Sección de consultas

AutorLa Redacción
Páginas295-302

Page 295

I Antecedentes
Clausula del testamento

Es voluntad de la testadora, que del remanente de todos sus bienes, acciones y derechos presentes y futuros se hagan tantas partes como sobrinos designa e instituye por sus herederos, que son a saber: Los nombrados Manuel, Ginés-José, Catalina, Susana y Angeles Zamora Vivanco, hijos de su hermana difunta doña Catalina Vivanco Francés; Juliana, Ginés y Salvadora Granados Vivanco, hijos de su hermana doña Concepción Vivanco Francés: Maria-Antonia, Salvadora, Visitación, Angeles y Concepción Gómez Vivanco, hijas de su hermana doña Visitación Vivanco Francés; Salvadora Guerrero Vivanco, hija de su hermana doña María Martina Vivanco Francés; Salvadora Vivanco Oliva, hija de su hermano D. Ginés-José Vivanco Francés. Si al ocurrir el fallecimiento de la testadora le sobreviviese alguno o algunos de sus nombraos hermanos se entenderán éstos instituidos herederos en usufructo de la porción que corresponda a sus hijos, y por su muerte pasará dicha porción en pleno dominio a sus expresados hijos, y si éstos falleciesen sin sucesión acrecerá su parte de herencia en los demás sobrinos de la testadora que le sobrevivan.

Y, por último, dispone la testadora que se adjudique una parte igual a la de cada uno de sus dichos sobrinos a los hijos de su otra sobrina difunta Leonarda Zamora Vivanco, llamados José y Elisa Hidalgo de Cisneros Zamora, de por mitad, en representación de su citada madre.

Puntos que se someten a consulta.

  1. Habiendo fallecido la sobrina instituida heredera Salvadora Granados Vivanco con anterioridad a la testadora, dejando tres hijos, ¿heredan éstos la parte correspondiente a su madre?Page 296

  2. Al fallecer la testadora vivía su hermana Concepción Vivanco Francés, madre de los herederos Ginés, Juliana y Salvadora Granados Vivanco. ¿Usufructuará 1as partes correspondientes a sus tres hijos, o solamente la de los dos primeros por haber fallecido la última antes que la testadora? En este último caso, ¿a quién se adjudica la nuda propiedad de la Salvadora?

  3. Al decir la testadora "y si éstos fallecieren sin sucesión acrecerá su parte de herencia en los demás sobrinos de la testadora que le sobrevivan", ¿a qué herederos se refiere? ¿A todos los hijos de los hermanos de la testadora que sobrevivieren? ¿O lo establece para algún otro caso especial?

  4. ¿Acrecerá a los sobrinos que sobrevivan a la testadora o a los que sobrevivan al heredero obligado a reservar?

  5. Con posterioridad a la causante falleció su hermana Concepción Vivanco Francés y el hijo de ésta, Gínés Granados Vivanco, sin haber dejado sucesión, y si por esta causa su parte de herencia fuese reservable a los demás coherederos, ¿necesitarán concurrir al otorgamiento de la escritura de partición los herederos de la Concepción y Ginés, o, como no adquieren dierecho alguno, es innecesaria su intervención?

  6. Si la parte de dicho Ginés Granados acrece a su hermana Juliana por ser una de las herederas y ésta falleciese sin sucesión, ¿tendrá que reservar a los demás herederos los bienes adquiridos directamente de la causante solamente, o también los que adquiriese por derecho de acrecer de su hermano?

Respuesta

Se han presentado para su votación, dos soluciones diferentes, que se acompañan, sin que la Revista Crítica se incline por ninguna de ellas definitivamente.

  1. Como antecedente indispensable, y para que sirva de fundamento a la opinión que sustentamos sobre cada uno de los puntos que abarca la precedente consulta, vamos a hacer unas consideraciones generales respecto de la interpretación que, en nuestro sentir,Page 297 hay que dar a la cláusula testamentaria que se somete a dictamen, interpretación basada no sólo en la relación de las distintas partes de la...

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