STSJ Extremadura , 14 de Noviembre de 2005

PonenteELENA CONCEPCION MENDEZ CANSECO
ECLIES:TSJEXT:2005:1481
Número de Recurso930/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD CACERES SENTENCIA: 00881/2005 La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey ha dictado la siguiente :

SENTENCIA Nº 881 PRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS /

En Cáceres a catorce de Noviembre de dos mil cinco.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 930 de 2003, promovido por la Procurador de los Tribunales Sr./a. LEAL LOPEZ , en nombre y representación de "GANADERÍAS REUNIDAS S.A." siendo parte demandada LA JUNTA DE EXTREMADURA representado por el Sr. Ldo. de la Junta de Extremadura; recurso que versa sobre: "Resolución de la Consejería de Economía Industria y Comercio de la Junta de Extremadura, de fecha 25 de abril de 2003, que en vía de reposición, confirma la de 14 de febrero de 2003, de la Dirección General de Promoción Empresarial e Industrial, que declaró el incumplimiento por la empresa GANADERIAS REUNIDAS S.A. de las condiciones establecidas para tener acceso a la subvención concedida".

C U A N T I A: 194.211,05 Euros .-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO: Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada ; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO: Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO.- II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO

S.- PRIMERO.- Se somete a la consideraciòn de la Sala, la legalidad de la Resoluciòn de la Consejería de Economía Industria y Comercio de la Junta de Extremadura, de fecha 25 de abril de 2003, que en vía de reposición, confirma la de 14 de febrero de 2003, de la Dirección General de Promoción Empresarial e Industrial, que declaró el incumplimiento por la empresa GANADERIAS REUNIDAS S.A. de las condiciones establecidas para tener acceso a la subvención concedida por Orden de 14 de julio de 1998, dejando sin efecto la misma, y en su caso obligada a reintegrar las cantidades percibidas en concepto de tal subvención fijada en 194.211,05 euros. Considera la actora, que tales Resoluciones no son ajustadas a Derecho. La defensa de la Junta de Extremadura insta la desestimaciòn ìntegra del recurso, y la confirmaciòn de la Resoluciòn recurrida.

SEGUNDO

Como antecedentes fácticos...

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