Sentencias sobre Personal estatutario

900 sentencias sobre Sentencias sobre Personal estatutario

  • STS, 4 de Mayo de 2005

    RECLAMACIÓN DE DERECHOS. RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS. Trabajador solicita reconocimiento de servicios prestados como celador. Durante el tiempo anterior a la fecha en que se haya obtenido tal nombramiento no son computables aquellos servicios a efectos de trienios, lo que obsta a que pueda devengarse el derecho económico posteriormente reconocido, aunque ese tiempo anterior al nombramiento como...

  • STS, 20 de Mayo de 2005

    PAGO DE CUOTAS COLEGIALES. La Administración estatal será responsable del pago de los atrasos o cualesquiera indemnizaciones a que tuviera derecho el personal por razón de su situación con anterioridad al traslado. Debe concluirse, en consecuencia, que la condena al pago del importe de las cuotas colegiales que se reclaman en la demanda debe imponerse al Insalud, y no al SESPA. En primera...

  • STS, 6 de Julio de 2005

    TRANSFERENCIAS DE COMPETENCIAS EN MATERIA DE SANIDAD. PAGO DE CUOTAS COLEGIALES ANTERIORES A LA MISMA. Corresponde a la Administración estatal, la responsabilidad del abono de los atrasos o cualesquiera indemnizaciones por causa de su situación anterior al traslado, que correspondieran al personal sanitario que pertenecía al Insalud y que luego, fue transferido a la Comunidad Autónoma del...

  • STS, 5 de Junio de 2003

    JORNADA DE TRABAJO. No es lo mismo realizar una jornada normal de 40 horas correspondiente a un servicio ordinario de plantilla más las eventuales remuneradas por el concepto de atención continuada que la jornada de un médico de refuerzo cuyo tiempo de trabajo se extiende a períodos específicos ininterrumpidos limitados exclusivamente al tiempo y actividad normalmente dedicadas a urgencias. Se...

  • STS, 18 de Junio de 2007

    PERSONAL ESTATUTARIO DE SERVICIO DE SALUD. JORNADA LABORAL. REDUCCIîN. DêAS DE LIBRE DISPOSICIîN. La actora, auxiliar de enfermer’a al servicio del S.A.S., reclama el complemento de atenci—n continuada tipo C al haber tenido un exceso de jornada de 42 horas al a–o. La sentencia del Tribunal Supremo de 18 de noviembre de 2002... conlleva con efectos desde 1 de enero de 2001 una reducci—n autom‡tica

  • STS, 18 de Diciembre de 2006

    Personal estatutario. Vigente el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, la competencia para conocer de las controversias que surjan corresponde al Orden Contencioso-Administrativo. Reitera Sala General (2) 16-12-2005 (RR. 39/2004 y 199/04) y 21-12-2005 (R. 164/05), seguidas ya, entre otras, por las de 21-2, 16-3, 11-4 y 20-9-2006 (RR. 4756/04, 4811/04, 102/05 y 3844/05

  • STS, 3 de Julio de 2007

    CONFLICTOS DE COMPETENCIA. PERSONAL ESTATUTARIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL. La competencia que establecía el art. 45 de la Ley General de la Seguridad Social de 1974, lo era para los litigios entre las Entidades Gestoras y, en su caso, Servicios de la Seguridad Social y el personal a su servicio, personal regido por lo previsto en los Estatutos de Personal aprobados por el Ministerio de Trabajo o,...

  • STS, 21 de Julio de 2006

    PERSONAL ESTATUTARIO. COMPETENCIA. La competencia que establecía el art. 45 de la Ley General de la Seguridad Social de 1974, lo era para los litigios entre las Entidades Gestoras y, Servicios de la Seguridad Social y el personal a su servicio, personal regido por lo previsto en los Estatutos de Personal aprobados por el Ministerio de Trabajo o, por el Estatuto general aprobado por el propio...

  • STS, 12 de Diciembre de 2006

    PERSONAL ESTATUTARIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL. CUOTAS COLEGIALES. COMPETENCIA JURISDICCIONAL. Los actores reclaman el reintegro de las cuotas colegiales que deben satisfacer por su colegiación obligatoria. El art. 45 de la Ley General de la Seguridad Social quedó derogado por la Disposición derogatoria de la Ley 55/2003, por contradecir lo en ella dispuesto y, en consecuencia desde la entrada en...

  • STS, 2 de Diciembre de 2005

    "JORNADA LABORAL. INDEMNIZACION. Se estima la demanda interpuesta condenando al Instituto Madrileño de Salud por atraso en el pago de las diferencias retributivas, y se absuelve al Instituto Nacional de la Salud. La parte actora interpone casación. Según define el art. 2 de la Directiva 93/104 de la CEE, - traspuesta a nuestro derecho interno en su práctica literalidad por el art. 43 de la Ley 55/

  • STS, 21 de Diciembre de 2006

    CUOTAS COLEGIALES. INCOMPETENCIA DE JURISDICCIÓN. El precepto de referencia quedó derogado por la Disposición derogatoria, por contradecir lo en ella dispuesto y, en consecuencia desde la entrada en vigor de esa norma son competentes para el conocimiento de estos litigios los Juzgados y Tribunales de Orden Contencioso Administrativo. En primera instancia se estima la demanda. Se estima lacasación.

