STSJ Andalucía , 8 de Mayo de 2001

PonenteANTONIO LOPEZ DELGADO
ECLIES:TSJAND:2001:6377
Número de Recurso1319/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Social

J.V. SENT. NUM. 1.399/2.001 ILTMO. SR. D.ANTONIO ANGULO MARTIN PRESIDENTE ILTMO. SR. D. ANTONIO LOPEZ DELGADO ILTMO. SR. D. EMILIO LEON SOLA ILTMO. SR. D. JOSE MARIA CAPILLA RUIZ COELLO MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a ocho de Mayo de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 1.319/2.000, interpuesto por DON Alfredo contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de los de Almería en fecha 21 de Julio de 1.997, en autos núm.

345/97, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO LOPEZ DELGADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por DON Alfredo sobre CONTRATO DE TRABAJO y RECLAMACIÓN DE CANTIDAD contra el MINISTERIO DE JUSTICIA y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó Sentencia el 21 de Julio de 1.997, por la que al estimar la excepción de falta de jurisdicción, formulada por la demanda, absuelve a ésta de las pretensiones formuladas contra la misma.

Segundo

En la Sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - El actor D. Alfredo , se encuentra interno, cumpliendo condena en el centro penitenciario "El Acebuche" de Almería.

  2. - Desde el día 12 de Diciembre de 1.991 a 14 de Julio de 1.992 ha tenido asignado su trabajo en cocina general y durante el periodo de 10 de agosto de 1.993 hasta el 23 de marzo de 1.995 "estuvo realizando tareas en (alimentación en cocina general), prestando servicios como cocinero en la freidora, máquina de patatas y ayudante de cabo y alimentación como encargado de almacen, descargando los camiones que "ayin" venían y repartir leche, zumos y dietas después de terminar las tareas de los camiones.

  1. - La actividad a la que fue destinado el actor forma parte de la acción formativa y reeducadora, mediante la cual el interno obtiene beneficios penitenciarios extraordinarios en forma de redención de penas día por día, para incentivarlo y es un factor determinante de la selección para recibir cursos de formación profesional del INEM o del Organismo autónomo Trabajos y prestaciones penitenciarias.

  2. - El actor percibió la cantidad de 3.500, no como salarios, sino como estímulo a instancia del Equipo de Tratamiento, y con cargo al Fondo de Reclusos, que se nutre de los beneficios del Economato.

  3. - Que presentó escrito de reclamación previa, que le fue desestimado por silencio administrativo.

  4. - El actor reclama por el concepto de horas trabajadas...

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