Los secretos oficiales

AutorLluís de Carreras Serra
Cargo del AutorLicenciado en Derecho
Páginas281-286
© Editorial UOC 281 Capítulo XX . Los secretos oficiales
Capítulo XX
Los secretos oficiales
1. La Ley de Secretos Oficiales
El artículo 105.b) CE determina que la ley regulará el acceso de los ciudada-
nos a los archivos y registros administrativos, siempre que no afecte a la seguri-
dad y defensa del Estado. La posibilidad de que la información quede restringida
por motivos de seguridad nacional, la integridad territorial o la seguridad públi-
ca se justifica también en el artículo 10.2 del Convenio Europeo de Protección
de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales. Según la STC 51/89,
fundamentada en la disposición citada del Convenio: el ejercicio de las liberta-
des de expresión latu sensu puede ser sometido a restricciones en una sociedad
democrática, como son, en concreto, la seguridad nacional, la integridad terri-
torial o la seguridad pública […]”.
En el régimen anterior, se había promulgado la Ley 9/1968, de 5 de abril,
so bre Secretos Oficiales, propia de una dictadura. Esta Ley fue reformada en
algu nos artículos a fin de adecuarla al nuevo régimen democrático por la Ley
48/ 1978, de 7 de octubre, vigente en la actualidad. La vigente Ley de Secretos
Ofi ciales (LSO) establece en su artículo 1:
Art. 1. LSO
“Los órganos del Estado estarán sometidos en su actividad al principio de publicidad, de
acuerdo con las normas que rijan su actuación, salvo en los casos que, por la naturaleza de la
materia, sea ésta declarada expresamente clasificada, cuyo secreto o limitado cono cimiento
quedará amparado por la presente Ley.
Tendrán carácter secreto, sin necesidad de previa clasificación, las materias así declaradas por
Ley.”
Según la Ley de Secretos Oficiales, podrán ser declaradas materias clasificadas
los asuntos, actos, documentos, informaciones, datos y objetos, cuyo conoci-

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