SAP Vizcaya 475/2007, 8 de Octubre de 2007

PonenteMARIA ELISABETH HUERTA SANCHEZ
ECLIES:APBI:2007:2140
Número de Recurso329/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución475/2007
Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 5ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA

Sección 5ª

BARROETA ALDAMAR 10 3ª planta- C.P. 48001

Tfno.: 94-4016666

Fax: 94-4016992

N.I.G. 48.04.2-05/031758

Apel.j.verbal L2 329/06

O.Judicial Origen: Jdo. 1ª Instancia nº 4 (Bilbao)

Autos de Juicio verbal L2 945/05

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Recurrente: SABICO SEGURIDAD S.A.

Procurador/a: MARIA BEGOÑA PEREA DE LA TAJADA

Abogado/a: AZCARATE JOAQUIN ELOSEGUI

Recurrido: AUDIOMIC PRODUCCIONES S.L.

Procurador/a: ICIAR LOUBET LUZARRAGA

Abogado/a: JON GARAITAGOITIA INUNCIAGA

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SENTENCIA Nº 475/07

ILMAS. SRAS.

Dña. MARIA ELISABETH HUERTA SANCHEZ

Dña. LEONOR CUENCA GARCIA

Dña. MAGDALENA GARCIA LARRAGAN

En BILBAO, a ocho de octubre de dos mil siete.

En nombre de S.M. el Rey, por la autoridad que le concede la Constitución.

Vistos por la Sección 5ª de esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los presentes autos de juicio verbal nº945 de 2005, seguidos en primera instancia ante el Juzgado de primera instancia número cuatro de Bilbao y del que son partes, como demandante Sabico Seguridad, S.A. representada por la Procuradora Dña. María Begoña Perea de la tejada y dirgida por el Letrado D. Joaquín Elosegui Azcarate, y como demandada Audionic Producciones, S.L., representada por la Procuradora Dña. Iciar Loubet Luzarraga y dirigida por el Letrado D. Jon Garaitagoitia Inunciaga, siendo Ponente en esta Instancia la Ilma. Sra. Magistrada Dña. MARIA ELISABETH HUERTA SANCHEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se dan por reproducidos los antecedentes de la sentencia apelada.

PRIMERO

Por el Juzgador de primera instancia se dicto con fecha 20 de febrero de 2006 sentencia, cuya parte dispositiva dice literalmente: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por SABICOSEGURIDAD, S.A. representada por l Procuradora de los Tribunales BEGOÑA PEREA DE LA TAJADA contra AUDIOMIC PRODUCCIONES, S.L. representada por la Procuradora ICIAR LOUBET LUZARRAGA:

  1. - Debo absolver y absuelvo a la parte demandada de las pretensiones contra la misma deducidas en la demanda.

  2. - Pronuncio las costas causadas a cargo de la actora."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación de Sabico Seguridad, S.A. y admitido dicho recurso en ambos efectos se elevaron los autos a esta Audiencia y se turnaron a esta Sección Quinta donde se formó el correspondiente rollo, señalándose para votación y fallo del recurso el día 3 de octubre de 2007.

TERCERO

En la tramitación de estos autos en ambas instancias, se han observado las formalidades y términos legales, haciéndose constar que la duración del soporte audiovisual del Juicio es de cincuenta y site minutos y once segundos.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La representación de Sabico Seguridad S.A. apela la sentencia dictada en primera instancia y solicita su revocación en el sentido de que se estime la demanda interpuesta en su día, aduciendo, en defensa de sus pretensiones, que la relación jurídica con la demandada era de arrendamiento de servicios, en la que la demandante se obligaba a prestar sus servicios de vigilancia y protección de un escenario de fiestas en Pobeña, a través de un vigilante de seguridad no armado, no un servicio de depósito y custodia de objetos valiosos, siendo dos los vigilantes finalmente contratados prestándose el servicio de vigilancia exclusívamente nocturno, de 20 horas a 9 horas, errando la sentencia apelada al considerar que lo contratado era la obtención de un determinado resultado, cuando no se garantizaba que el robo o hurto no fuera a producirse, sino que...

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