005

    RECURSO DE CASACIÓN. UNIFICACIÓN. DESPIDO. Se solicita se declare improcedente despido. La sentencia recurrida no funda la decisión de la responsabilidad laboral solidaria de la empresa recurrente con la empleadora de la demandante en la mera existencia de su grupo empresarial entre ambas, como alega la parte recurrente, sino en datos adicionales conducentes a aquella decisión, en cuanto...

  • STS, 24 de Abril de 2001

    DERECHO DE LIBERTAD SINDICAL. Estamos en el marco de un conjunto organizativo plural -varias personas jurídicas que ostentan posiciones empresariales independientes para su propio personal- con una dirección común y con un grado de complejidad significativo, pues comprende toda la Administración Autonómica del Principado más los siete organismos autónomos que se relacionan en el hecho ...

  • STS, 19 de Enero de 2007

    EXTINCIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO. La situación del excedente voluntario es la de quien en su propio interés se ha separado de la empresa y a quien nuestro derecho, por tal razón, no le reconoce el derecho a reingresar en la empresa cuando transcurra el período de excedencia sino tan solo la expectativa de poder ser readmitido y sólo en el supuesto de que la empresa en el momento de la solicitud...

  • STSJ Cantabria 857/2014, 1 de Diciembre de 2014

    DESPIDO. El empleador debe acreditar que tales causas explican objetiva, razonable y proporcionadamente por sí mismas su decisión, eliminando toda sospecha de que aquélla ocultó la lesión de un derecho fundamental del trabajador. La ausencia de prueba trasciende de este modo el ámbito puramente procesal y determina, que los indicios aportados por el demandante desplieguen toda su operatividad...

  • STSJ Asturias 10030/2013, 8 de Noviembre de 2013

    DESPIDO COLECTIVO. GRUPOS DE EMPRESAS. No existía por lo demás unidad de caja ni confusión patrimonial entre ambas sociedades como es de ver en los balances, cuentas de pérdidas y ganancias y el estado de cambios en el patrimonio neto de cada una de ellas durante los tres últimos ejercicios económicos, documentos que evidencian la ausencia de una centralización contable de los recursos de ambas...

  • STSJ Asturias 2136/2013, 15 de Noviembre de 2013

    CONTRATO DE TRABAJO. EXTINCIÓN POR VOLUNTAD DEL TRABAJADOR. GRUPOS DE EMPRESAS. Desde estas premisas expuestas resulta indudable que no cabe apreciar, un incumplimiento contractual de entidad suficiente como para declarar la extinción indemnizada del contrato con arreglo al artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, pues no cabe olvidar que se trata aquí de una situación límite en que la...

  • STSJ Cataluña 6505/2017, 27 de Octubre de 2017

    DESPIDO. No es suficiente que concurra el mero hecho de que dos o más empresas pertenezcan al mismo grupo empresarial para derivar de ello, sin más, una responsabilidad solidaria respecto de obligaciones contraídas por una de ellas con sus propios trabajadores, sino que es necesaria, además, la presencia de elementos adicionales, porque los componentes del grupo tienen en principio un ámbito de...

  • STSJ País Vasco 1601/2015, 15 de Septiembre de 2015

    DESPIDO COLECTIVO. Si bien no puede exigirse al empresario una exhaustiva descripción de los criterios de selección de los trabajadores a los que va a alcanzar el despido, sí se requiere que la comunicación primigenia proporcione a los representantes del personal un conocimiento claro, suficiente e inequívoco de aquellos, de forma que durante el período de consultas puedan proponer su corrección,

  • STSJ Asturias 12048/2013, 20 de Noviembre de 2013

    DERECHOS Y DEBERES DE LOS TRABAJADORES. DESPIDO COLECTIVO. CAUSAS ECONÓMICAS. Se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas. Se desestima la demanda de impugnación.

  • STSJ Castilla y León 290/2013, 21 de Junio de 2013

    DESPIDO COLECTIVO POR CAUSAS ECONÓMICAS. GRUPO DE EMPRESAS. La mera presencia de administradores o accionistas comunes o de una dirección comercial común, o de sociedades participadas entre sí, no es bastante para el reconocimiento del grupo de empresas a efectos laborales. La voluntad inicial de cierre, no conlleva aparejado la ausencia de voluntad negociadora sobre las indemnizaciones. Se...

  • STS, 4 de Julio de 2005

    UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. GRUPO DE EMPRESAS.FALTA DE CONTRADICCIÓN. Como es de ver de las dos exposiciones más arriba realizadas, la declaración de responsabilidad, en el supuesto de la sentencia recurrida, se basa en la declaración de unidad de empresa, consecuencia de la total imbricación de unas sociedades en otras, tema que no fue abordado en la sentencia de contraste, cuya decisión...

  • STSJ Cataluña 2035/2014, 17 de Marzo de 2014
  • STSJ Cataluña 8532/2014, 29 de Diciembre de 2014

    DESPIDO. Es evidente que habrá de estarse a la situación patrimonial global y conjunta de todas las sociedades que conforman el entramado empresarial, a la hora de determinar la posible existencia de una situación económica negativa que justifique la extinción del contrato de trabajo por causas objetivas, puesto que el real y verdadero empleador del trabajador no sería la sociedad a cuya...

  • STSJ Galicia 4123/2014, 29 de Julio de 2014

    CONTRATO DE TRABAJO. EXTINCIÓN POR CAUSAS OBJETIVAS. PROCEDENCIA. CAUSA ECONÓMICA. El concepto de grupo laboral de empresas y, especialmente, la determinación de la extensión de la responsabilidad de las empresas del grupo depende de cada una de las situaciones concretas que se deriven de la prueba que en cada caso se haya puesto de manifiesto y valorado, sin que se pueda llevar a cabo una...

  • STSJ Comunidad de Madrid 975/2014, 17 de Noviembre de 2014

    DESPIDO. El concepto de grupo laboral de empresas y, especialmente, la determinación de la extensión de la responsabilidad de las empresas del grupo depende de cada una de las situaciones concretas que se deriven de la prueba que en cada caso se haya puesto de manifiesto y valorado, sin que se pueda llevar a cabo una relación numérica de requisitos cerrados para que pueda entenderse que existe...

  • STSJ Cataluña 5571/2014, 24 de Julio de 2014

    CONTRATO DE TRABAJO. RECLAMACIÓN DE DERECHOS. El derecho de igualdad hay que entenderlo como un criterio que permite medir el grado de desigualdad jurídicamente admisible, o dicho con otra palabras, es el instrumento que nos permite determinar de forma razonable, y no arbitrariamente, que grado de desigualdad jurídica es tolerable en el trato dispensado a dos o más sujetos. Se estima la...

  • STSJ Cataluña 5361/2014, 17 de Julio de 2014

    CONTRATO DE TRABAJO. EXTINCIÓN. No habiendo quedado evidenciada la confusión de plantillas y de patrimonios sociales, con proyección externa, no estimamos que nos encontremos ante un grupo empresarial a los efectos postulados en el recurso, lo que comporta la desestimación de la infracción jurídica denunciada, y, con ello, del recurso interpuesto. Se desestima la suplicación.

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