Trabajo, familia y previsión social en el primer franquismo: el plus de cargas familiares

AutorGuillermo García González
Páginas206-241
IUSLabor 3/2021
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TRABAJO, FAMILIA Y PREVISIÓN SOCIAL EN EL PRIMER
FRANQUISMO: EL PLUS DE CARGAS FAMILIARES
Dr. Guillermo García González
Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Universidad Internacional de La Rioja
Abstract
El presente artículo analiza desde una perspectiva histórico-jurídica la etiología y
dinámica del plus de cargas familiares o plus familiar, herramienta de previsión social
vigente en el primer franquismo, y que constituye un ejemplo paradigmático de la
instrumentalización de las instituciones de seguridad social al servicio de fines políticos
y de una concreta ideología. El estudio examina las dos décadas de vigencia del plus
familiar, haciendo especial énfasis en sus fundamentos ideológicos y en su
controvertida naturaleza jurídica.
This article analyses from a historical-legal perspective the etiology and dynamics of
the family responsibilities bonus (also known as family bonus) in force during the first
Francoism. It constitutes a prime example of the instrumentalization of the Social
Security institutions acting at the service of political ends and of a specific ideology.
This r esearch examines two decades in which this family bonus was in force,
emphasizing on its ideological foundations and its controversial legal na ture.
Title: Employment, family and social welfare during the first Francoism: family
responsibilities bonus
Palabras clave: familia, franquismo, plus familiar, previsión social, seguridad social
Keywords: family, Francoism, family bonus, social welfare, social security
IUSLabor 3/2021, ISSN 1699-2938, p. 206-241
DOI. 10.31009/IUSLabor.2021.i03.08
Fecha envío: 24.9.2021 | Fecha aceptación: 7.10.2021
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Sumario
1. Introducción
2. Fundamentos ideológicos de la protección de la familia en el primer
franquismo
3. La institucionalización de la protección familiar en el primer franquismo:
alcance y dinámica del plus familiar
3.1. Antecedentes, origen y desarrollo del plus familiar
3.2. Financiación y administración del plus familiar
3.3. Ámbito de aplicación
3.4. Beneficiarios
3.5. Reparto del plus: el sistema de puntos
4. La compleja naturaleza jurídica del plus familiar
5. A modo de epílogo: cenit y ocaso del plus familiar
6. Bibliografía
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1. Introducción
Como cualquier rama del ordenamiento jurídico, el derecho de la seguridad social en su
conformación actual es el fruto de un largo y costoso proceso de sedimentación
normativo e institucional. A principios del siglo XX, la incipiente legislación social
española comienza a dar los primeros pasos hacía la institucionalización de la previsión
social, entendida como un conjunto asistemático de diversos seguros sociales
independientes entre sí1. A partir de entonces, y a través de la técnica de los seguros
sociales, se fue conformando un disperso sistema protector de las distintas
contingencias a las que se veía sometida la clase obrera.
Entre las situaciones merecedoras de tutela, pronto se visibilizó la conveniencia de
proteger al obrero frente a las cargas familiares derivadas de su situación personal. Ante
la insuficiencia del derecho civil para hacer frente a las necesidades familiares -a través
del socorro mutuo entre cónyuges y el derecho a alimentos entre parientes,
principalmente- el intervencionismo estatal se ve obligado a ampliar los ámbitos de
solidaridad más allá de los estrictamente familiares, pasando la familia de ser una
cuestión que solo afecta a un individuo a ser objeto de compromiso por parte de la
sociedad. Se inicia así un tránsito que desplaza a la familia de lo individual a lo social, y
se insertan los deberes familiares -esencialmente del cabeza de familia, varón y obrero-
en el ámbito protector de la previsión social2.
1 ALONSO OLEA, Manuel, Instituciones de Segurida d Social, Madrid, Civitas, 1983, 9ª ed., p. 22. La
doctrina mayoritaria sitúa el inicio de los seguros sociales en España en la Ley de Accidentes del Trabajo
de 30 de enero de 1900 (Gaceta de Madrid, 31 de enero). Desde ese momento y hasta 1919, el incipiente
desarrollo de la seguridad social en nuestro país se articula en torno a los seguros sociales voluntarios. Es
a partir de 1919 cuando comienza una nueva fase en el desarrollo histórico de la seguridad social en
nuestro país: los seguros sociales obligatorios. Vid. COMÍN y COMÍN, Francisco, “Las fases históricas de la
Seguridad Social en la España del siglo XX”, en TORTUERO PLAZA, José Luís (Director), Cien años de
Protección Social en Espa ña, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Madrid, 2007, p. 652 y ss. Cfr.
ALONSO OLEA, M anuel, “La Seguridad Social: presente, pasado y futuro”, en GONZALO GONZÁLEZ,
Bernardo y NOGUEIRA GUSTAVINO, Magdalena (Direc tores), Cien Años de Seguridad Social, UNED y
Fraternidad Muprespa, Madrid, 2000, p . 177. El autor emplea la misma periodificación, denominado a la
primera etapa (1900-1919) episodios iniciales, y, a la segunda, con comienzo en 1919, ampliación de
riesgos cubiertos. Desde otra perspectiva, se ha conside rado al Real Decreto de 29 de julio de 1917, por el
que se convoca la Co nferencia de Seguros Sociales a celebrar en Madrid entre el 24 y el 31 de octubre de
1917 (Gaceta de Madrid , 31 de julio), como el inicio de la etapa de previsión social en Españ a; y ello, sin
perjuicio de que la implantación de los seguros sociales en nuestro país sea el “resultado natura l de la
evolución de u na política previa de fomento del asegur amiento facultativo o voluntario fren te a r iesgos
profesionales y comunes, en funcionamiento ya desde el comienzo mismo del siglo XX”. MARTÍNEZ
GIRÓN, Jesús, “La etapa d e previsión social en España”, Anuario da F acultade de Der eito da
Universidade da Coruña, nº 5, 2001, p. 431.
2 ALMANSA PASTOR, José Manuel, Derecho de la Seguridad Social, Madrid, Tecnos, 1973, p. 334-335.

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