SAP Asturias 219/2006, 8 de Junio de 2006
Ponente | MARIA NURIA ZAMORA PEREZ |
ECLI | ES:APO:2006:2001 |
Número de Recurso | 157/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 219/2006 |
Fecha de Resolución | 8 de Junio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 4ª |
SENTENCIA
En el recurso de apelación número 157/06, en autos de Juicio Ordinario nº 489/05, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número cinco de Oviedo, promovido por DON Gregorio , demandado en primera instancia, contra DON Jose Antonio , demandante en primera instancia y DOÑA Eugenia , demandada en primera instancia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Nuria Zamora Pérez.-ANTECEDENTES DE HECHO
Que el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número cinco de Oviedo dictó sentencia con fecha veintisiete de Octubre de dos mil cinco , cuya parte dispositiva dice así: Que estimando la demanda formulada por la representación de don Jose Antonio contra don Gregorio y doña Eugenia , debo condenar y condeno a dicha demandada a que abone a la actora la cantidad de
7.547,94 euros, más los intereses legales correspondientes devengados desde la fecha de interposición de la demanda, así como al pago de las costas causadas.
Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandada recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, señalándose para deliberación y fallo el día treinta de Mayo de dos mil seis .TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-
La sentencia de instancia estima íntegramente la demanda, condenando a los demandados al pago de 7.547'94€, importe al que ascienden las mensualidades de renta de noviembre y diciembre del 2.004, periodo durante el que estuvo vigente el contrato de arrendamiento; suma que se incrementa con otras dos mensualidades de renta, convenidas en la estipulación tercera del contrato enconcepto de indemnización de perjuicios, caso de resolución anticipada del contrato, a voluntad del arrendatario, y con la cantidad de 797'76€, a que ascienden los consumos de gas y electricidad realizados por los arrendatarios en tanto estuvo vigente el contrato, sumas a las que se ha descontado el importe de 500€ que los demandados abonaron el 10 de enero de 2.005.
La sentencia es consentida por la demandada Doña Eugenia , siendo únicamente recurrida por el codemandado D. Gregorio .
Como primer motivo del recurso se alega que, siendo el objeto del arrendamiento un local de negocio destinado a bar, el cual fue explotado por una comunidad de...
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