SAP Asturias 213/2006, 19 de Mayo de 2006

PonenteJAIME RIAZA GARCIA
ECLIES:APO:2006:1488
Número de Recurso143/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución213/2006
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 6ª

JOSE MANUEL BARRAL DIAZMARIA ELENA RODRIGUEZ-VIGIL RUBIOJAIME RIAZA GARCIA

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6

OVIEDO

SENTENCIA: 00213/2006

RECURSO DE APELACION (LECN) 0000143 /2006

En OVIEDO, a diecinueve de Mayo de dos mil seis. La Sección Sexta de la Audiencia Provincial,

compuesta por, los Ilmos. Srs. D. José Manuel Barral Díaz, Presidente; Dª Maria Elena Rodríguez Vígil Rubio y D. Jaime Riaza García, Magistrados; ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA Nº 213

En el Rollo de apelación núm. 143/06, dimanante de los autos de juicio civil Ordinario, que con el número 726-04 se siguieron ante el Juzgado de Primera Instancia de Llanes , siendo apelante DON Ángel Jesús, demandante en Primera Instancia, representado por el Procurador Don Antonio Sastre Quirós, asistido por el Letrado Dª María de los Angeles Pérez Díaz; y como parte apelada DON Jesús Luis, demandado en Primera Instancia, representado por la Procurador/a Dª Dolores López Alberdi, sistido/a por el Letrado D. Angel Ferreira Gutierrez, y como apelada, y Dª Carolina, demandado en Primera Instancia; ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Jaime Riaza García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia de Llanes, dictó sentencia en fecha 14 de Octubre de 2005 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:"que desestimando la excepción de inadecuación del procedimiento y, entrando en el fondo del asunto, desestimando íntegramente la demanda deducida en esta litis por el procurador de los tribunales Don Victor García Tames en nombre y representación de Don Ángel Jesús contra Don Jesús Luis, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª Cristina Díaz Gallego, y contra Dª Carolina, declarada en rebeldía en estas actuaciones, sobre acción declarativa de propiedad y otros, extremos, debo absolver y absuelvo a dichos demandados de las pretensiones contra ellos ejercitadas, con expresa imposición de las costas a la parte actora."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte apelante, y fue solicitado recibimiento a prueba que fue denegado, del cual se dió el preceptivo traslado a las demás partes conforme a lo dispuesto en el artículo 461 de la vigente Ley , que lo evacuaron en plazo. Remitiéndose posteriormente los autos a esta Sección, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 16 de Mayo de 2006.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El apelante impugna la sentencia de instancia por error en la valoración de la prueba ofrecida tanto sobre el título de dominio como sobre la identificación de la finca argumentando que la testifical practicada al efecto es suficiente por razón de la cualidad de la testigo, sobrina carnal de don Antonio de quien traía causa el apelante, mientras que, en contraste con lo que antecede, los dueños de los predios colindantes nunca habían oído que dicha parcela hubiera pertenecido a la herencia de los Sres. Donato; del mismo modo acusa a la sentencia de error en la valoración de la prueba relativa a la identidad de la finca pues la referencia expresa a la delimitación catastral de la parcela es suficiente para...

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