SAP Palencia 7/2006, 16 de Marzo de 2006

PonenteANGEL MUÑIZ DELGADO
ECLIES:APP:2006:89
Número de Recurso11/2006
Número de Resolución7/2006
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Palencia, Sección 1ª

ANGEL MUÑIZ DELGADOMAURICIO BUGIDOS SAN JOSEIGNACIO JAVIER RAFOLS PEREZ

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

PALENCIA

SENTENCIA: 00007/2006

Rollo nº 11/06

Procedimiento Abreviado nº 46/05

Juzgado de lo Penal de Palencia. Rollo nº 514/05

Este Tribunal compuesto por los Sres. Magistrados que se indican al margen, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

La siguiente:

SENTENCIA NUMERO SIETE

SEÑORES DEL TRIBUNAL

Ilmo. Sr. Presidente

Don Ángel Muñiz Delgado

Ilmos. Sres. Magistrados

Don Mauricio Bugidos San José

Don Ignacio Javier Ráfols Pérez

---------------------------------------------

En la ciudad de Palencia, a dieciséis e Marzo de dos mil seis.

Visto ante esta Audiencia Provincial el presente Recurso de Apelación nº 11/06, interpuesto a nombre de Diego, representado por la Procuradora Doña Carmen Martín Bahillo y defendido por el Letrado Don Jaime Esqueje López, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal de Palencia de fecha 1 de febrero de 2.006, en el Procedimiento Abreviado, nº 46/05 del Juzgado de Instrucción nº 3 de Palencia, Rollo del Juzgado de lo Penal nº 514/05 , seguido por un delito de robo con fuerza en las cosas, habiendo sido parte apelada el Ministerio Fiscal, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Ángel Muñiz Delgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal de Palencia, con fecha 1 de Febrero de 2.006 dictó Sentencia en la causa indicada, pronunciando el siguiente Fallo: "Que debo condenar y condeno a Diego, cuyas demás circunstancias ya constan, sin que concurre circunstancia modificativa de la responsabilidad penal, como autor penalmente responsable de un DELITO DE ROBO CON FUERZA EN LAS COSASA, a la pena de prisión de un año y privación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de duración de la condena. Costas procesales.

Deberá indemnizar Diego a Juan Miguel en la cantidad de 814,83 euros".

SEGUNDO

En los antecedentes de hecho de la Sentencia anteriormente indicada se relatan los hechos que el Juez "a quo" estima probados y se recogen las conclusiones definitivas formuladas por las partes, antecedentes que se aceptan de manera expresa por la presente Sentencia.

TERCERO

Contra dicha Sentencia interpuso Recurso de Apelación Diego, al amparo de lo dispuesto en el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , solicitando la revocación de la Sentencia apelada y que se dicte otra de acuerdo con sus conclusiones definitivas, mientras que el Ministerio Fiscal interesó la desestimación del recurso y la confirmación de la resolución recurrida.

SE ACEPTAN los Fundamentos de Derecho de la resolución recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El apelante, condenado en la sentencia de primera instancia como autor de un delito de robo con fuerza en las cosa, impugna dicha resolución alegando que no existe prueba de cargo bastante para concluir fue el autor del hecho que se le imputa, por lo que el pronunciamiento condenatorio vulnera la presunción de inocencia consagrada constitucionalmente que le ampara. Razona, en síntesis, que parte de los indicios o hechos base de los que parte el juzgador para mediante prueba de presunciones concluir la autoría del acusado no tienen significación unívoca, existiendo así mismo otros de significación opuesta, de suerte que analizados todos ellos en su conjunto, conforme a las reglas de la lógica, el criterio y la común experiencia humanos, no es factible concluir con la imprescindible certeza fuera el hoy recurrente quien cometió el robo. Pasamos seguidamente a analizar con detalle los indicios en cuestión y el proceso lógico seguido para enlazarlos.

SEGUNDO

Es cierto que el dueño del bar donde se produjo el robo admite en el acto del...

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