El derecho de acceso en los modelos europeos significativos: panorámica comparada

AutorAntonio Montoro Fraguas
Páginas83-121

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Preliminar

Al abordar el análisis de este derecho de acceso en sentido propio y en ejercicio permanente en el continuum de la programación de los medios de titularidad pública resulta muy oportuno aportar un estudio comparado de los modelos de esta forma de acceso propio y continuo en los sistemas mediáticos audiovisuales fijados en nuestro entorno europeo. Un análisis que nos va a proporcionar una información valiosísima que sin duda ayudará a cotejar la afinidad, en muchos de sus extremos, de determinadas líneas directrices de regulación de esta institución del acceso en su sentido propio; esto es, de las bases para el ejercicio del acceso de los grupos sociales y políticos signifi cativos a los espacios programados ad hoc en los medios audiovisuales de titularidad estatal. Hemos de advertir que aunque el estudio esté preferentemente centrado en el acceso gratuito a los medios de titularidad pública, no eludiremos algunas referencias a las posibilidades de acceso a los medios del sector privado e incluso a aquellas fórmulas de acceso retribuidas tratadas, en su mayor parte, como una mera forma sui generis de publicidad comercial.

En el derecho comparado de nuestro entorno europeo se han ido confi gurando progresivamente diversas fórmulas singularizadas, más o menos complejas, reguladoras de este acceso no puntual, continuo, referidas a los diversos elementos que integran el diseño normativo del propio acceso (accedentes reconocidos como tales por la norma reguladora, requisitos y criterios paraPage 84 obtener tal condición, tiempos de antena a utilizar y su distribución, órganos determinantes de la decisión de acceder, formas de su ejercicio, normas de infracción y órganos sancionadores, etc.). Configuración referida en un principio, desde una amplia perspectiva y simultáneamente, al acceso exclusivo de los grupos políticos dentro y fuera de campaña electoral105 obviando en su mayor parte el complejo entramado del acceso de los grupos sociales. Sin embargo, más recientemente la consideración ha ampliado también su objeto al acceso de estos grupos de naturaleza extra política completando así el abanico potencial accedente en la dimensión que aquí interesado. Limitamos pues el análisis comparado, por suficiente, a estas fórmulas normativas más avanzadas y especialmente las de los modelos belga, portugués, francés e italiano en los que la originalidad y precisión de la regulación actual reviste especial utilidad para un estudio comparado que proporcione perfiles efectivos para el próximo desarrollo del esperado reglamento regulador de la institución del acceso según ordena el nuevo diseño legal del régimen español.

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1. El modelo belga: las "émissions concédées"

La distribución territorial del Estado federal belga106 da, consecuentemente a su sistema público audiovisual, ciertas peculiaridades acordes a su diversidad cultural y lingüística107. Se trata de un sistema audiovisual estructurado en sendos entes públicos de radio y televisión operantes en cada una de los espacios comunitarios culturales. Así, la vigente ley federal belga que garantiza la protección de las tendencias ideológicas y fi losófi cas de 1973108 atribuye a cada una de estas tendencias representadas en el Consejo Cultural de la Comunidad correspondiente el acceso a los medios de expresión públicos relevantes de esa Comunidad. Siguiendo el mandato legal, las normas reguladoras de estos medios públicos en cada una de las comunidades han previsto un desarrollo autónomo de la ordenación del acceso legalizado. A nuestro objeto nos interesa especialmente el análisis de este desarrollo regulador del acceso continuo en los entes públicos relevantes, según la expresión legal, RTBF (Radiotelevisión belga francesa y VRT (Radiotelevisión belga fl amenca).

1.1. El acceso en la Radiotelevisión belga francesa (RTBF)

El Estatuto vigente de 1997109, regulador del ente belga-francés RTBF, atribuye a su Consejo de Administración pronunciarse, previa resolución motivada, sobre la solicitud de emisiones de radio o de televisión a "confi ar" a las asociaciones y fundaciones representativas, reconocidas por el Gobierno a este fi n, debiendo el organismo gestor comunicar al Gobierno las reglasPage 86 relativas a la emisión de estos programas así como los equipos técnicos y humanos dedicados a mantener esta actividad permanentemente. En defecto de esta comunicación será el propio Gobierno quien determine tales reglas oído el Consejo de Administración. El contrato de gestión en vigor (suscrito entre RTBF y el Gobierno de la comunidad belga-francesa) prevé estas émissions concedées prácticamente en los mismos términos que señala expresamente el Estatuto de la RTBF: "según las modalidades que determine el Consejo de Administración se concederán emisiones tanto en radio como en televisión a asociaciones representativas designadas a este fi n por el Gobierno". La difusión de estas emisiones está asegurada gratuitamente por el ente emisor que, en la medida de sus posibilidades y según la forma que el Consejo determine, deberá poner a disposición de esas asociaciones representativas las instalaciones, el personal y el material necesario para la realización de estas emisiones concedidas110. A este respecto el referido Consejo de Administración ha de observar las siguientes reglas111:

- Tras la solicitud de los potenciales accedentes se pronuncia sobre la concesión del acceso por medio de decisión motivada, teniendo en cuenta la importancia de las asociaciones y fundaciones interesadas.

- Si la decisión fuera negativa, puede ser revisada por el propio Consejo a instancia de uno de sus miembros o del grupo afectado.

- El Consejo de Administración de RTBF regula el orden, la importancia y las modalidades de este tipo de emisiones de acceso en las que los accedentes pueden incluir todo tipo de comunicaciones que conciernen al objeto para el que han sido creadas y cuya naturaleza puede interesar al público. Se conceden emisiones de diferente duración (que oscila entre una hora y quince minutos) y de diversa modalidad (documentales, entrevistas o reportajes sobre hechos de actualidad general) con la excepción, en todo caso, del tratamiento de noticias de la actualidad diaria.

- Las opciones accedentes deberán realizar sus espacios de acceso evitando ataques personales o herir opiniones o sentimientos de otros.

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Se ha de descartar cualquier texto o imagen de carácter agresivo para las instituciones, convicciones, doctrinas o de sus representantes religiosos o laicos así como rechazar los espacios que carezcan de calidad profesional sufi ciente para su emisión.

- En caso de infracción de las reglas apuntadas, el Consejo puede decidir la suspensión de la emisión correspondiente e incluso retirar al accedente el reconocimiento de su benefi cio de acceder. El denominado Consejo Consultivo de la RTBF, órgano asesor de su estructura en cuya composición se incluyen también representantes de las asociaciones y fundaciones accedentes, dictamina sobre las cuestiones que se susciten en la concertación y desarrollo de estas emisiones de acceso.

- En la medida de sus posibilidades la RTBF pondrá a disposición de los accedentes el personal técnico, las instalaciones y el material necesario para realizar las emisiones que le han sido confi adas.

El desarrollo reglamentario de los citados principios normativos112 se remite, para su aplicación a estas emisiones, a las prohibiciones previstas en el Estatuto general del ente gestor como las emisiones contrarias a la ley o al interés general, al orden público o a las buenas costumbres o que constituyan un ultraje a las convicciones de otro o las emisiones que encubran o revistan carácter de publicidad comercial.

Tanto el Decreto regulador de este acceso como su Reglamento insisten explícitamente en la libertad de concepción y elaboración otorgada a las emisiones aportadas por los distintos grupos llamados a acceder si bien, en todo caso, deberán presentar interés sufi ciente para su emisión, inscribirse en el marco de la política general de programas de la RTBF y tener en cuenta las posibilidades técnicas de la realización y exigencias de calidad de la...

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