STSJ Aragón , 21 de Marzo de 2001

PonenteJUAN PIQUERAS GAYO
ECLIES:TSJAR:2001:864
Número de Recurso177/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución21 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Social

1 Rollo número: 177/2001 Sentencia número: 301/2001 MAGISTRADOS ILMOS. SRES:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO En Zaragoza, a veintiuno de marzo de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el recurso de suplicación número 177 de 2001 (autos número 736 de 2000), interpuesto por Dª

María Rosa ; contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Zaragoza, de fecha 8 de enero de 2001; siendo recurrido el Instituto Nacional de Empleo. Es ponente D. JUAN PIQUERAS GAYÓ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por la hoy recurrente; contra el INEM; sobre prestación por desempleo. Tramitado el proceso en la instancia, se dictó la sentencia referida, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"Que desestimando la demanda interpuesta por Dª María Rosa contra el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, debo absolver y absuelvo al Instituto demandado de todas las pretensiones deducidas en su contra".

SEGUNDO

Dicha resolución declara probados los siguientes hechos:

"1° La actora, Dª María Rosa , cuyas circunstancias personales obran en autos, figuró de alta en el Régimen General de la Seguridad Social por la empresa DIRECCION001 ., con la categoría de bordadora, desde el 1-05-99, tras suscribir un primer contrato de trabajo al parecer de duración determinada, para obra o servicio determinado, teniendo por objeto pedidos de la campaña de producción de calzado otoño-invierno 99- 2000, que figura como finalizado el día 26-11-99, suscribiendo el día 1-12-99 nuevo contrato temporal, con la misma categoría, también para obra o servicio determinado (Pedidos de la Campaña de producción del calzado Primavera-Verano 2000), hasta fin de pedidos comunicándose al INEM la finalización de dicha relación por fin de contrato el día 31-05-00, con esa misma fecha.

Con anterioridad a los períodos citados la actora figura en situación de alta en le Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos como colaboradora en la actividad de la empresa DIRECCION000 ., sin solución de continuidad del 1-0694 al 31-03-99.

  1. - La hoy demandante en fecha 12 de junio de 2000 solicitó la prestación contributiva de desempleo, que le fue denegada por el Instituto demandado por resolución de 26-07-00, por no concurrir en su caso la condición de trabajadora por cuenta ajena, por tratarse de la prestación de servicios en empresa de tipo familiar en la que faltan las notas de dependencia y ajenidad de frutos y resultados y formulada reclamación previa contra la misma fue desestimada por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR