STSJ Asturias , 9 de Febrero de 2001

PonenteJORGE GONZALEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAS:2001:702
Número de Recurso621/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Social

ROLLO N° RSU 621 /2000 45005 AUTOS N° 751/99 Gijón n° 1 SENTENCIA N° 379/01 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO, a nueve de febrero de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS, siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Iltmos. Sres. D. FRANCISCO JAVIER GARCIA GONZALEZ, D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ, Dª. CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por D. Rogelio , contra la sentencia del Juzgado de lo Social n° 1 de Gijón, ha sido ponente el Ilmo. Sr D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por D. Rogelio , en reclamación de alta de oficio, siendo demandado y celebrado el acto del juicio oral, por el mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha diez de enero de dos mil por la que se estimaba la incompetencia de esta jurisdicción para el conocimiento de la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - La entidad Grupo Vitalicio Seguros y -Don Rogelio suscribieron contrato de agencia el día 11 de abril de 1994, dándose entonces Don Rogelio de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con efectos, en el Impuesto de Actividades Económicas y censal en la Administración de Hacienda desde la referida fecha.

  2. - Don Rogelio percibió durante el año 1994 la suma de 1.633.142 ptas por su actividad de mediación mercantil de seguros.

  3. - Con fecha 11 de diciembre de 1998 fue levantada por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, tras realizar actuación inspectora el 27 de agosto de 1998, Acta de liquidación de Cuotas a la Seguridad Social contra Don Rogelio .

  4. - Por Resolución del 6 de abril de 1999 la Tesorería General de la Seguridad Social se revisión la situación de Don Rogelio en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, procediendo a retrotraer su alta al 1 de enero de 1994, e interpuesta la oportuna reclamación previa, la misma fue desestimada por Resolución de 6 de agosto de 1999.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, no siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El demandante recurre en suplicación la sentencia del Juzgado de lo Social n° 1 de los de Gijón que declaró la incompetencia del orden jurisdiccional de lo social para conocer de la pretensión por aquél interpuesta.

Formula un único motivo de recurso para defender la competencia de los juzgados y...

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