La seguridad de los espacios deportivos en los centros educativos: requisitos mínimos y medidas preventivas
Autor | María José Maciá Andreu - Javier Sánchez Sánchez - Ana María Gallardo Guerrero |
Páginas | 131-152 |
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Capítulo 11
LA SEGURIDAD DE LOS ESPACIOS
DEPORTIVOS EN LOS CENTROS
EDUCATIVOS: REQUISITOS MÍNIMOS
Y MEDIDAS PREVENTIVAS
María José Maciá Andreu; Javier Sánchez Sánchez;
Ana María Gallardo Guerrero
1. INTRODUCCIÓN
Los espacios deportivos escolares son el marco idóneo donde los alumnos deben de adquirir
los hábitos de actividad física (Gil, Felipe, Burillo, García-Tascón y Gallardo, 2010), por lo que es-
tos juegan un papel fundamental para el correcto devenir del proceso educativo, siendo las herra-
mientas clave de las que dispone el docente de Educación Física (García-Unanue, Gallardo, Gil y
Felipe, 2013; Montalvo, Felipe, Gallardo, Burillo y García-Tascón, 2010; Soriano, 2014).
A pesar de ello, los espacios y equipamientos deportivos no siempre se encuentran en las con-
diciones más óptimas para su uso, pudiendo entrañar riesgos y generar lesiones y accidentes, que
en algunos casos pueden tener consecuencias graves, hecho inadmisible en la sociedad actual si
se quiere garantizar una enseñanza de calidad (Cabello y Cabra, 2006; Cavnar et al., 2004).
Para evitarlo, se debe atender al cuerpo legislativo y normativa técnica específica aplicable
a las instalaciones deportivas escolares, las cuales detallan los requisitos relacionados con la se-
guridad y accesibilidad universal ya que, aunque la mayoría de accidentes son fortuitos, muchos
de ellos son causados por un deficiente acondicionamiento de los espacios y equipamientos uti-
lizados para la práctica deportiva (Latorre, 2006), por lo que gran parte de estas situaciones se
evitarían si se prestara atención a la normativa técnica existente y se guardaran unas adecuadas
medidas de seguridad (Adams, Casa y Drezner, 2016; Maciá, 2018; Sánchez et al., 2012).
A pesar de la regulación existente y de la importancia de cumplir con las citadas directrices,
investigaciones previas de referencia alertan del incumplimiento de dichos requisitos en los es-
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pacios deportivos utilizados en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria (ESO), detectando
numerosas carencias que atañen a su seguridad (Del Campo y Sánchez, 2016; Gallardo et al.,
2009; García-Unanue et al., 2013; Gil, 2011; Gil, Felipe, Burillo, García-Tascón y Gallardo, 2010;
Lucio, 2003; Maciá, 2018; Montalvo et al., 2010; Sánchez et al., 2012; Tamayo y Ibáñez, 2006).
Con motivo de lo anterior, el objetivo del presente capítulo se basa, por un lado, en propor-
cionar una guía práctica acerca de las cuestiones fundamentales a tener en cuenta en materia de
seguridad en los centros educativos, y por otro lado detallar los agentes principales para garanti-
zar la seguridad de las instalaciones deportivas docentes y sus equipamientos.
2. LEGISLACIÓN Y NORMATIVA APLICABLE A LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS
ESCOLARES
Los espacios y equipamientos deportivos de los centros educativos, deben de cumplir con una
serie de requisitos legales tanto de ámbito nacional como autonómico, que determinan las condi-
ciones mínimas para su uso.
Actualmente en el ámbito educativo, y tras varias modificaciones a lo largo de los últimos
años, es el vigente Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisi-
tos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infan-
til, la educación primaria y la educación secundaria, el que determina los criterios generales de
aplicación a nivel estatal en el ámbito educativo.
Respecto a las instalaciones deportivas escolares, éste marca unas pautas generales a nivel es-
tatal detallando que, si bien se debe disponer de un gimnasio para la práctica deportiva en todas
las etapas, así como un patio de recreo susceptible de ser utilizado como pista deportiva (900m2)
y aseos y servicios higiénico-sanitarios suficientes, la concreción de sus dimensiones mínimas, nú-
mero y otras características específicas, debe ser posteriormente definida por cada una de las
Comunidades Autónomas atendiendo a la legislación vigente.
Asimismo, y aplicable a todo el centro educativo, se especifica que éstos deben de cumplir con
las condiciones de seguridad estructural, seguridad en caso de incendio, seguridad de utilización,
salubridad, protección frente al ruido y disponer de las condiciones de accesibilidad y supresión
de barreras que señale la legislación vigente.
Estas condiciones, junto con el resto de aspectos técnicos relacionados con los requisitos que
deben reunir las instalaciones docentes, son las detalladas en el Real Decreto 314/2006, de 17 de
marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación (CTE), que actúa como marco
normativo de los requisitos de seguridad y habitabilidad de los edificios. Este Código se encuentra
estructurado en dos partes fundamentales: la primera relacionada con las disposiciones y condi-
ciones generales de aplicación, así como las exigencias básicas que deben de cumplir los edificios
y, la segunda, formada por los documentos básicos, que son los que concretan estas exigencias.
De los seis documentos básicos presentes en el CTE, caben resaltar por su relación con el
presente tema de estudio y aplicabilidad dos de ellos: el documento básico de Seguridad de
Utilización y Accesibilidad (DB SUA) y el de Seguridad en caso de Incendio (DB SI).
En cuanto a la aplicación de ambos, ésta debe llevarse a cabo en los edificios de nueva cons-
trucción tras la publicación de dichas disposiciones, así como en las intervenciones en los edifi-
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