SAP Madrid 2/2007, 10 de Enero de 2007

PonenteJOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO
ECLIES:APM:2007:627
Número de Recurso344/2006
Número de Resolución2/2007
Fecha de Resolución10 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

Cel

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

MADRID

Rollo: APELACIÓN PROCTO. ABREVIADO 344 /2006

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 329 /2006

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 8 de MADRID

S E N T E N C I A Nº 2/07

ILMAS/OS. SRAS/ES.

PRESIDENTA DÑA. Mª DEL CARMEN COMPAIRED PLO

MAGISTRADO D. JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO

MAGISTRADO D. RAFAEL ESPEJO SAAVEDRA SANTAEUGENIA

En MADRID, a diez de Enero de dos mil seis.

VISTO, por esta Sección Segunda de esta Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. ANDRES LUIS RODRIGUEZ VELASCO, en representación de Romeo, contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 8 de Madrid; habiendo sido parte en él el mencionado recurrente y el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, actuando como ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. JOSE LUIS SANCHEZ TRUJILLANO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juicio Oral de referencia se dictó Sentencia con fecha 26 de Julio de 2006, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: ›FALLO: Que debo CONDENAR Y CONDENO a Romeo -ya circunstanciado- como autor penalmente responsable, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, de un delito CONTRA LA SALUD PÚBLICA -ya definido- a la pena de UN AÑO DE PRISIÓN, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y MULTA DE VEINTE EUROS, con un día de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago; y al pago de las costas del juicio; decretándose el comiso de la sustancia y de los veinte euros intervenidos a los que se dará el destino legalmente previsto; con sustitución de la pena privativa de libertad por la expulsión y prohibición de regreso al territorio español por tiempo de diez años‹

Y como Hechos Probados expresamente se recogen los de la sentencia apelada: › Sobre las 18,30 horas del 30 de junio de 2006, en el Parque del Retiro de Madrid, Romeo (mayor de edad, con ordinal de informática NUM000 y sin antecedentes penales) contactó con Maribel, de la que recibió un billete de 20 euros, entregándole a cambio un trozo de hachís con un peso de 3,46 gramos, interviniendo una patrulla policial que ocupó al acusado el dinero e intervino el hachís que la compradora había arrojado al suelo.

El acusado se encuentra en situación irregular en España›.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal del hoy recurrente, se interpuso recurso de apelación que formalizó exponiendo las alegaciones que constan en su escrito, el cual se halla unido a las actuaciones.

TERCERO

Dado traslado del escrito de formalización del recurso al Ministerio Fiscal, se presentó escrito de impugnación en base a la sentencia objeto de recurso plenamente ajustada a derecho solicitando su confirmación.

CUARTO

Por el Juzgado de lo penal más arriba referido se remitieron a este Tribunal los Autos originales con todos los escritos presentados y, recibidos que fueron, se señaló día para deliberación, la que tuvo lugar el día 10 de Enero de 2007.

Se aceptan y se dan por reproducidos los hechos que en la sentencia recurrida se declaran probados.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Recurre el Procurador Sr. Rodríguez Velasco, en la representación procesal que ostenta de Romeo, contra la sentencia de 26 de Julio de 2006, dictada por el Juzgado de lo Penal nº 8 de los de esta Villa de Madrid en la causa registrada en el mismo, como Procedimiento Abreviado, con el nº 329/2006 -sustanciada por los...

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