STSJ Extremadura , 17 de Noviembre de 2004
Ponente | ALICIA CANO MURILLO |
ECLI | ES:TSJEXT:2004:1724 |
Número de Recurso | 648/2004 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 17 de Noviembre de 2004 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.EXTREMADURA SALA SOCIAL CACERES SENTENCIA: 00648/2004 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE EXTREMADURA SALA DE LO SOCIAL (C/PEÑA S/Nº)
N.I.G: 10037 34 4 2004 0102268, MODELO: 40230 TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 648 /2004 Materia: OTROS DCHOS. SEG.SOCIAL Recurrente/s: Matías Recurrido/s: INST.NAC.SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD S JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de BADAJOZ de DEMANDA 428 /2004 Ilmos. Sres.
D. PEDRO BRAVO GUTIERREZ Dª ALICIA CANO MURILLO D. ALFREDO GARCIA TENORIO BEJARANO En CACERES, a dieci siete de Noviembre de dos mil cuatro, habiendo visto en recurso de sup licación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española , EN NOMBRE DE S.M. EL REY Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE EL PUEBLO ESPAÑOL ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A 648 En el RECURSO DE SUPLICACION 648 /2004, formalizado por el Sr. Letrado D. DIEGO-ANGEL BALLESTEROS MARTINEZ, en nombre y representación de D. Matías , contra la sentencia de fecha 18-6-2004, dictada por el J UZ GA DO DE LO SOCIAL nº 2 de CACERES en sus autos número 428/2004, seguidos a instancia de l mis mo, frente a l INSTITUTO NACIO NAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, parte demandada, en reclamación por OTROS DCHOS. SEG.SOCIA L, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª. ALICIA CANO MURILLO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,
Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.
En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de exp resamente declarados probados: "PRIMERO: Que el beneficiario está afiliado y en alta a la fecha del hecho cau sante en el Régimen Especial Agrario por cuenta ajena.- SEGUNDO: En fecha 12 de Diciembre de 2003 causó baja médica por Incapacidad Temporal por contingencias comunes, interesan do en f echa 12 de Enero de 2004 el pag o directo de las mismas.- TERCERO: Por la Dirección Provincial del INSS de Barcelona se dicta Resolución en fecha 12 de D iciembre de 2003 desestimatoria por no hallarse el beneficiario al corriente de pago en el abono de las cuotas exigibles en la fecha de la baja médica. El descubierto en el pago se contraía a la mensualidad de Noviembre de 2003 .- CUARTO: La ex presada cuota fue ingresada en fecha 12 de Enero d e 2004, con rec a rgo de mora.- QUINTO: En fecha 3 de febrero de 2004 interpuso el h oy actor Reclamación previa que fue desestimada por resolución de la misma Dirección Provincial en fecha 12 de Marzo de 2004.- SEXTO: La base reguladora de las prestaciones asciende a 23,87 euros mensuales. "
En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguie nte fallo o parte dispositiva:
Que debo desestimar íntegramente, y así lo hago, la demanda interpuesta por DON Matías contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y en su virtud abso lver a éstos de cuantos pedimentos se han efectuado en su contra en este procedimiento. Con confirmación de la resolución administrativa de fecha 12 de Diciembre de 2003.
Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicació n por la parte de mandante. Tal recurso no fue objeto de impugnación por la contraparte.
Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos e ntrada en ésta en fecha 21-10-2004, dictándose las correspondientes y subsiguientes resoluciones para su tramitación en forma.
Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de...
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