SAP Orense 294/2003, 4 de Diciembre de 2003

PonenteFERNANDO ALAÑON OLMEDO
ECLIES:APOU:2003:1016
Número de Recurso112/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución294/2003
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Orense, Sección 2ª

SENTENCIA.-En OURENSE, a CUATRO de DICIEMBRE de DOS MIL TRES..

VISTOS, en grado de apelación, por esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de JUICIO VERBAL CIVIL procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO DOS DE LOS DE VERIN, seguidos con el nº 62/01, Rollo de apelación nº 112/03, en los que aparece, como parte APELANTE, D./Dª. Carolina , representada por el/la Procurador/a de los Tribunales D./Dª LUCIA TABOADA GONZALEZ (D./Dª BLANCA PEDRERA FIDALGO, a efecto de notificaciones) y asistido/a por el/la Letrado/a D./Dª ADOLFO TABOADA GONZALEZ, D./Dª Esteban y D./Dª Lucía , representados/as por el/la Procurador/a de los Tribunales D./Dª LUCIA TABOADA GONZALEZ

(D./Dª BLANCA PEDRERA FIDALGO, a efecto de notificaciones) y asistido/a por el/la Letrado/a D./Dª ADOLFO TABOADA GONZALEZ y, como APELADO, D./Dª. Lucas y D./Dª Verónica , representados/as por el/la Procurador/a de los Tribunales D/Dª EVARISTO FRANCISCO MANSO (D./Dª MANUEL BALADRON GOMEZ, a efecto de notificaciones), y asistido/a por el/la Letrado/a D./Dª. ANTONIO TABOADA OTERINO, los HEREDEROS DE D. Vicente , D./Dª Luis Manuel y PERSONAS DESCONOCIDAS E INCIERTAS QUE PUDIERAN TENER INTERES EN LA HERENCIA DE D./Dª Consuelo , todos ellos en situación procesal de rebeldía; sobre acción confesoria de servidumbre. Es MAGISTRADO-PONENTE el Ilmo. Sr. D. FERNANDO ALAÑON OLMEDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia NUMERO DOS DE LOS DE VERIN se dictó sentencia en los referidos autos con fecha 14 de Febrero de 2.002 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: En la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Francisco Manso, en nombre y representación de D. Lucas y Dª Verónica , como demandantes contra Dª Carolina , representada por la Procuradora Sra. Tabeada González y defendida por el Letrado Sr. Tabeada González, contra Dª Consuelo

, a la que han sucedido Lucía y D. Esteban , representados por la Procuradora Sra. Tabeada González y defendida por la letrada Sra. Taboada González, contra Luis Manuel , declarado en situación de rebeldía procesal y contra los herederos de D. Vicente y contra las personas ignoradas e inciertas que pudieran tener algún interés en la herencia de dicho causante DECLARO: 1)Que las parcelas descritas como "parcela al nombramiento de " DIRECCION000 " sita en el término de Laza, que linda: Norte, María Dolores y otros;Sur, Camino; Este, Lucas y Oeste, CALLE000 , que fue dividida en dos subparcelas, correspondiéndole la del Oeste a Carolina y la del Este a Dª Consuelo , están gravadas con servidumbre de acueducto, a favor de las fincas descritas como "Labradía al nombramiento de " DIRECCION000 ", término de Laza, de ocho áreas y 32 centiáreas, que linda: Norte, herederos de Paulino ; Sur, Herederos de Carlos Alberto (hoy Juan Francisco ); Este, Blas , y Oeste, Fermín (hoy Luis Manuel ) y la finca descrita como " DIRECCION000 ", término de Laza, de unos setecientos sesenta y ocho metros cuadrados, linda: Norte, herederos de Manuel (hoy María Dolores ); Sur, Juan Francisco (hoy Guillermo ); Este, Constantino (hoy Verónica ) y Oeste más de los demandantes. 2)Que las parcelas descritas como "labradío al nombramiento de DIRECCION000 " sita en el término de Laza, de unos ochocientos metros cuadrados, que linda: Norte, María Dolores ; Sur, Guillermo ; Este, Luis Manuel y Oeste Lucas ", y la descrita como Labradío al nombramiento de " DIRECCION000 " sita en el término de Laza, de unos mil seiscientos metros cuadrados, que linda: Norte, María Dolores ; Sur, Guillermo ; Este, Lucas y Oeste Luis Francisco , están gravadas con servidumbre de acueducto, a favor de la finca descrita como "labradío al nombramiento de " DIRECCION000 ", término de Laza, de ocho áreas y 32 centiáreas, que linda: Norte, herederos de Paulino ; Sur, herederos de Carlos Alberto (hoy Juan Francisco ); Este, Blas y Oeste, Fermín (hoy Luis Manuel ). Y condeno a los demandados Dª Carolina y Dª Lucía y D. Esteban a realizar las obras necesarias para reponer el canal de riego a su estado original en el paso de sus respectivas parcelas; todo ello, con expresa imposición de costas a los demandados".

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por la representación procesal de D./Dª. Carolina , representada por el/la Procurador/a de los Tribunales D./Dª LUCIA TABOADA GONZALEZ (D./Dª BLANCA PEDRERA FIDALGO, a efecto de notificaciones) y asistido/a por el/la Letrado/a D./Dª ADOLFO TABOADA GONZALEZ, D./Dª Esteban y D./Dª Lucía recurso de apelación y, seguido por sus trámites legales, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales, a excepción de la que señala el término para dictar sentencia debido al excesivo número de recursos que se tramitan ante esta Sección.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Contra la sentencia dictada por la Sra. Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº dos de los de Verín, de fecha 14 de febrero de 2002, en el procedimiento del que dimana el presente rollo, se alza la representación procesal de la parte demandada interesando la revocación de la misma y un pronunciamiento desestimatorio de la pretensión principal deducida en la litis. Como motivos de impugnación aparece, en primer lugar, la falta de litisconsorcio pasivo necesario por entender que dos de las parcelas propiedad de la demandante y en cuyo favor se pretende la...

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