Tercer Acta de corrección de errores del Tratado de Lisboa por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, hecho en Lisboa el 13 de diciembre de 2007.

MarginalBOE-A-2010-2524
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado

TERCER ACTA DE CORRECCIÓN DE ERRORES DEL TRATADO DE LISBOA POR EL QUE SE MODIFICAN EL TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA Y EL TRATADO CONSTITUTIVO DE LA COMUNIDAD EUROPEA, FIRMADO EN LISBOA EL 13 DE

DICIEMBRE DE 2007 Considerando que se han detectado errores en el texto original de las 23 versiones lingüísticas del Tratado de Lisboa por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, firmado en Lisboa el 13 de diciembre de 2007, y del que es depositario el Gobierno de la República Italiana;

Considerando que dichos errores han sido comunicados a los Estados signatarios del Tratado mediante carta de 13 de noviembre de 2009 del Jurisconsulto del Consejo de la Unión Europea a los Representantes Permanentes de los Estados miembros;

Considerando que los Estados signatarios no han formulado objeciones en contra de las correcciones propuestas en dicha carta antes de la expiración del plazo que en ella se indica;

Se ha procedido en el día de hoy, en el Ministerio de Asuntos Exteriores de la República Italiana, a la corrección de estos errores en el sentido indicado en el anexo.

En fe de lo cual ha sido redactada esta Tercer Acta, cuya copia será transmitida a los Gobiernos de los Estados signatarios de dicho Tratado.

Hecho en Roma, el veintisiete de noviembre de 2009.

ANEXO

ACTA DE CORRECCIÓN DE ERRORES del Tratado de Lisboa por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, firmado en Lisboa el 13 de diciembre de 2007 (CIG 14/07 y CIG 15/07 de 3 de diciembre de 2007) (Diario Oficial de la Unión Europea C 306 de 17 de diciembre de 2007) 1. Modificaciones del Tratado de la Unión Europea y del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. a) Artículo 1, punto 51. (CIG 14/07 de 3.12.2007, página TL/es 49). (DO C 306 de 17.12.2007, página 38).

La frase siguiente se inserta antes de la última frase: «Se derogan los artículos 34, 35, 37, 38 y 39.». b) Artículo 2, punto 49), letra d). (CIG 14/07 de 3.12.2007, página TL/es 73). (DO C 306 de 17.12.2007, página 55).

Donde dice: «d) En la frase introductoria del apartado 3, que pasa a ser 4, se suprimen las palabras "El Consejo, por mayoría cualificada y" y se añade "se" antes de "podrá sustituir".»,

Debe decir: «d) En la frase introductoria del apartado 3, que pasa a ser 4, la referencia al "apartado precedente" debe entenderse como una referencia al nuevo apartado 2, se suprimen las palabras "El Consejo, por...

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