SAP Sevilla 305/2005, 17 de Junio de 2005

ECLIES:APSE:2005:1986
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución305/2005
Fecha de Resolución17 de Junio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 5ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE SEVILLA

Sección Quinta

Rollo Nº 2975/05

Nº. Procedimiento: 89/04

Juzgado de origen: Primera Instancia 1 de Cazalla de la Sierra (Sevilla)

SENTENCIA

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS

D. JUAN MARQUEZ ROMERO

D. JOSE HERRERA TAGUA

D. FERNANDO SANZ TALAYERO

En Sevilla a 17 de junio de 2005

VISTOS por la Sección Quinta de esta Iltma Audiencia Provincial los autos de Separación nº 89/04, procedentes del Juzgado de Primera Instancia 1 de Cazalla de la Sierra, promovidos por Dª. Celestina representada por la Procuradora Dª. Mª Dolores Martínez -Azcoytia Ortega contra D. Eduardo representados por la Procuradora Dª. Mª Dolores Arrones Castillo, siendo parte el Ministerio Fiscal autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia en los mismos dictada con fecha 17 de enero de 2005.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan sustancialmente los de la resolución apelada, cuyo fallo literalmente dice: "Que debo estimar y ESTIMO parcialmente la demanda interpuesta por la Procurador DOÑA MARIA DEL MONTE GARRIDO OVELAR, en nombre y representación de DOÑA Celestina, así como la demanda reconvencional interpuesta por el Procurador DON FRANCISCO JAVIER ALVAREZ DIAZ, en nombre y representación de DON Eduardo, ACORDANDO: 1.- Declarar la SEPARACION de los cónyuges DOÑA Celestina Y DON Eduardo, comunicando esta resolución al Registro Civil, una vez firme, para que se proceda a las inscripciones que correspondan. 2.- LA DISOLUCION DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES, revocando todos los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado. 3.- Las siguientes MEDIDAS DEFINITIVAS: 1.- Atribuir la guarda y custodia de los tres hijos, Victor Manuel, Esperanza y Armando, a su padre, Don Eduardo, sin perjuicio de la ostentación conjunta de la patria potestad por ambos progenitores. 2. Atribuir el uso y disfrute del domicilio y ajuar familiar (situado en C/ DIRECCION000 nº NUM000 de la localidad de Alanís) a los hijos y al progenitor, el padre, en cuya compañía han de quedar estos. 3. Establecer, como régimen de visitas de los hijos, a favor de la madre, Doña Celestina: los fines de semana alternos desde las 12.00 horas del sábado hasta las 20.00 horas del domingo; la mitad de los periodos de vacaciones escolares, eligiendo la madre los años impares y el padre los pares; correspondiendo cada uno de los días festivos a uno de los progenitores. La entrega y recogida de los de los menores, para la ejecución del régimen establecido, se llevará a cabo en el Punto de Encuentro Familiar de la localidad de Sevilla, por ser el más cercano al domicilio de los progenitores. 4. La madre Doña Celestina, contribuirá con la cantidad de 200 euros mensuales, en concepto de pensión por alimentos de los tres hijos menores. Cantidad que será ingresada en los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que se señale al efecto, y se revisará anualmente conforme al IPC que fije el Instituto de Estadística u organismo que lo sustituya. Todo ello sin hacer declaración alguna sobre imposición de costas. Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo".

PRIMERO

Notificada a las partes dicha resolución y apelada por el citado litigante, y admitido que le fue dicho recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones originales a esta Audiencia con los debidos escritos de interposición de la apelación y de oposición a la misma, previo emplazamiento por 30 días a las partes, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene para los de su clase.

SEGUNDO

Por resolución de 3 de junio de 2005, se señaló la deliberación y votación de este recurso para el día 16 de junio de 2005, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución.

TERCERO

En la sustanciación de la alzada se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don FERNANDO SANZ TALAYERO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre la representación procesal de Dª Celestina la Sentencia de separación matrimonial dictada en la instancia para impugnar los pronunciamientos relativos a la guarda y custodia de los hijos menores del matrimonio, la atribución del uso y disfrute del domicilio familiar, el régimen de visitas, la pensión de alimentos que ha de pagar a sus hijos, y la denegación de una pensión compensatoria.

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