Comodatarios
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STS 383/2004, 17 de Mayo de 2004
COMODATO. DESTRUCCIÓN DE LA COSA PRESTADA. Aunque sobre el mismo hecho se hayan seguido juicios en la jurisdicción penal y social, no empece a que se pueda ejercitar la acción civil indemnizatoria contra los que se entienda responsables civiles del siniestro. La instancia establece la responsabilidad del demandado en la causación del accidente con base en las pruebas obrantes en autos, por lo que