Títulos competenciales (Disposición final segunda)

AutorMª Ángeles Egusquiza Balmaseda
Cargo del AutorCatedrática de Derecho civil. Universidad Pública de Navarra
Páginas1671-1681
Capítulo 67.
TÍTULOS COMPETENCIALES
(DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA)1
Mª Á E B
Catedrática de Derecho civil.
Universidad Pública de Navarra
1. EL SENTIDO DE LA DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
La disposición final segunda refleja el carácter transversal de la Ley 8/21. En
ella se recogen los diversos títulos competenciales sobre los que se fundamenta su
regulación en atención a que, más allá del núcleo duro de las leyes civiles –Código
civil, y Leyes del Notariado, Hipotecaria y del Registro Civil–, de protección patri-
monial a la persona con discapacidad –Ley 41/2003, de 18 de noviembre–, y las
procesales que ajustan el sistema sustantivo al marco procedimental –Leyes de
Enjuiciamiento civil y Jurisdicción Voluntaria–, la LRAPD incide en los cuerpos
normativos del Código de Comercio y del Código Penal.
La necesidad de incluir un precepto como el que nos ocupa deviene de
las Directrices de técnica normativa aprobadas por el Acuerdo del Consejo de
Ministros de 22 de julio de 20052, cuyo art. 42.b).2º determina que será contenido
propio de las disposiciones finales la identificación de los títulos competenciales
habilitantes en los que se soporta la regulación llevada a cabo, especificando la
correspondiente a cada norma, a fin de que resulte clara la distribución de com-
petencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Tales indicaciones im-
plican que, conforme a la buena técnica legislativa, las leyes dictadas por el Estado
deben “citar el artículo 149.1 (más el ordinal correspondiente) de la Constitución
que atribuye la competencia de que se trate y, cuando este comprenda varias ma-
terias de diferente alcance, deben especificarse los preceptos concretos que se
dictan al amparo de una u otra competencia estatal”.
1 Trabajo realizado en el marco del Proyecto de Investigación “La voluntad real del
causante en las disposiciones mortis causa: aspectos transversales de la interpretación y cláusulas
de especial conflictividad - RETOS 2020” (PID2020-115254RB-I00) financiado por la Agencia
estatal de Investigación para las fechas 01/09/2021 - 31/08/2024. Investigador Principal: Marta
Carballo Fidalgo.
2 BOE, nº 180, de 29 de julio de 2005.

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