RESOLUCIÓN JUI/3800/2003, de 7 de enero, de convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso en la categoría de mozo del cuerpo de mozos de escuadra de la Generalidad (núm. de registro de la convocatoria 46/03).

SecciónCargos y Personal
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

JUI/3800/2003, de 7 de enero, de convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso en la categoría de mozo del cuerpo de mozos de escuadra de la Generalidad (núm. de registro de la convocatoria 46/03).

Visto lo que disponen los artículos 20 y siguientes de la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, y de acuerdo con lo que establece el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública, y la restante normativa de general aplicación.

Visto el Acuerdo de la Comisión de Gobierno para Asuntos Institucionales y Sociales de 24 de diciembre de 2002, por el que se aprueba la oferta pública de empleo de plazas del cuerpo de mozos de escuadra de la Generalidad de Cataluña para el año 2003;

En uso de las competencias que me atribuyen los artículos 20.2 de la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra; el artículo 3.i) del Decreto 157/1996, de 14 de mayo, de determinación de los órganos que ejercen las atribuciones y las facultades otorgadas al Departamento de Gobernación por la Ley 10/1994, y el artículo 3.1 del Decreto 253/2002, de 4 de noviembre, de creación y reorganización de diferentes departamentos, de modificación de las comisiones de Gobierno y su composición y de determinación del número de departamentos en que se estructura la Administración de la Generalidad,

Resuelvo:

Artículo 1

Se convocan pruebas selectivas para cubrir 1120 plazas de la categoría de mozo de la escala básica del cuerpo de mozos de escuadra (núm. de registro de la convocatoria 46/03).

Artículo 2

Las funciones que deben realizar los aspirantes que sean nombrados son las atribuidas a los mozos de escuadra por la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, en sus artículos 12, 19.1.d) y 19.3.

Artículo 3

Las pruebas de selección se realizarán de acuerdo con las bases y las especificaciones que figuran en los anexos de esta Resolución.

Artículo 4

Contra esta Resolución de convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, los interesados pueden interponer, potestativamente, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, recurso de reposición ante la consejera de Justicia e Interior, en el plazo de un mes previsto en el artículo 117 de la Ley citada, o bien recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de acuerdo con lo que prevé el artículo 10 de la citada Ley. Estos plazos se contarán a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el DOGC.

Asimismo, los interesados pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 7 de enero de 2003

Núria de Gispert i Català

Consejera de Justicia e Interior

Anexo 1

Bases

-1 Normas generales

1.1 Se convocan 1.120 plazas de la categoría de mozo de la escala básica del cuerpo de mozos de escuadra.

1.1.1 Asimismo, se incluye un 10% adicional del total de las plazas convocadas para los aspirantes que, una vez superados todos los requisitos y todas las fases del proceso selectivo, no hayan obtenido plaza. Estos aspirantes quedarán en situación de expectativa de nombramiento y serán nombrados funcionarios con ocasión de vacante.

1.2 El ámbito de destino de las personas que ocupen los puestos de trabajo es el comprendido por todo el territorio de Cataluña.

-2 Requisitos

2.1 Para tomar parte en esta convocatoria, los aspirantes han de cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Estar en posesión del título de enseñanza secundaria obligatoria, de graduado escolar, formación profesional de primer grado o equivalente, o cualquier otro de nivel superior. Si se trata de un título obtenido en el extranjero, debe disponer de la correspondiente homologación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

c) Haber cumplido 18 años y tener menos de 35.

d) Tener una altura mínima de 1,70 m los hombres y de 1,60 m las mujeres.

e) No haber sido condenado por ningún delito, no estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas, ni estar separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública. Será aplicable, no obstante, el beneficio de la rehabilitación, siempre que el aspirante lo acredite mediante el correspondiente documento oficial.

f) Satisfacer la tasa establecida en el apartado 3.5 de estas bases.

g) Poseer el permiso de conducir vehículos de la clase B según el Real decreto 772/1997, de 30 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de conductores o de la clase B1 de la legislación anterior al citado Real decreto.

h) Declaración jurada por la que se toma el compromiso de llevar armas.

i) Certificado médico expedido como máximo dos meses antes de la realización de la tercera prueba. En el certificado mencionado, que se ha de ajustar al modelo a que hace referencia el anexo 6, tendrán que constar necesariamente los siguientes datos:

Que el aspirante tiene las condiciones físicas y médicas necesarias para realizar los ejercicios físicos de la tercera prueba.

