ORDEN de 19 de enero de 2011, de la Consejera de Cultura, por la que se sientan nuevas bases para la acreditación de los niveles de competencia comunicativa en euskera dispuestos en el Curriculum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos de HABE.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorCultura; HABE
Rango de LeyOrden

La Ley 29/1983, de 25 de noviembre, de creación del Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos y de Regulación de los Euskaltegis establece en su artículo 20 que corresponde al Departamento de Cultura la regulación de los diplomas y certificados a expedir al final de cada uno de los niveles que se establezcan en las enseñanzas de alfabetización y euskaldunización. Dicha Ley enumera en su artículo 2.g), entre las funciones de HABE, la propuesta al Departamento de Cultura de expedición de certificados y diplomas de aptitud a quienes superen los cursos de euskaldunización y alfabetización de adultos en los euskaltegis.

A su vez, el Decreto 34/1996, de 13 de febrero, por el que se aprueban las normas orgánicas de HABE, en su artículo 8.a) especifica como función de HABE la elaboración de planes de estudio y diseños curriculares de euskaldunización y alfabetización de adultos, y en el 8.f) el asesoramiento, seguimiento y evaluación de la aplicación de dichos planes.

Posteriormente, mediante Órdenes de 24 de enero de 2000 y de 13 de marzo de 2006, de la Consejera de Cultura, se aprueban el Curriculum Básico para la Enseñanza de Euskera a Adultos, sus objetivos, contenidos y criterios de evaluación, sistematizados en cuatro niveles fundamentados en un planteamiento discursivo-pragmático del uso del euskera y, consecuentemente, se fijan los criterios y parámetros para la evaluación, calificación y acreditación de los cuatro niveles de HABE en capacitación lingüística del uso del euskera.

En 2001 el Consejo de Europa aprobó el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: Aprendizaje, Enseñanza y Evaluación de las Lenguas, que establece una serie ascendente de niveles comunes de referencia para describir el dominio que el alumno adulto va adquiriendo en el proceso de aprendizaje de una segunda lengua, definido por categorías descriptivas: el contexto, las actividades comunicativas de la lengua, las estrategias, las competencias, los procesos, los textos y las tareas, delimitadas por escalas de descriptores ilustrativos de competencias comunicativas.

El Decreto 179/2003, de 22 de julio de 2003, que regula la actividad de los euskaltegis y demás centros homologados que imparten la enseñanza del euskera a adultos y su financiación por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, dispone que por Orden de la Consejera de Cultura se determinará un sistema de acreditación de niveles acorde con lo establecido en el Currículum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos de HABE, señalando, asimismo, que la descripción de los hitos del proceso de aprendizaje harán referencia también a los niveles establecidos en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

Desde la puesta en vigor de la Orden de 6 de agosto de 2003, de la Consejera de Cultura, por la que se determinó el sistema de acreditación de los diferentes niveles de conocimiento del euskera dispuestos en el Currículum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos, HABE ha realizado diez convocatorias, a las que se han presentado 65.005 personas, de las que 31.844 han obtenido la correspondiente acreditación. A lo largo de estos siete años esta institución ha ido perfeccionando y consolidando su sistema de evaluación externa en el contexto de un proceso de mejora continua y al amparo de lo dispuesto en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, definiendo los criterios, parámetros y descriptores para la acreditación, programando cursos para la formación continua del profesorado de euskaltegi y personal técnico que participa como examinador, organizando sesiones de homogeneización de criterios para la corrección de las pruebas de aptitud, implantando un sistema tutorial que posibilita la doble corrección y, en consecuencia, la mejora del nivel de calidad, reforzando los criterios garantistas.

Recientemente, el Gobierno Vasco ha puesto en vigor en el Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, la convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera y su equiparación con los niveles establecidos en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, con el objetivo de que la evaluación de los distintos niveles de las pruebas de capacitación lingüística en euskera se sostenga en criterios de competencia lingüística explícitos, homogéneos y homologados, incluyendo en el mismo las convocatorias de pruebas de acreditación que convoca el Director General de HABE para los niveles 1 (B1), 2 (B2), 3 (C1) y 4 (C2) conforme al currículum vigente elaborado por HABE.

Por tanto, tomando en consideración los resultados del proceso de reflexión llevado a cabo por HABE en torno a la aplicación de las pruebas de capacitación en los ejercicios 2009 y 2010, y las observaciones y propuestas realizadas por los agentes sociales representados en la Comisión de Exámenes y en el Consejo Académico de HABE, la presente Orden actualiza y regula los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y organización de las convocatorias de HABE para la acreditación de los niveles de competencia lingüística en euskera.

En su virtud,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.

Es objeto de esta Orden sentar nuevas bases para la acreditación de los niveles de competencia comunicativa en euskera, en el marco de lo dispuesto por el Currículum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos de HABE.

Artículo 2 Niveles susceptibles de acreditación.

Serán susceptibles de acreditación los siguientes niveles recogidos en el Currículum Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos:

- Primer nivel (B1)

- Segundo nivel (B2)

- Tercer nivel (C1)

- Cuarto nivel (C2)

Artículo 3 Primer nivel (B1).

Quien acredite el primer nivel será capaz de entender y expresar oralmente y por escrito breves instrucciones y descripciones sobre objetos y personas, así como narraciones y relatos simples sobre temas generales y conocidos dentro de contextos habituales y familiares. Asimismo, estará capacitado para participar en conversaciones que se den en un ámbito familiar y cercano. En todo caso, será capaz de captar y dar a entender el mensaje principal y global del texto, e incluso, en algunos casos, según los objetivos y la estructuración del texto, de captar detalles de la información suministrada.

En relación a la comprensión oral, en ámbitos habituales y familiares, comprenderá relatos y narraciones sobre discursos claros y globales, e incluso seguir correctamente instrucciones y participar en la conversación. Será capaz de captar la información general, en algunos casos la información específica, y según las características del contexto (ausencia de ruido, ritmo normal, pronunciación clara, redundancia, ayuda audiovisual...), de captar también ciertos matices.

En la expresión oral, será capaz de participar en conversaciones con estudiantes y hablantes nativos, en ámbitos habituales y familiares y sobre temas generales y cotidianos. También será capaz de dar instrucciones, de hacer breves descripciones de personas y objetos, y de estructurar breves narraciones y relatos. De todos modos, en aras de mantener la comunicación, recurrirá a ciertas estrategias de compensación, como por ejemplo, expresar lo que se quiera decir mediante ejemplos, utilizar la palabra en otra lengua, etc.

En cuanto a la comprensión lectora, será capaz de comprender crónicas y artículos breves, descripciones e instrucciones, en ámbitos habituales y familiares y en conversaciones generales y cotidianas. Dependiendo del objetivo de la lectura y, en la medida en que la organización del texto facilite la comprensión del mismo (estructuración de la información, encadenamiento, cantidad, elementos icónicos, riqueza de la lengua...), será capaz de apropiarse de la información general y de discernir matices de la misma.

En relación a la expresión escrita, será capaz de describir experiencias sobre cuestiones generales y cotidianas, contar acontecimientos y escribir notas sobre situaciones habituales que le son familiares.

En cuanto al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, la persona que haya superado este nivel, será capaz de comprender los puntos generales de textos escritos en lengua estándar, que versen sobre asuntos familiares, trabajo, estudios o tiempo libre. Si los temas son habituales o de su interés, podrá desarrollar textos simples y coherentes, incluso para dar...

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