SAP Girona 9/2007, 15 de Enero de 2007
Ponente | JOAQUIN MIGUEL FERNANDEZ FONT |
ECLI | ES:APGI:2007:161 |
Número de Recurso | 650/2006 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Número de Resolución | 9/2007 |
Fecha de Resolución | 15 de Enero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Girona, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIRONA
SECCIÓN SEGUNDA
Rollo de apelación civil: nº 650/2006
Proviene: JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 1 BLANES
Procedimiento: nº 482/2004
Clase: Juicio Ordinario
SENTENCIA 9/2007
Ilmos. Sres:
PRESIDENTE
D. JOSE ISIDRO REY HUIDOBRO
MAGISTRADOS
D. JOAQUIM FERNANDEZ FONT
D. JAUME MASFARRE COLL
Girona, a quince de enero de dos mil siete.
En esta segunda instancia ha comparecido como parte apelante SEGUR CAIXA S.A., representada
por el Procurador D. CARLOS CAIRETA RUIZ.
Ha sido parte apelada COMUNIDAD PROPIETARIOS CALLE000, NUM000 (TOSSA DE MAR), representada por la Procuradora Dña. GREGORIA TUEBOLS MARTINEZ.
El presente proceso se inició mediante la demanda presentada en nombre de Segur Caixa S.A. contra Comunidad de Propietarios CALLE000, NUM000 (Tossa de Mar).
La sentencia que puso fin a la primera instancia dice en su parte dispositiva: "Que desestimando totalmente la demanda interpuesta por Segur Caixa S.A debidamente representados por el Procurador de los Tribunales Dña. Francina Pascual Sala y asistida por el Letrado Dña. Judit Sánchez Meya, en contra de Comunidad de Propietarios de CALLE000 NUM000 de Tossa de Mar, debidamente representada por el Procurador de los Tribunales Dña. María Mar Ruiz y asistida por el Letrado D. Pedro García de Arboleya Rank, debo de ABSOLVER a dicha demandada de todos los pedimentos contra ella efectuados, con expresa condena en costas a la actora por imperativo legal".
En aplicación de las normas de reparto vigentes en esta Audiencia Provincial, aprobadas por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, ha correspondido el conocimiento del presente recurso a la Sección Segunda de aquélla.
En su tramitación se han observado las normas procesales aplicables a esta clase de recurso, habiendo efectuado las partes las alegaciones que pueden verse en los respectivos escritos presentados en esta segunda instancia, a los que se responde en los siguientes fundamentos jurídicos. Se señaló para la deliberación y votación del recurso el día 15 de enero de dos mil siete.
Conforme a lo establecido en las indicadas normas de reparto, se designó ponente de este recurso al Ilmo. Sr. D. JOAQUIM FERNANDEZ FONT quien expresa en esta sentencia el criterio unánime de la Sala.
La sentencia de primera instancia absolvió a la comunidad de propietarios demandada en virtud de la acción de repetición ejercitada por la aseguradora demandante para reclamar el pago de los daños que tuvo que abonar al titular de un elemento privativo de la referida comunidad a causa de una sobre tensión eléctrica. El recurso de la apelante contra dicha resolución se basa en el error en la valoración de la prueba. El pronunciamiento absolutorio de la comunidad se apoya en que no se ha acreditado que dicha sobre tensión se produjera a causa de negligencia alguna de la comunidad en la conservación de los elementos comunes, en concreto, las instalaciones eléctricas interiores que conducen a los cuadros de contadores. La aseguradora apelante sostiene que sí se ha demostrado esta circunstancia.
Del examen de las pruebas practicadas se llega a la misma conclusión que la juzgadora de instancia, aunque no exista motivo para calificar de la manera como se hace, falsa, la declaración del testigo Sr. Felix, empleado de Endesa.
Las partes no han cuestionado que en un elemento privativo de la comunidad demandada el 10 de diciembre de 2.003 se produjeron daños derivados de una sobre tensión eléctrica que afectaron a diversas instalaciones y equipos. Tampoco que la aseguradora demandante abonase el importe de los mismos a su asegurado. A partir de estos hechos la duda se centra en si la sobre tensión se generó en las instalaciones de la...
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