SAP Madrid, 20 de Marzo de 2001

PonenteJOSE LUIS ZARCO OLIVO
ECLIES:APM:2001:4094
Número de Recurso405/1998
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

SENTENCIA

En Madrid, a veinte de Marzo de dos mil uno.

La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 3, de Alcobendas, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelado ZURICH CÍA. DE SEGUROS y D. Mauricio , representado por el Procurador Sr. Olivares de Santiago y asistido del Letrado Sr. Carrera Martín, y de otra, como demandado-apelante COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE PASEO DIRECCION000 Nº NUM000 EN ALCOBENDAS (MADRID), representado por el Procurador Sra. De la Corte Macías y asistido del Letrado Sra. Cordón Torres, seguidos por el trámite de Menor Cuantía.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. José Luis Zarco Olivo

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 3, de Alcobendas, en fecha 5 de marzo de 1998, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales D. Vicente Largo López en representación de Compañía Zurich Seguros y de D. Mauricio debo condenar y condeno a la Comunidad de Propietarios de la calle paseo DIRECCION000 , nº NUM000 de Propietarios de la calle Paseo DIRECCION000 , nº NUM000 de Alcobendas, a abonar a la Compañía Zurich Seguros la cantidad de dos millones seiscientas diez mil ciento veinte pesetas (/2.610.120/pts) y a D. Mauricio la suma de ochocientas mil pesetas (/800.000/pts.) en ambos casos con sus intereses legales, desde la fecha de interposición de la demanda debiendo abonar cada parte las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.".

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron expresadas partes, substanciándose el recurso por sus trámites legales, no habiéndose acordado el recibimiento del pleito a prueba en esta alzada.

TERCERO

La VISTA PUBLICA celebrada el día 14 de marzo de 2001, tuvo lugar con la asistencia de los letrados de las partes expresadas que informaron cuanto creyeron conveniente en apoyo de sus respectivas pretensiones.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se admiten los contenidos en la resolución impugnada en cuanto no se opongan a los que siguen.

SEGUNDO

Por la Procuradora Dª. Pilar García Mas, en nombre y representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE PASEO DIRECCION000 Nº NUM000 , se interpuso recurso de apelación contra la sentencia dictada en fecha 5 de marzo de 1.998 por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de los de Alcobendas, que estimó parcialmente la demanda presentada por la representación procesal de ZURICH SEGUROS y de D. Mauricio contra aquella, en la que solicitaba que se condenase a la demandada a pagar a la compañía aseguradora demandante la cantidad de 3.316.020 Ptas. y al otro actor la de 1.080.000 Ptas., mas los intereses legales correspondientes, basando su pretensión en los daños causados en la vivienda del demandante en fecha 3 de septiembre de 1.994 como consecuencia de las fugas de agua producidas en la arqueta general receptora del desagüe de la Comunidad, así como también de diferentes roturas de la...

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