Que se haga constar concretamente la altura del aspirante.

2.2 Los apartados de la a) a la f) han de cumplirse el último día del plazo de presentación de las solicitudes.

Los apartados g) y h) han de cumplirse antes de la realización de la segunda fase del proceso de selección, que es la del curso selectivo en la Escuela de Policía de Cataluña.

El certificado médico recogido en el apartado i) se ha de presentar el mismo día de la celebración de las pruebas físicas.

-3 Solicitudes

3.1 Lugares donde obtener los impresos de solicitud.

Los impresos de solicitud se encuentran a disposición de los interesados en el Departamento de Justicia e Interior, en la Dirección General de Seguridad Ciudadana, en las delegaciones territoriales del Gobierno de la Generalidad en Barcelona, Girona, Lleida, Tarragona y Tortosa y en todas las comisarías del cuerpo de mozos de escuadra.

Las solicitudes para tomar parte en la convocatoria se deben dirigir a la consejera de Justicia e Interior y se han de formalizar utilizando el modelo normalizado que figura en el anexo 7 de esta convocatoria.

3.2 Lugares donde presentar las solicitudes.

Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se podrán presentar en los siguientes registros:

Registros del Departamento de Justicia e Interior:

Via Laietana, 69, 08003 Barcelona.

Pau Claris, 81, 08010 Barcelona.

Registro de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, paseo de Pujades, 9-13, 08018 Barcelona.

Registro de la Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Barcelona, paseo de Gracia, 11, escalera B, 5º, 08007 Barcelona.

Registro de la Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Girona, Gran Via de Jaume I, 9, 17001 Girona.

Registro de la Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Lleida, c. Lluís Companys, 1, 1º, 25003 Lleida.

Registro de la Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Tarragona, c. Sant Francesc, 3, 43003 Tarragona.

Registro de la Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en las Tierras del Ebro, c. Doctor Ferran, 6-8 (Palau Oliver de Boteller), 43500, Tortosa.

Asimismo, se pueden presentar en cualquiera de los lugares y por los medios que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

En caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de correos, se efectuará en sobre abierto con el fin de que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada.

3.3 Plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales, a contar a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el DOGC.

3.4 Documentación.

Junto a la solicitud y dentro del plazo establecido en el anterior punto 3.3, los aspirantes deben adjuntar:

a) Tres fotografías de tamaño carné.

b) Dos fotocopias del documento nacional de identidad. Si el DNI se ha extraviado o se está renovando hay que adjuntar dos fotocopias del resguardo y dos fotocopias del pasaporte o permiso de conducir.

c) Fotocopia confrontada de la documentación acreditativa de estar en posesión, si procede, del nivel intermedio de catalán (B) de la Dirección General de Política Lingüística, o superior o equivalente, de acuerdo con la Orden CLT/197/2002, de 12 de junio, sobre los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Dirección General de Política Lingüística (DOGC núm. 3660, de 19.6.2002).

En el caso de que no se disponga de esta documentación y a los efectos de la exención que prevé la base 6.1.1.2 segunda prueba, el aspirante tendrá que aportar una certificación del secretario general del departamento correspondiente, o del órgano en el cual delegue, donde conste de manera clara y expresa el proceso de selección para acceder a la Administración de la Generalidad de Cataluña en que haya participado el aspirante, el nivel de conocimientos de la lengua catalana requerido en la convocatoria y la especificación de que ha obtenido plaza. Si se trata de alguno de los procesos selectivos convocados y resueltos por el...

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