  • STS, 28 de Noviembre de 2007

    PERSONAL ESTATUTARIO TRANSFERIDO A COMUNIDADES AUTÓNOMAS. CUOTAS DE COLEGIACIÓN. RESPONSABLE DEL PAGO. Se reclama el abono de cuotas de colegiación. Del solo dato de la realidad de las transferencias no se podía deducir que se le hubiera traspasado la obligación del pago de las cuotas colegiales a las que antes se condenó al Insalud, porque aquella condena obedecía a un acto concreto de dicha...

  • STS, 11 de Junio de 2007

    PERSONAL ESTATUTARIO NO SANITARIO. COMPETENCIA. Se solicita retribuciòn en el puesto de trabajo e indemnizaciòn por daños fìsicos y morales. Habièndose presentando la demanda estando vigente el Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, aprobado por Ley 55/2003, la competencia para conocer en el litigio corresponde a los òrganos jurisdiccionales del orden contencioso...

  • STS, 18 de Diciembre de 2006

    Demanda de facultativo SAMU, como personal estatuario. Incompetencia de jurisdicción.

  • STS, 19 de Diciembre de 2006

    "PERSONAL ESTATUTARIO. ESTATUTO. PERSONAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD. Se reclama contra sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el recurso de suplicación interpuesto por el aquí recurrente frente a la sentencia dictada en autos por el Juzgado de lo Social de Oviedo seguidos a instancia contra el Servicio de Salud del Principado de Asturias...

  • STS, 21 de Diciembre de 2006

    INCOMPETENCIA. PERSONAL ESTATUTARIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL.Se reclama contra la sentencia que desestimó el recurso y confirmó la sentencia que condenó a los demandados a abonar el importe de las cuotas colegiales que había satisfecho por su cuenta.La competencia que establecía el art.45 de la Ley General de la Seguridad Social 1974, lo era para los litigios entre las Entidades Gestoras y...

  • STS, 27 de Diciembre de 2006

    Personal estatutario. A partir de la entrada en vigor del Estatuto Marco aprobado por Ley 55/2003, corresponde a los Tribunales del orden contencioso administrativo la competencia para conocer de los litigios de este personal con su empleadora .

  • STS, 14 de Junio de 2004

    CONFLICTO COLECTIVO. La solución adoptada en la sentencia recurrida, que se comparte en el presente recurso, no supone la creación de normas en sede jurisdiccional, sino la normal interpretación del Acuerdo de 28 de octubre de 1.999, suscrito al amparo de lo establecido en el artículo 35 de la Ley 9/1987, de 12 de junio, reguladora de los órganos de representación, determinación de las...

  • STS, 6 de Febrero de 2006

    PERSONAL SANITARIO. CUOTAS COLEGIALES. RESPONSABLE DEL PAGO. El actor reclama el reintegro de las cuotas colegiales obligatorias satisfechas por el mismo durante el período en que prestó servicios en régimen de exclusividad para el INSALUD. La Administración estatal será responsable del pago de los atrasos o cualesquiera indemnizaciones a que tuviera derecho el personal por razón de su situación

  • STS, 28 de Marzo de 2006

    RECLAMACIONES SALARIALES. El nombramiento en propiedad o de plantilla es condición para el reconocimiento del derecho a los trienios como retribución básica por antigüedad, con independencia de que en el tiempo computable se incluyan los servicios prestados sin ese nombramiento. Se estima la demanda. Se estima la apelación.

  • STS, 25 de Julio de 2006

    RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD. Se reclama complemento de antigüedad. El nombramiento en propiedad o de plantilla es, por tanto, condición para el reconocimiento del derecho a los trienios como retribución básica por antigüedad, con independencia de que en el tiempo computable se incluyan los servicios prestados sin ese nombramiento de acuerdo con lo previsto en la ...

  • STS, 18 de Septiembre de 2006

    UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. PERSONAL ESTATUTARIO. COMPETENCIA. La competencia para el conocimiento de la controversia origen del presente recurso venía legalmente atribuída al orden contencioso administrativo. Procede, pues, la estimación del presente recurso, conforme también sostiene el Ministerio Fiscal en su preceptivo informe. Ello comporta el deber de resolver conforme a la ortodoxia...

  • STS, 12 de Diciembre de 2006

    UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. CUOTA COLEGIAL. Al haberse establecido que quedan derogadas, o se considerarán, en su caso, inaplicables al personal estatutario de los Servicios de Salud, cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan o contradigan a lo dispuesto en esta ley, obviamente, hay que considerar derogado el artículo 45.2 que servía de sustento, aunque con cierta duda doctrinal,

  • STS, 14 de Marzo de 2006

    PERSONAL ESTATUTARIO DE SERVICIO DE SALUD. ANTIGÜEDAD RECONOCIDA. EFECTOS. La actora reclama el reconocimiento de servicios previos en situación de interinidad a efectos del abono de trienios. Interpretando los términos del art. 1 del Real Decreto 1181/1989 El nombramiento en propiedad o de plantilla es condición para el reconocimiento del derecho a los trienios como retribución básica por...

  • STS, 17 de Julio de 2006

    "DERECHO A LOS TRIENIOS. El art. 1 del RD 1181/1989 reconoce los complementos de antiguedad derivados del cómputo de tiempo de servicios establecido en el mismo a quienes tengan nombramiento en propiedad o nombramiento en plantilla; el nombramiento en propiedad o nombramiento en plantilla es, por tanto, condición para el reconocimiento del derecho a los trienios, conclusión que se alcanzaría...

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