Robótica y responsabilidad civil en el ámbito sanitario

AutorOscar Monje Balmaseda
Páginas429-456
ROBÓTICA Y RESPONSABILIDAD CIVIL
EN EL ÁMBITO SANITARIO1
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Profesor Titular de Derecho Civil
Universidad de Deusto
Sumario: 1. SALUD Y ROBÓTICA: PERSPECTIVA GENERAL 2. LA NECESIDAD DE UN
MARCO NORMATIVO EN LA REGULACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD
CIVIL DE LOS “ROBOTS AUTÓNOMOS” 2.1. Planteamiento: la insuficiencia de
la normativa actual 2.2. La pretendida personificación del robot autónomo como
base de la respuesta jurídica 2.3. La posible aplicación del mecanismo de respon-
sabilidad civil por hechos ajenos 2.4. Responsabilidad civil en el ámbito sanita-
rio. La responsabilidad objetiva y la gestión de riesgos 3. LAS PREVISIONES DE
LA UNIÓN EUROPEA EN RELACIÓN CON LA RESPONSABILIDAD CIVIL
DE LOS ROBOTS Y LOS SISTEMAS DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL 4. LA
RESPONSABILIDAD CIVIL DE LOS ROBOTS: LA NECESARIA REVISIÓN
Y ADAPTACIÓN DE LAS CATEGORÍAS JURÍDICAS EXISTENTES 5.
BIBLIOGRAFÍA.
1. SALUD Y ROBÓTICA: PERSPECTIVA GENERAL
La robótica está presente en los aspectos más relevantes de nuestra vida, y en-
tre ellos, la protección de la salud. Con la finalidad de contribuir a mejorar la asis-
tencia sanitaria que se nos dispensa, resulta habitual desde hace años la utilización
de equipos médicos destinados a obtener diagnósticos precisos, así como el empleo
de robots en intervenciones quirúrgicas. Los avances en este tema han sido y serán
constantes. Desde los robots que permiten la realización de cirugías a distancia, a la
mucho más reciente incorporación de robots quirúrgicos autónomos que actúan en
tiempo real sin intervención humana, ocupándose los cirujanos únicamente de pro-
gramar y supervisar la operación.
No es nuestro objetivo en este trabajo describir las últimas innovaciones tec-
nológicas en el ámbito de la robótica sanitaria, sino destacar y analizar que, como
1 Proyecto DERECHO Y MEDICINA: DESAFÍOS TECNOLÓGICOS Y CIENTÍFICOS
(DEMETYC) PID2019104868RA-I00 financiado por MCIN/ AEI /10.13039/501100011033.
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afirma MONTERROSO CASADO2, esta vertiginosa evolución pone de relieve la im-
portancia de comenzar a sentar las bases relativas a la imputación de los daños que
puedan ocasionarse en los procedimientos que requieran su utilización, pues siempre
será posible un margen de error, sea de diagnóstico, de procedimiento, de datos inco-
rrectamente administrados, o de transferencia incorrecta3.
Se trata, además, de sistemas costosos que precisan importantes inversiones
iniciales y de mantenimiento posterior, que deben contar para su adecuado funcio-
namiento con personal altamente cualificado y en constante formación, lo que evi-
dentemente no hace sino aumentar la variedad de situaciones concretas que pueden
conducir a la producción del daño, así como incrementar notablemente la posibili-
dad de que se produzca.
Y, por otro lado, debemos tener en cuenta que, como explica SANTOS GONZÁ-
LEZ4, una característica de la robótica es la multifuncionalidad y su carácter multidis-
ciplinar, sustituyendo comportamientos humanos. Habrá máquinas que sustituyan a
las personas realizando tareas domésticas, de cuidado de personas, tareas de vigilan-
cia y seguridad, agrícolas, etc., y en lo que a nosotros nos ocupa en este estudio, desa-
rrollando funciones en el ámbito sanitario. Y habrá personas que, para mejorar física
y mentalmente, se hayan implantado máquinas como pueden ser orejas artificiales,
corazones artificiales, extremidades artificiales conectadas a nuestros músculos, etc.
De nuevo, se nos presentan numerosos supuestos de hecho, con matices distintos,
susceptibles de generar daño y, en consecuencia, una posible responsabilidad, cuyas
condiciones de exigibilidad y agente estarían pendientes de determinar.
Es, precisamente, en este amplio y complejo contexto que se presenta desde
un punto de vista técnico, en el que se situó la Resolución del Parlamento Euro-
peo de 16 de febrero de 2017, con recomendaciones destinadas a la Comisión
2 MONTERROSO CASADO, E. “Responsabilidad civil por daños causados por robots en
el ámbito sanitario”, en MUÑOZ VILLAREAL, A. (Coord.), Inteligencia artificial y riesgos cibernéticos.
Responsabilidades y aseguramientos, Tirant lo Blanch, Valencia, 2019, pg. 105.
3 E l sector sanitario y del cuidado de la salud constituyen sin duda un escenario de propa-
gación de la innovación robótica, que cuenta entre sus adquisiciones con robots quirúrgicos implemen-
tados actualmente en los hospitales, y entre sus objetivos más prometedores, todavía objeto de experi-
mentación, la elaboración de cápsulas médicas inteligentes para llegar a sitios del interior del cuerpo
humano; terapia motora, mental, cognitiva y social, asistida robóticamente; sistemas de monitoreo de
parámetros fisiológicos robotizados y prótesis biónicas avanzadas implantadas directamente en el sis-
tema nervioso central o periférico. La figura simbólica del cyborg, entidad en parte orgánica, en parte
máquina, se traduce en individuos que, para superar una discapacidad o una enfermedad, pero con la
perspectiva de potenciar sus habilidades físicas e intelectuales, afrontan el implante de componentes
mecánico-electrónicos en el cuerpo o en el sistema nervioso. PALMERINI, E., “Robótica y Derecho,
sugerencias, confluencias, evoluciones en el marco de una investigación europea”, en Revista de Derecho
privado, nº 32, 2017, pg. 55.
4 SANTOS GONZÁLEZ, M.J. “Regulación legal de la robótica y la inteligencia artificial,
retos del futuro” en Revista jurídica de la Universidad de León, nº 4, 2017 pgs. 25-50.

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