SAP Madrid 518/2005, 30 de Septiembre de 2005

PonenteCARLOS LOPEZ-MUÑIZ CRIADO
ECLIES:APM:2005:10626
Número de Recurso547/2004
Número de Resolución518/2005
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª

CARLOS LOPEZ-MUÑIZ CRIADOFRANCISCO RAMON MOYA HURTADO DE MENDOZAANGEL LUIS SOBRINO BLANCO

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25

MADRID

SENTENCIA: 00518/2005

Fecha: 30/09/2005

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 547/2004

Ponente: ILMO. SR. D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO

Apelante: Dª. Carmela

PROCURADOR: SIN ASIGNAR

Apelados: D. Carlos Miguel

D. Everardo

PROCURADOR: Dª. PALOMA GUERRERO-LAVERAT MARTÍNEZ

REBELDE

Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO N. 143/2003

Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 1 DE ARANJUEZ

(MADRID)

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. FRANCISCO MOYA HURTADO

D. ÁNGEL LUIS SOBRINO BLANCO

D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO

En MADRID, a treinta de septiembre de dos mil cinco.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 25 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 143/2003, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 1 de ARANJUEZ, a los que ha correspondido el Rollo 547/2004, en los que aparece como parte apelante: Dª. Carmela, SIN PROFESIONAL ASIGNADO y como apelados: D. Carlos Miguel, representado por la procuradora Dª. MARÍA DE LA PALOMA GUERRERO-LAVERAT MARTÍNEZ, D. Everardo, SIN PROFESIONAL ASIGNADO, sobre reclamación de daños y perjuicios, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que los autos originales núm. 143/2003, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 1 de los de Aranjuez, fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

SEGUNDO

Que por la Ilma. Sra. Dª. María Paloma Bela y Rodríguez de Zabaleta, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Aranjuez, se dictó sentencia con fecha 30 de Abril de dos mil cuatro, cuya PARTE DISPOSITIVA dice así: FALLO.- "DESESTIMAR la demanda interpuesta por Dª. Carmela, contra D. Carlos Miguel y D. Everardo y debo ABSOLVER Y ABSUELVO a los referidos demandados de los pedimentos efectuados en su contra, con imposición de costas a la actora."

TERCERO

Que contra dicha Sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandnte, el Procurador Sr. D. Vicente García- Mochales Benavente, dándole traslado del mismo a las partes presentando en tiempo y forma escrito de oposición al recurso entablado el demandado Sr. Carlos Miguel, a través de su representación procesal; remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 29 de Septiembre del año en curso.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de primera instancia desestimó la demanda por entender que no había sido demostrado por la demandante que las heridas sufridas por ella hubieran sido causadas por el perro del demandado compareciente.

Contra la expresada resolución se alza la actora alegando error en la valoración de la prueba.

SEGUNDO

El examen del material probatorio obrante en las actuaciones pone de relieve que la Sra. Carmela transitaba con cierta frecuencia por el mismo camino por donde también lo hacía el Sr. Everardo paseando a diario al perro de su nieto, el Sr....

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