STSJ Comunidad de Madrid 341/2006, 15 de Marzo de 2006

PonenteMARIA DE LOS DESAMPARADOS GUILLO SANCHEZ-GALIANO
ECLIES:TSJM:2006:3887
Número de Recurso1814/2003
Número de Resolución341/2006
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

JESUS CUDERO BLASMARIA TERESA SOFIA DELGADO VELASCOCRISTINA CONCEPCION CADENAS CORTINAMARIA DE LOS DESAMPARADOS GUILLO SANCHEZ-GALIANOEVA ISABEL GALLARDO MARTIN DE BLASFRANCISCO DE LA PEÑA ELIAS

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.6

MADRID

SENTENCIA: 00341/2006

Recurso núm.: 1814/03

Ponente: Sra. Amparo Guilló Sánchez Galiano.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección Sexta

S E N T E N C I A núm.341

Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. Jesús Cudero Blas

Magistrados:

Dª Teresa Delgado Velasco

Dª Cristina Cadenas Cortina

Dª Amparo Guilló Sánchez Galiano

Dª Eva Isabel Gallardo Martín de Blas

D. Francisco de la Peña Elías

En la villa de Madrid, a 15 de marzo de dos mil seis.

VISTO por la Sala el presente recurso contencioso administrativo núm. 1814/03, interpuesto por don Lázaro, don Carlos Antonio y don Blas, que actúan en su propio nombre, contra las Resoluciones del Director General de la Guardia Civil de fecha 19 de mayo de 2003 por las que se desestimaron las solicitudes de los actores de percibir el importe correspondiente al complemento específico singular de conductores de vehículos especiales durante el periodo comprendido entre el 10 de junio de 1998 y el 10 de mayo de 2002 en que prestaron servicio en la Comandancia de Salamanca en el Servicio de Material Móvil.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los oportunos trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó a la parte demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaba de aplicación, terminaba suplicando se dictase Sentencia por la que se anule el acto impugnado, declarando el derecho que asiste al recurrente para percibir el complemento especifico singular reclamado ante la Administración y denegado en las resoluciones que se impugnan en la cuantía que se determinara en fase de ejecución de sentencia

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dictase sentencia por la que se confirmase el acto recurrido en todos sus extremos

TERCERO

Habiendo quedado el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno le correspondiera, se fijó para ello la audiencia del día 1 de marzo de 2.006, teniendo así lugar

Siendo ponente la Ilma. Sra. Doña Amparo Guilló Sánchez Galiano, que expresa el parecer de la Sala

FUNDAMENTOS DE DERECH

PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo fue interpuesto por don Lázaroo, don Carlos Antonioo y do Blass, todos ellos Suboficiales de la Guardia Civil, contra Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil, de19 de mayo de 2003, que de denegaron la petición de los recurrentes de percibir el complemento especifico singular como conductores de vehículos especiales, desde que realizan dichos servicios

Los recurrentes, Suboficiales de la Guardia Civil, se encontraron destinados en el Servicio de Material Móvil como conductores en la Comandancia de Salamanca, desde el 10 de junio de 1998 hasta el 10 de mayo de 2002

Perciben una determinada cantidad en concepto de complemento específico singular, con arreglo al Catálogo de Puestos de Trabajo, y según consta en la Resolución de la Dirección General de 10 de junio de 1998 en la que se le destina al puesto de trabajo en la Comandancia de Salamanca y concretamente al Servicio de Material Móvil

Mediante escrito de 6 de abril de 2003 solicita percibir el complemento específico singular en la cuantía que tienen reconocida los especialistas y ello en base a distintas sentencias que así lo han establecido

La resolución de 19 de mayo de 2003 desestima la pretensión, entendiendo que el Catálogo de Puestos de Trabajo ha distinguido una serie de puestos que están...

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