STSJ Comunidad de Madrid 20084/2007, 5 de Junio de 2007

PonenteJOSE MARIA DEL RIEGO VALLEDOR
ECLIES:TSJM:2007:6663
Número de Recurso1703/2003
Número de Resolución20084/2007
Fecha de Resolución 5 de Junio de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 20084/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SENTENCIA Nº 20084

ILTMOS. SRES.:

MAGISTRADOS:

Don Jose Luis López Muñiz Goñi

Don José María del Riego Valledor

Don José Ramón Jiménez Cabezón

En Madrid, a 5 de junio de dos mil siete.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, integrada por los Magistrados arriba indicados, el presente recurso 1703/2003, en el que se impugna:

La Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, de fecha de 25 de febrero de 2003 (reclamación 393/00 y 4489/00).

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: PROUNIVERSIDAD, S.A., representada la Procuradora Dña. Gloria María Rincón Mayoral.

Como demandado: el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, representado y asistido por el Abogado del Estado.

La cuantía del presente recurso es 16.769,13 euros.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José María del Riego Valledor

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal el dictado de una Sentencia que declare la nulidad de la resolución impugnada.

SEGUNDO

En el escrito de contestación, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia de desestimación del recurso.

TERCERO

No se recibió el recurso a prueba y se señaló para deliberación y fallo el día 31 de mayo de 2007.

CUARTO

El orden de despacho y decisión de este proceso resulta de dar cumplimiento al Acuerdo nº 11 de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, de fecha 24 de enero de 2007, que confirió comisión de servicios, sin relevación de funciones, en la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a los Magistrados que se citan en el encabezamiento de esta sentencia, los dos primeros Presidente de la Sección 7ª y Magistrado de la Sección 6ª, respectivamente, de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, y el tercero Magistrado del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 28 de Madrid.

En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites marcados por la Ley.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este recurso la Resolución del TEAR del 25 de febrero de 2003, sobre sanción tributaria derivada del IRPF-Retenciones del ejercicio 1996.

Son antecedentes fácticos a tener presentes en esta sentencia:

El 8 de julio de 1999 la inspección de Tributos de la Delegación Especial en Madrid de la AEAT formalizó acta, modelo A02, número 70170731, con la disconformidad de PROUNIVERSIDAD, S.A., parte actora en este recurso, por el concepto de Retenciones/Ingreso a cuenta de rendimientos de trabajo personal, ejercicio 1996, en la que se indica que la sociedad recurrente retuvo a los trabajadores que se citan un tipo inferior al que corresponde.

Tras el informe ampliatorio, la sociedad recurrente presentó sus alegaciones al acta el 30 de julio de 1999.

El Jefe de la Oficina Técnica dictó acto administrativo de liquidación tributaria, de fecha 1/12/99, del que resulta una deuda tributaria por importe de 4.466.684 pesetas (3.720.198 pesetas de cuota y 746.486 pesetas de intereses de demora).

El 1 de diciembre de 1999 se autoriza por el Inspector Jefe la iniciación de expediente sancionador por infracción grave y en fecha 20 de diciembre de 1999 se notifica a la empresa recurrente la iniciación de dicho expediente sancionador.

Tras las alegaciones de la sociedad actora, la Oficina Técnica dicta resolución que pone fin al expediente sancionador, de fecha 9 de febrero de 2000, en la que declaró a la sociedad recurrente autora de una infracción tributaria grave, imponiendo una sanción graduada en el 75% de la cuota no ingresada, en un importe de 16.769,13 euros (2.790.149 pesetas).

La sociedad actora interpone reclamaciones económico administrativas contra la liquidación tributaria (reclamación 393/00) y contra la sanción tributaria (reclamación 4489/00).

El TEAR de Madrid, tras acumular ambas reclamaciones, dictó la Resolución de 25 de febrero de 2003, antes citada, en la que acuerda: a) declarar inadmisible la reclamación 393/00, y b) desestimar la reclamación 4489/00.

Esta Resolución del TEAR constituye el objeto del presente recurso, con la precisión de que la parte actora limita...

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