STSJ Canarias , 22 de Octubre de 2003
Ponente | PEDRO MANUEL HERNANDEZ CORDOBES |
ECLI | ES:TSJICAN:2003:2940 |
Número de Recurso | 17/2003 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 22 de Octubre de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Rollo de apelación: 17/2003 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS Sala de lo Contencioso Administrativo Santa Cruz de Tenerife S E N T E N C I A Nº 205 Rollo de Apelación nº: 17/2003 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº3: 266/2001 Iltmos. Sres:
Presidente D. Ángel Acevedo y Campos Magistrados D. Helmuth Moya Meyer D. Pedro Hernández Cordobés
En Santa Cruz de Tenerife, a veintidós de octubre de dos mil tres.- Visto, en nombre del Rey, ante esta Sala de lo contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife, el recurso apelación número 17/2003, interpuesto por Dª Milagros , contra la sentencia dictada el 14 de noviembre de 2002, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número , de los de Santa Cruz de Tenerife, en su recurso número tres, seguido a su instancia, contra la resolución del Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, ordenando «suspensión y precinto de obras»; impugna el recurso la Comunidad Autónoma de Canarias, y;
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, dictó sentencia el cuyo fallo es del siguiente tenor literal: «Que debo desestimar y desestimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Dª Milagros contra la CONSEJERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DE CANARIAS declarando la conformidad a derecho del acto recurrido, sin que proceda hacer especial imposición de las costas procesales causadas».
Contra la citada resolución se dedujo por la parte anteriormente referida, en tiempo y forma, recurso de apelación sustentado en las alegaciones y fundamentos que resultan del escrito unido al rollo de su razón.
Admitido a trámite, se concedió traslado a las demás partes personadas para, en su caso, su impugnación o adhesión.
Recibidas las actuaciones en esta Sala, se dispuso formar el correspondiente rollo de apelación, designar magistrado ponente y señalar día para votación y fallo, fecha en que tuvo lugar esta actuación procesal según lo previsto.
Siendo ponente el Iltmo. Magistrado don Pedro Hernández Cordobés.
El objeto del recurso era la resolución del Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de 19 de diciembre de 2000, que ordenó la suspensión y precinto de las obras que se ejecutaban por cuenta de la parte recurrente en el lugar denominado "Las Playas", término municipal de Valverde, El Hierro.
La sentencia objeto del recurso de apelación, apreció que las obras se ejecutaban, como refería la resolución administrativa recurrida, sin licencia y sin calificación territorial, estableciendo que la licencia y calificación con que contaba la parte, no amparaban el lugar donde se desarrollaban las que eran objeto del expediente administrativo.
Argumenta la parte apelante que la sentencia incurre en vicio de incongruencia al no haber resuelto dos cuestiones planteadas: la vinculación de toda parcela a la edificación en suelo rústico y la indeterminación del límite del espacio natural protegido.
No cabe considerar que la sentencia dictada en la primera instancia, que desestimó el recurso y demanda deducidos, deba reputarse...
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