STSJ Andalucía 2068/2003, 13 de Junio de 2003

PonenteMARIA BEGOÑA RODRIGUEZ ALVAREZ
ECLIES:TSJAND:2003:8855
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2068/2003
Fecha de Resolución13 de Junio de 2003
EmisorSala de lo Social

Recurso nº1318/03 IN Sent. 2068/03

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

Iltmos. Señores:

D. ANTONIO REINOSO REINO, Presidente

Dñª. MARIA BEGOÑA RODRIGUEZ ALVAREZ

Dñª ANA MARIA ORELLANA CANO

En Sevilla, a trece de junio de dos mil tres.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 2.068 /03

En el recurso de suplicación interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO contra la sentencia del Juzgado de lo Social número nueve de los de Sevilla en sus autos nº 798/02; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dña. MARIA BEGOÑA RODRIGUEZ ALVAREZ, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Amanda contra INEM, sobre desempleo, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 22/enero/03 por el Juzgado de referencia, estimatoria de la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

""Primero.- La actora Dª Amanda , DNI nº NUM000 , prestó sus servicios por cuenta y bajo la dependencia de la empresa Betis 67, S.L., desde el 1/6/98 hasta el 25/4/02 por despido, que fue conciliado en el CMAC, folio 93 y 94 que se reproducen.

Segundo

La actora es la madre de los socios de la empresa, escritura a los folios 25 a 49 que se reproducen.

Tercero

Igualmente se reproduce el padrón municipal, al folio 18.

Cuarto

Solicitadas prestaciones de desempleo, son desestimadas por resolución del INEM de 7/6/02, folio 17 que se reproduce.

Quinto

Se acotó la vía previa.""""

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Organismo demandado, que fue impugnado de contrario.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia que estimó la demanda de la actora a través de la que reclamaba prestaciones por desempleo, se alza el Instituto Nacional de Empleo en Suplicación por el trámite procesal del apartado c) del articulo 191 de L.P.L., pretendiendo el examen del derecho aplicado en sentencia alegando la infracción de lo dispuesto en el artículo 1.3 e) de Estatuto de los Trabajadores y artículo 7.2 de Ley General de la Seguridad Social así como el articulo 205.1 de Ley General de la Seguridad Social. De lo dispuesto en el articulo 205.1 de Ley General de la Seguridad Social, se desprende que solo se otorga prestación por desempleo a los trabajadores por cuenta ajena, debiéndose estar a efectos de determinar tal concepto a lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR