Robles vs. Lesmes

AutorJulio Picatoste
Cargo del AutorMagistrado (jubilado) - Académico de número de la Real Academia Gallega de Jurisprudencia y Legislación
Páginas198-199
ROBLES VS. LESMES 62
La separación de poderes constituye una de las exigencias de mayor
enjundia en un Estado constitucional; es condición de tal magnitud que se
tiene por consustancial a la propia democracia. No hay democracia si no está
determinada la separación de poderes. Alguna vez habrá que preguntarse
acerca de la existencia de una efectiva y real separación de poderes en nues-
tra democracia, esto es, si tal como están articulados los tres poderes –eje-
cutivo, legislativo y judicial– puede asegurarse la vigencia entre nosotros de
aquel principio divisorio y, por ende, si nuestra democracia merece, en rigor
y sin suras, tal nombre y consideración. Y no se trata solo de que estructu-
ralmente esté garantizada esa separación, sino también de saber si nuestros
gobernantes, nuestros políticos en general, son congruentes y respetuosos
con las exigencias propias de tal separación de poderes. Pero no es esa ahora
la razón de estas líneas.
Entiendo que la ordenación jurídica de la separación de poderes no es
incompatible con una convivencia institucional denida por una relación
de cortesía entre ellos, de modo que, sin excluir la posibilidad de crítica, no
se pierdan los papeles ni aoren expresiones en desprestigio o de desabrida
descalicación del otro poder o de alguno de sus integrantes. Es admisible,
por ejemplo, que miembros del gobierno o del legislativo muestren su dis-
conformidad y hagan crítica de una sentencia de los tribunales, pero no es
arreglado a la prudencia que aquella se acompañe y degrade con la descali-
cación personal del juez y menos aún con reprimendas o exhortaciones al
cumplimiento de sus obligaciones especícas.
Todo esto viene a cuento de una reciente amonestación que la minis-
tra de Defensa, Margarita Robles –mujer de vocación alternativa donde las
haya (ahora juez, ahora política, ahora juez, ahora política)– dirige al pre-
sidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, al
que alecciona para que se deje de declaraciones apocalípticas (se reere su
anunciada dimisión condicionada) y que, como presidente que es, cumpla la
ley. Entiéndase, no estoy defendiendo a Lesmes, ni ganas tengo de ello, sino
62 Faro de Vigo, 17 de septiembre de 2022.

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