STSJ Cataluña , 14 de Octubre de 2002

PonenteEDUARDO BARRACHINA JUAN
ECLIES:TSJCAT:2002:11374
Número de Recurso2502/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION CUARTA Recurso nº 2502/97 Partes: AYUNTAMIENTO DE CAMBRILS C/ DEPARTAMENT DE POLÍTICA TERRITORIAL I OBRES PÚBLICAS (JUNTA D'AIGÜES DE CATALUNYA)

Codemandado: D. Luis Pedro S E N T E N C I A Nº 818 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. EDUARDO BARRACHINA JUAN MAGISTRADOS D. FRANCISCO JOSE SOSPEDRA NAVAS D. EDUARDO HINOJOSA MARTÍNEZ En la ciudad de Barcelona, a catorce de octubre de dos mil dos. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION CUARTA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº

2502/97, interpuesto por el Ayuntamiento de Cambrils, representado por el Procurador D. Arturo Cot Montserrat y asistido por Letrado, contra el Departament de Política Territorial i Obres Públiques (Junta d'Aigües de Catalunya) representado y asistido por el Letrado de la Generalitat. Ha sido parte codemandada D. Luis Pedro , representado y asistido por el letrado D. Francisco Sánchez Alvárez. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D.EDUARDO BARRACHINA JUAN, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Procurador citado, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la Resolución de 6-10-97 que autorizó las obras de instalación de desguace de vehículos en la zona de policía de la Riera de Riudoms.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por auto de 8 de abril de 1999, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, practicándose las que se propusieron y consideraron de aplicación. Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron y, finalmente se señaló día y hora para votación y fallo que tuvo lugar el 7 de octubre del año en curso .

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto de este proceso consiste en determinar la legalidad de la resolución administrativa objeto de impugnación, que procedente de la Junta de Aguas de la Generalitat de Catalunya, de 6 de octubre de 1.997, autorizó las obras de instalación de desguace de vehículos en la zona de policía de la Riera de Riudoms, en el término municipal del Ayuntamiento de Vinyols i el Arcs.

La demandante, Ayuntamiento de Cambrils, alega básicamente, la falta de competencia del Director de la Junta de Aguas, falta del trámite de información pública, existencia de obras con...

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