SAP Asturias 71/2002, 13 de Febrero de 2002

PonenteFRANCISCO TUERO ALLER
ECLIES:APO:2002:563
Número de Recurso231/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución71/2002
Fecha de Resolución13 de Febrero de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 4ª

SENTENCIA

En el recurso de apelación número 231/2001 en autos de Separación, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número ocho de Oviedo, promovido por DON Roberto , dirigido por el Letrado Sr. Paredes López, como demandado en primera instancia contra DOÑA Mariana , dirigida por el Letrado Sr. González Fernández, como demandante en primera instancia, siendo parte el MINISTERIO FISCAL en la representación que le es propia, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Francisco Tuero Aller.-ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Que el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número ocho de Oviedo dictó Sentencia con fecha once de abril de dos mil uno, cuya parte dispositiva dice así: Que debo decretar y decreto la separación conyugal del matrimonio formado por Dª. Mariana y D. Roberto , celebrado en Oviedo con fecha 3 de julio de 1982, e inscrito en el Registro Civil de Oviedo al Tomo 546, página 113, de la Sección Segunda, al existir causa legal para ello y acuerdo de ambos cónyuges, con todos los efectos legales, y en particular los recogidos en el fundamento segundo de esta resolución, que se establecen como Medidas, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal en representación de los menores, sin hacer expresa condena en costas.-SEGUNDO.- Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandada recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, que fue admitido en ambos efectos, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, habiéndose practicado la prueba declarada pertinente con el resultado que obra en el rollo de Sala, y señalándose para la celebración de la vista el día siete de los corrientes mes y año.-TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Decretada la separación judicial de ambos litigantes por haber cesado la affectio maritalis y no cumplirse entre ellos los mas elementales derechos y obligaciones recogidos e el art. 66 del Código Civil insiste el marido, aquí apelante, como primer motivo del recurso, en que se declare que la causa de la separación obedece a la conducta de la esposa, a la que imputa infidelidad, alcoholismo y vida desorganizada.-SEGUNDO.- Se plantea así, como primera cuestión, el tema, nada pacífico, de si acreditada una causa de entidad suficiente como para decretar la separación conyugal, derivada de la crisis del matrimonio,es preciso o no examinar las restantes causas invocadas, que inciden especialmente en la conducta de uno de los...

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